RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO 872 2020 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Síntesis:
VIGENCIA A PARTIR DEL 2 DE NOVIEMBRE DE 2020 SE DEJAN SIN EFECTO - RESOLUCIONES N° 223-ERSP/20 Y N° 394-ERSP/20 - SE DISPONE NORMAL TRÁMITE A PARTIR DEL 2/11/20 - ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS - RECLAMOS - SUMARIOS - ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
23/10/2020
Sanción:
30/09/2020
Organismo:
F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Nación N°
297/2020, 325/2020, 408/2020, 459/2020, 493/2020, 520/2020, 576/2020, 641/2020,
677/2020, 714/2020 y 754/2020, las Resoluciones del Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos N° 223/ERSP/2020 y 394/ERSP/2020, el Acta de Directorio N° 759
del 30 de septiembre de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad creó el Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería
jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimidad procesal;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley N° 210, el Ente ejerce el control, seguimiento y
resguardo de la calidad de los servicios públicos prestados por la administración
central o descentralizada o por terceros, así como el seguimiento de los servicios cuya
fiscalización realice la Ciudad de Buenos Aires en forma concurrente con otras
jurisdicciones, para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y
consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de
las leyes que dicte al respecto;
Que, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado al Coronavirus (COVID-
19) como una pandemia;
Que, el Gobierno Nacional, a través de los DNU Nros. 325/2020, 408/2020 459/2020,
493/2020, 520/2020, 576/2020, 641/2020, 677/2020, 714/2020 y 754/2020 se
establecieron prórrogas del aislamiento social preventivo y obligatorio instaurado por el
DNU N° 297/2020 hasta el día 11 de octubre de 2020, inclusive;
Que, como consecuencia de la propagación a nivel mundial del Coronavirus (COVID
19), se han adoptado una serie de medidas de emergencia tendientes a que se
prosiga con el funcionamiento del ERSP evitando la propagación del virus y
respetando las disposiciones y recomendaciones de aislamiento, distanciamiento y
utilización de herramientas tecnológicas que permitan el trabajo remoto;
Que, por Resolución N° 223/ERSP/2020 se dispuso la suspensión de los plazos en los
procesos de reclamos y sumarios hasta el 31 de marzo de 2020;
Que, posteriormente, mediante Resolución N° 394/ERSP/2020 se dispuso prorrogar la
citada suspensión;
Que, a partir de las sucesivas prórrogas del aislamiento social, preventivo y obligatorio,
se entiende conveniente dar por concluida la suspensión de los plazos dispuesta por
las citadas Resoluciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y disponer el normal trámite de las actuaciones
administrativas;
Por ello,
Artículo 1°.- Déjense sin efecto las Resoluciones N° 223/ERSP/2020 y 394/ERSP/2020
y dispóngase el normal trámite de las actuaciones administrativas de reclamos y
sumarios a partir del 2 de noviembre de 2020.
Artículo 2°.-Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a las Gerencias de Control, Legal, de Usuarios y Participación
Ciudadana y a la Unidad Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Ameijenda - Barrera -
Fait