RESOLUCIÓN 115 2020 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
Síntesis:
SE MODIFICAN LAS RESPONSABILIDADES PRIMARIAS DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL ENTE DE TURISMO - ESTRUCTURA ORGÁNICA - ORGANIZATIVA - GERENCIAS - SUBGERENCIAS
Publicación:
16/11/2020
Sanción:
02/07/2020
Organismo:
F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
VISTO: La Ley N° 2.627 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y modificatorias, los
Decretos Nros. 684- GCBA/09, 335-GCBA/11 y 219-GCBA/20, las Resoluciones Nros.
44-ENTUR/11 y 2-ENTUR/20, el Expediente Electrónico N° 2020-14774798-GCABA -
ENTUR, y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.627 (texto consolidado Ley N° 6.017) y modificatorias, se creó el
Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la
Secretaria General y Relaciones Internacionales del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires, con el objeto de diseñar y ejecutar políticas y programas de promoción,
desarrollo y fomento del turismo como actividad económica estratégica de la Ciudad;
Que el inciso d) del artículo 11 de la Ley N° 2.627 (texto consolidado Ley N° 6.017) y
modificatorias, faculta al Presidente del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, a establecer y aprobar la estructura orgánico funcional y asignar
responsabilidades;
Que por el Decreto N° 684-GCBA/09 y modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Resolución N° 44-ENTUR/11, el Ente de Turismo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires adhirió al régimen gerencial establecido mediante los
Decretos Nros. 684-GCBA/09 y 335-GCBA/11;
Que por Resolución N° 2-ENTUR/20, se aprobó la actual estructura orgánico-funcional
del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también las
responsabilidades primarias de las diversas unidades organizativas;
Que por Decreto N° 219-GCBA/20, se designó al Sr. Fernando Straface, D.N.I. N°
23.864.572, CUIT N° 20-23864572-8, como Presidente del Organismo Fuera de Nivel
Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en carácter ad honorem;
Que con el fin de obtener una mejor distribución de responsabilidades y recursos
dentro del marco de los objetivos planteados para el organismo resulta necesaria la
readecuación de funciones de las distintas unidades de organización, en aras del
fortalecimiento institucional de este Organismo;
Que en virtud de ello, deviene necesario modificar las responsabilidades primarias de
la Dirección Ejecutiva del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante informe N° IF-2020-16087558-GCABA-DGDSCIV, la Dirección General
Desarrollo del Servicio Civil del Ministerio de Hacienda y Finanzas, manifiesta que la
medida no tiene impacto presupuestario incremental;
Que la Gerencia Operativa Asuntos Legales ha tomado la intervención que resulta de
su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el artículo 11° inc. d) de la Ley N°
2.627 (texto consolidado Ley N° 6.017) y modificatorias,
Artículo 1°.- Modifícanse, a partir del 1° de julio de 2020, las responsabilidades
primarias de la Dirección Ejecutiva del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, según se detalla en el Anexo (IF N° 2020-16324956-GCABA-DGTALET)
que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente, quedando parcialmente
modificado el Anexo II (Responsabilidades primarias y Descripción de acciones) (IF N°
2019-39829847-GCABA-ENTUR) de la Resolución N° 2-ENTUR/20.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la
Secretaría General y Relaciones Internacionales, a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos, a las Direcciones Generales Oficina de la Gestión Pública y
Presupuesto, y Desarrollo del Servicio Civil, ambas del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y a la Unidad de Auditoría Interna, y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente de Turismo
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Straface p/p