RESOLUCIÓN 6 2020 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
SE APRUEBA PROTOCOLO - VINCULACIONES PRESENCIALES DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES ALOJADOS EN HOGARES CONVIVENCIALES - CORONAVIRUS - COVID-19-EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO PERSONAL FAMILIAR Y COMUNITARIO
Publicación:
29/10/2020
Sanción:
26/10/2020
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Estado:
No vigente
VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, los Decretos
Nacionales de Necesidad y Urgencia Nros. 260/PEN/2020, los Decretos de Necesidad
y Urgencia N° 1-GCABA-AJG/20, 8-GCABA-AJG/20 y 15-GCABA-AJG/20, la Ley N°
114 (texto consolidado por Ley N° 6.017), la Ley 6.292, los Decretos N° 463-
GCABA/19 y 147-GCABA/20, la Resolución Conjunta N° 7-MJGGC-20 y su
modificatoria, y el EX- -2020-25667586- -GCABA-DGLTACDN, y
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el COVID-19
(coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución de la situación
epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes, haciendo
un llamado a la Comunidad Internacional para actuar con responsabilidad y
solidaridad;
Que tal situación torna imprescindible la implementación de medidas de prevención y
control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la población;
Que mediante el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN//20 se ha
decretado la ampliación de la Emergencia Pública en materia sanitaria por el plazo de
un (1) año;
Que, en idéntico sentido, a través de los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1, 8 y
15-GCABA-AJG/20 se decretó y amplió la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires la cual se encuentra vigente hasta el 30 de
noviembre de 2020, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para
prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del
coronavirus;
Que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Ley N° 114 (texto
consolidado conforme Ley N° 6017) creó el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños
y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que
le incumben a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y
protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes (NNyA);
Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere dicha Ley;
Que a su vez a través del Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la
estructura orgánico funcional de esta jurisdicción contemplándose dentro del Ministerio
de Desarrollo Humano y Hábitat a la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal,
Familiar y Comunitario de la cual depende la Dirección General de Niñez y
Adolescencia y dentro de la órbita de Jefatura de Gobierno, al Consejo de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;
Que a través de la Resolución Conjunta N° 7-MJGGC/20 y su modificatoria se
determinó que tanto el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como
la totalidad del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat deben ser considerados
áreas que prestan servicios esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la
administración pública durante la subsistencia de la situación epidemiológica vigente,
conforme lo normado por el artículo 3° del Decreto N° 147-GCABA-AJG/20;
Que el Decreto N° 147-GCABA-AJG/20 en su artículo 4° faculta a las autoridades
superiores con rango no inferior a Director General o equivalente de áreas cuyos
servicios sean considerados esenciales a establecer protocolos y procedimientos de
trabajo acordes a la situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los
servicios;
Que en el marco de la emergencia sanitaria y de la situación epidemiológica actual,
resulta necesario delimitar e implementar las medidas necesarias tendientes a evitar la
propagación del coronavirus COVID-19, de acuerdo a las recomendaciones sanitarias
y a las consideraciones profesionales que derivan de la práctica, las cuales deben ser
aplicadas en el campo específico de las vinculaciones entre niñas, niños y
adolescentes (NNyA) alojados en Hogares convivenciales propios o de gestión
asociada y sus familiares, referentes o postulantes a guardas con fines de adopción,
así como los casos de hermanos/as que se encuentran alojados/as en diferentes
dispositivos de cuidados personales;
Que en función de lo expuesto el Consejo de los Derechos de las Niñas, Niños y
Adolescentes ha elevado a consideración del Ministerio de Salud un proyecto de
"Protocolo para las vinculaciones de niñas, niños y adolescentes alojados en Hogares
Convivenciales en el marco de la Emergencia Sanitaria por COVID-19", respecto del
cual la Dirección General de Niñez y Adolescencia de la Subsecretaría de
Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario ha prestado su conformidad;
Que habiendo sido aprobado los términos del mismo por el Titular del Ministerio de
Salud, procede dictar el acto administrativo pertinente que apruebe el mismo;
Que las Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat y la Dirección General Legal Técnica y Administrativa del Consejo
de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes han intervenido en el ámbito de su
competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones que les son propias, por la Ley 6.292, la Ley 114
(texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 147-GCABA-AJG/20,
Artículo 1°.-
Apruebase el "PROTOCOLO PARA LAS VINCULACIONES
PRESENCIALES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES ALOJADOS EN HOGARES
CONVIVENCIALES EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID-
19", que como que como Anexo I (IF-25592755-CDNNYA-2020) forma parte integrante
de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a las Direcciones Generales de Niñez y Adolescencia del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat, y Legal, Técnica y Administrativa del Consejo de los
Derechos de Niñas Niños y Adolescentes. Cumplido, archívese. Lerner - Leguizamón