RESOLUCIÓN 1755 2020 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE AUTORIZA - TRANSFERENCIA DE FONDOS - PARA SOLVENTAR EL PAGO DEL APORTE GUBERNAMENTAL - NIVEL INICIAL - PRIMARIO - SECUNDARIO - SUPERIOR - MODALIDAD EDUCACIÓN DE ADULTOS - MODALIDAD EDUCACIÓN ESPECIAL - FUENTE 11 - FUENTE 14 - SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO - JUNIO DE 2020 - DOCENTES - INSTITUTOS PRIVADOS - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA - INSTITUTO LIBRE DE SEGUNDA ENSEÑANZA - INSTITUTOS TERCIARIOS - COVID 19 - PANDEMIA - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - CRONOGRAMA DE PAGOS ESTABLECIDO POR EL DECRETO 255/20 - MODIFICADO POR RESOLUCIÓN 3448-GCABAMHFGC/20
Publicación:
19/10/2020
Sanción:
13/08/2020
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: Las Leyes N° 13.047, 24.049 y 26.206, los Decretos N° 1203/93, 393/09 y
255/20, la Resoluciones Nros. 3346-GCABA-MHFGC/20 y 3.448-GCABA-MHFGC/20,
el Expediente Electrónico N°18704666- GCABA-DGEGP, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la actuación citada en el Visto la Dirección General de Educación de
Gestión Privada solicitó la transferencia de fondos con el objeto de solventar el pago
del aporte gubernamental para los Niveles Inicial, Primario, Secundario y Superior y
las modalidades de Educación de Adultos, Especial e Instituto Libre de Segunda
Enseñanza, destinado a la primera cuota del Sueldo Anual Complementario
correspondiente al mes de junio 2020 de los docentes de los Institutos Privados
Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires que perciban un sueldo bruto en el mes de
junio 2020, mayor o igual a PESOS OCHENTA Y CINCO MIL UNO con 00/100
($ 85.001,00), a liquidarse el 15 de agosto de 2020 según el cronograma del Decreto
N° 255/20, modificado por las Resoluciones Nros. 3346-GCABA-MHFGC/20 y 3.448-
GCABA-MHFGC/20;
Que a través del Decreto N° 255/20 se aprobó el cronograma de transferencias del
aporte gubernamental correspondiente a la primera cuota del sueldo anual
complementario 2020 del personal docente, docente auxiliar y directivo de los
establecimientos educativos de gestión privada conforme el Anexo (IF-2020-
16391505-GCABA-DGEGP);
Que el artículo 3° del mencionado decreto, faculta al Ministerio de Hacienda y
Finanzas a modificar el cronograma de pagos siempre que no implique extender las
fechas fijadas.
Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas por Resolución N° 3.448-MHFGC/20
modificó el cronograma de pagos establecido por el Decreto N° 255/20, estableciendo
la totalidad del pago el 15 de agosto del sueldo anual complementario de junio 2020
de los docentes que perciban un sueldo bruto en el mes de junio 2020, mayor o igual a
PESOS OCHENTA Y CINCO MIL UNO con 00/100 ($ 85.001,00);
Que se debe autorizar dicha transferencia a fin de que la citada Dirección General
pueda cancelar las obligaciones a su cargo, únicamente en los establecimientos que
no adeuden rendiciones de meses anteriores;
Que se ha efectuado la imputación de los fondos necesarios para solventar dicho
pago;
Que el Decreto N° 393/09 establece el proceso de desconcentración de las
liquidaciones de gastos y emisión de órdenes de pago derivadas de la totalidad de las
facturas y certificados en función de la naturaleza del gasto;
Que debe señalarse que el artículo 17 de la norma citada faculta a la Dirección
General de Contaduría, como asimismo a sus Representaciones y Delegaciones
Contables, en su caso, a incluir en Órdenes de Pago a aquellas acreencias que se
encuentren respaldadas por la correspondiente norma autorizante, emanada de
autoridad competente;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención de su competencia.
Por ello, y conforme las facultades encomendadas por el artículo 17 del Decreto N°
393/09,
Artículo 1°.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada, destinada a solventar el pago del aporte
gubernamental para el Nivel Inicial (Fuente 11), correspondiente al Sueldo Anual
Complementario junio de 2020 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados
de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos veinte millones
doscientos noventa y siete mil ciento dieciocho con 00/100 ($ 20.297.118,00), a
liquidarse el 15 de agosto 2020 de acuerdo al cronograma de pagos establecido por el
Decreto N°255/20 y modificado por Resolución N° 3448-GCABA-MHFGC/20, conforme
al detalle que como Anexo (IF-2020-18704791-GCABA-DGEGP), forma parte
integrante de la presente resolución.
Artículo 2°.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada, destinada a solventar el pago del aporte
gubernamental para el Nivel Primario (Fuente 11), correspondiente al Sueldo Anual
Complementario junio de 2020 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados
de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos cuarenta y dos millones
trescientos noventa y cinco mil novecientos veintiocho con 00/100 ($ 42.395.928,00), a
liquidarse el 15 de agosto 2020 de acuerdo al cronograma de pagos establecido por el
Decreto N° 255/20 y modificado por Resolución N° 3448-GCABA-MHFGC/20,
conforme al detalle que como Anexo (IF2020-18704821-GCABA-DGEGP), forma parte
integrante de la presente resolución.
