RESOLUCIÓN 902 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE FIJA - NUEVO VALOR - MÓDULOS TUTORÍAS ACADÉMICAS Y DE ORIENTACIÓN Y SEGUIMIENTO Y DEL SUPLEMENTO PLAN FINES - HORA CÁTEDRA - COMPENSACIÓN DE CARÁCTER NO REMUNERATIVA Y NO BONIFICABLE - SISTEMA EDUCATIVO - DOCENTES - RETRIBUCION - SERVICIOS DE TUTORÍA

Publicación:

09/10/2020

Sanción:

06/10/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: Las Leyes Nros. 6.292 y 6.301, la Resolución del Consejo Federal de

Educación N° 66-CFE/08, la Resolución Nacional N° 146-APN-ME/20, el Convenio ME

N° 942/08, el Decreto N° 613/16 y su modificatorio, las Resoluciones de Firma

Conjunta Nros. 4-MMGC/13 y 631-MHFGC/20, las Resoluciones Nros. 8.644-

MEGC/08, 3.789-MEGC/09 y 5.858-MEGC/11 y el Expediente Electrónico N°

23693983-GCABA-DGEGE/20, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 6.292 se aprueba la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Educación y al Ministerio

de Hacienda y Finanzas;

Que por la Resolución N° 66-CFE/08 se aprobó el Plan de Finalización de Estudios

Primarios y Secundarios "FinEs";

Que mediante el Convenio N° 942/08 el Ministerio de Educación de la Nación y el

Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires asumieron el

compromiso de aunar esfuerzos para el desarrollo del citado Plan en esta jurisdicción;

Que por la Resolución N° 8.644-MEGC/08 se resolvió implementar dicho Plan en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante Resolución N° 3.789-MEGC/09 se dispuso la implementación del

mentado Plan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose

como primera etapa el ciclo lectivo 2008/09, destinada a completar la educación

secundaria de los jóvenes y adultos mayores de dieciocho (18) años que hayan

concluido en forma regular el último año de la educación secundaria y adeuden

materias;

Que a través de la Resolución N° 5.858-MEGC/11 se ratificó la implementación del

Plan, extendiéndose tanto a los jóvenes y adultos mayores de dieciocho (18) años

como a los empleados que cumplan funciones en cualquier repartición u organismo

dependiente de Gobierno de la Ciudad, que no hayan iniciado o terminado la primaria

o la secundaria conforme lo prevé la ejecución de la segunda etapa de dicho Plan;

Que mediante la Resolución N° 146-APN-ME/20 el Ministerio de Educación de la

Nación aprueba los lineamientos para la implementación del Plan FinEs en el ámbito

de la Secretaría de Educación, para el ciclo 2020;

Que, entre los compromisos asumidos por el Ministerio de Educación de la Nación, se

encuentra brindar el apoyo financiero para las acciones enmarcadas en el Programa

citado;

Que mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 4-MMGC/13 se creó el

"Suplemento Plan FinEs", a los efectos de retribuir los servicios de tutoría de los

docentes que se desempeñan en el referido Plan, pertenecientes al sistema educativo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por la Resolución de Firma Conjunta N° 631-MHFGC/20, el Ministerio de

Educación y el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, fijaron el valor de cada módulo (1 hora cátedra) y el valor de la compensación

de carácter no remunerativa y no bonificable de las Tutorías Académicas y de

Orientación y Seguimiento y del Suplemento Plan FinEs, en el marco de dicho Plan;

Que, deviene necesario establecer un nuevo valor para cada módulo (1 hora cátedra)

y para la compensación que perciben los tutores académicos y de orientación y

seguimiento y del Suplemento Plan FinEs;

Que ello no se encuentra alcanzado por las restricciones previstas en la Ley N° 6.301;

Que el Decreto N° 613/16 y su modificatorio N° 73/19 encomendó en forma conjunta

en los titulares de los entonces Ministerios de Educación y de Hacienda la aprobación,

modificación y convalidación de las Plantas Transitorias de personal, para atender las

acciones, proyectos, planes y programas que se desarrollan en el ámbito del Ministerio

de Educación, así como de las Plantas Transitorias de personal para atender a las

acciones, proyectos, planes y programas, cuyas líneas de acción se encuentren

autorizadas y financiadas por el Ministerio de Educación y Deportes de la Nación, con

cargo a los fondos transferidos por dicho Ministerio al Ministerio de Educación de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de

Educación y la Dirección General Planificación y Control Operativo dependiente de la

Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas han tomado debida intervención en el ámbito de sus respectivas

competencias.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 613/16 y su

modificatorio N° 73/19,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Fíjase el nuevo valor de cada módulo (1 hora cátedra) de las Tutorías

Académicas y de Orientación y Seguimiento y del Suplemento Plan FinEs, en el marco

de este último Plan, según lo indicado en el Anexo I (IF-2020-23697647-GCABA-

DGEGE), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución,

determinándose que tendrá carácter remunerativo y no bonificable y será proporcional

a los módulos y períodos trabajados.

Artículo 2°.- Fíjase el nuevo valor de la compensación de carácter no remunerativa y

no bonificable según lo indicado en el Anexo I (IF-2020-23697647-GCABA-DGEGE), el

que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, para cada

módulo (1 hora cátedra) de las Tutorías Académicas y de Orientación y Seguimiento y

Suplemento Plan FinEs, la que será proporcional a los módulos y períodos trabajados.

Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo aquí dispuesto será afectado

a la Jurisdicción 55- UE 586 - Programa 2 - Actividad 13.000 - Inciso 1 - Partida

Principal 2 -Fuente 14-, el que estará sujeto a la transferencia de los fondos

correspondientes por parte de la Nación.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales de

Educación de Gestión Estatal y de Personal Docente y No Docente del Ministerio de

Educación y a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes

y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y

Finanzas. Cumplido, archívese. Acuña - Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5974

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 de la Resolución 902/MHFGC/MEGC/20, modifican el monto del valor de cada módulo (1 hora cátedra) de las Tutorías Académicas y de Orientación y Seguimiento y del Suplemento Plan FinEs, en el marco del programa aprobado por Resolución Conjunta  4-MMGC/MEGC/13.</p><p>Art.2 de la Resolución 902/MHFGC/MEGC/20, modifican el valor de la compensación de carácter no remunerativa y no bonificable.</p>
INTEGRA
<p>Arts. 1 y 2 de la Resolución 902/MHFGC/MEGC/20, fijan el monto del valor de cada módulo de las Tutorías Académicas y de Orientación y Seguimiento y del Suplemento Plan FinEs y  del valor de la compensación de carácter no remunerativa y no bonificable, cuya planta transitoria aprobara la Resolución 538-MHFGC/MEDGC/20.</p>