Artículo 3°.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada, destinada a solventar el pago del aporte
gubernamental para el Nivel Secundario (Fuente 11), correspondiente al Sueldo Anual
Complementario junio de 2020 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados
de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos treinta y ocho millones
setecientos sesenta y seis mil quinientos sesenta y tres con 00/100 ($ 38.766.563,00),
a liquidarse el 15 de agosto 2020 de acuerdo al cronograma de pagos establecido por
el Decreto N° 255/20 y modificado por Resolución N° 3448-GCABA-MHFGC/20,
conforme al detalle que como Anexo (IF2020-18704829-GCABA-DGEGP), forma parte
integrante de la presente resolución.
Artículo 4°.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada, destinada a solventar el pago del aporte
gubernamental para el Nivel Superior (Fuente 11), correspondiente al Sueldo Anual
Complementario junio de 2020 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados
de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos diez millones seiscientos
ochenta y un mil doscientos noventa y cuatro con 00/100 ($ 10.681.294,00), a
liquidarse el 15 de agosto 2020 de acuerdo al cronograma de pagos establecido por el
Decreto N° 255/20 y modificado por Resolución N° 3448-GCABA-MHFGC/20,
conforme al detalle que como Anexo (IF-2020-18704832- GCABA-DGEGP), forma
parte integrante de la presente resolución.
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
Artículo 5°.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada, destinada a solventar el pago del aporte
gubernamental para la Modalidad Educación de Adultos (Fuente 11), correspondiente
al Sueldo Anual Complementario junio de 2020 de los docentes de los Institutos
Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos
noventa y tres mil quinientos seis con 00/100 ($ 93.506,00), a liquidarse el 15 de
agosto 2020 de acuerdo al cronograma de pagos establecido por el Decreto N° 255/20
y modificado por Resolución N° 3448-GCABA-MHFGC/20, conforme al detalle que
como Anexo (IF-2020-18704840-GCABA-DGEGP), forma parte integrante de la
presente resolución.
Artículo 6°.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada, destinada a solventar el pago del aporte
gubernamental para la Modalidad Educación Especial (Fuente 11), correspondiente al
Sueldo Anual Complementario junio de 2020 de los docentes de los Institutos Privados
Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos seis
millones setecientos cincuenta y tres mil quinientos cincuenta con 00/100 ($
6.753.550,00), a liquidarse el 15 de agosto 2020 de acuerdo al cronograma de pagos
establecido por el Decreto N° 255/20 y modificado por Resolución N° 3448-GCABA-
MHFGC/20, conforme al detalle que como Anexo (IF2020-18704851-GCABA-
DGEGP), forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 7°.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada (Fuente 14), destinada a solventar el pago del aporte
gubernamental correspondiente al Sueldo Anual Complementario junio de 2020 de los
docentes del Instituto Libre de Segunda Enseñanza por un importe total de pesos
ciento veintisiete mil ciento ochenta y seis con 00/100 ($ 127.186,00), a liquidarse el
15 de agosto 2020 de acuerdo al cronograma de pagos establecido por el Decreto N°
255/20 y modificado por Resolución N° 3448-GCABA-MHFGC/20, conforme al detalle
que como Anexo (IF2020-18704904-GCABA-DGEGP), forma parte integrante de la
presente resolución.
Artículo 8°- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada (Fuente 14), destinada a solventar el pago del aporte
gubernamental correspondiente al Sueldo Anual Complementario junio de 2020 de los
docentes de los Institutos Terciarios de Gestión Privada de la Ciudad de Buenos Aires
por un importe total de pesos doscientos veintidós mil novecientos once con 00/100 ($
222.911,00), a liquidarse el 15 de agosto 2020 de acuerdo al cronograma de pagos
establecido por el Decreto N° 255/20 y modificado por Resolución N° 3448-GCABA-
MHFGC/20, conforme al detalle que como Anexo (IF-2020-18704893-GCABA-
DGEGP) forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 9°.- Emítanse las órdenes de pago respectivas por el importe de pesos ciento
dieciocho millones novecientos ochenta y siete mil novecientos cincuenta y nueve con
00/00 ($ 118.987.959,00) de Fuente 11 y el importe de pesos trescientos cincuenta mil
noventa y siete con 00/100 ($ 350.097,00) de Fuente 14, las que deberán ser
depositadas en la Cuenta Corriente N° 25822/5 y en la Cuenta Corriente N° 25216/6,
respectivamente, del Banco Ciudad de Bs. As. (Casa Central).
Artículo 10.- Establézcase que la afectación del gasto se efectuará contra la partida
5.1.5.55 destinada a tal fin.
Artículo 11.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a
las Direcciones Generales de Administración de Recursos, de Contaduría y de
Tesorería a los fines consiguientes. Acuña