RESOLUCIÓN 563 2020 SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO LA LICITACIóN PúBLICA NACIONAL PARA OTORGAR BAJO EL RéGIMEN JURíDICO DE CONCESIóN LA PRESTACIóN DE LOS SERVICIOS RELACIONADOS CON EL SISTEMA DE ESTACIONAMIENTO REGULADO

Publicación:

15/12/2020

Sanción:

10/12/2020

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS


Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2020. Año del General Manuel Belgrano"

VISTO: los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260/PEN/2020 y 297/PEN/2020,

los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1510/GCABA/97 (Texto consolidado por

Ley 6.347), 1/GCABA/2020, y 8/GCABA/2020, 11/GCABA/2020, 12/GCABA/2020,

15/GCABA/2020 y 17/GCABA/2020, los Decretos Nros. 210/GCABA/20 y

474/GCABA/17, las Leyes Nros. 2.095, 4.003, 5.728, 6036 (textos consolidados por

Ley N° 6.347 y modificadas por Ley N° 6.353), 6.301 y 6.353, las Resoluciones Nros.

354/SECTRANS/17, 247/SECTRANS/18 706/SECTRANS/17, 86/SECTRANS/18,

130/SECTRANS/18, 180/SECTRANS/18, 294/SECTRANS/18, 612/SECTRANS/18 y

276/SECTOP/2020 y el Expediente Electrónico N° 28827698/SECTRANS/17, y

CONSIDERANDO:

Que, por las presentes actuaciones, tramita la Licitación Pública Nacional para otorgar

bajo el régimen jurídico de Concesión la prestación de los servicios relacionados con

el Sistema de Estacionamiento Regulado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 1° de la Ley N° 4.003 facultó al Poder Ejecutivo a llamar a una

Licitación Pública Nacional para la concesión de la prestación de los distintos servicios

relacionados con el Sistema de Estacionamiento Regulado;

Que mediante el artículo 2° de la Ley N° 5.728, se aprobaron los Pliegos de Bases y

Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas para la Licitación

Pública Nacional, con el fin de otorgar bajo el régimen jurídico de Concesión del

Servicio Público, la prestación de los servicios relacionados con el Sistema de

Estacionamiento Regulado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que los Pliegos indicados en el párrafo que precede, establecen que la entonces

Secretaría de Transporte dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y

Transporte, es la Autoridad de Aplicación de la Concesión de los servicios

relacionados con el Sistema de Estacionamiento Regulado en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que el artículo 1° del Decreto N° 474/GCBA/17 autorizó la realización del llamado a la

Licitación Pública y encomendó a la entonces Secretaría de Transporte que designe la

Comisión de Evaluación de Ofertas, la emisión de circulares aclaratorias, con y sin

consulta sobre la documentación licitatoria, el dictado de los actos administrativos

necesarios para adjudicar la licitación pública, la suscripción de las pertinentes

contratas y el dictado de todos los actos administrativos que fueren necesarios para la

materialización, control y ejecución de las concesiones desde su inicio hasta su

finalización, así como las modificaciones, ampliaciones de plazo y sus rescisiones, en

caso de corresponder;

Que, a través de la Resolución N° 706/SECTRANS/17, se llamó a Licitación Pública

Nacional con el fin de otorgar bajo el régimen jurídico de Concesión del Servicio

Público, la prestación de los servicios relacionados con el Sistema de Estacionamiento

Regulado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, de acuerdo a lo establecido por la Resolución N° 294/SECTRANS/18, con fecha

20 de julio de 2018 se celebró el Acto de Apertura de Ofertas al cual se presentaron

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2020. Año del General Manuel Belgrano"

los siguientes oferentes 1) Plein Air Park S. A., 2) Dakota S. A. Escalum Investment

S. A. UT, 3) IT Net S. A. Tránsito Rosario S. A. UT y 4) BRD S.A.I.C.F.I. tal como se

desprende del Acta agregada al expediente como IF-2018-20531130-SECTRANS;

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del Pliego de Bases y

Condiciones Generales y en el artículo 27 del Pliego de Bases y Condiciones

Particulares, la Comisión de Evaluación de Ofertas, basándose en el Informe Técnico

de Precalificación, emitió el 14 de noviembre de 2018, el correspondiente Informe de

Precalificación que se encuentra agregado al expediente como IF-2018-31527411-

SECTRANS, el cual no mereció impugnaciones;

Que, de conformidad con lo expuesto, se dictó la Resolución 612/SECTRANS/18

mediante la cual se calificó para la apertura de los Sobres N° 2, las ofertas

correspondientes a los oferentes 1) Plein Air Park S. A., 2) Dakota S. A. Escalum

Investment S. A. UT, 3) IT Net S. A. Tránsito Rosario S. A. UT y 4) BRD S.A.I.C.F.I.,

por reunir el puntaje mínimo exigido en el artículo 34.2 del Pliego de Bases y

Condiciones Particulares respecto de todas las zonas para las que dichos oferentes

formularon propuesta;

Que el 7 de diciembre de 2018 se celebró el acto de apertura de los Sobres N° 2

correspondientes a las cuatro (4) ofertas calificadas y se labró el Acta de Apertura que

como IF-2018-35237224-SECTRANS se encuentra agregado en el expediente;

Que, con posterioridad, se confeccionó el correspondiente Orden de Mérito y se

convocó a los oferentes que resultaron primeros en orden de mérito en más de una

zona, para que manifiesten la zona que deseaban elegir, de conformidad con lo

estipulado en el último párrafo del artículo 25 del PBCG (IF-2019- 6253265-GCABA-

SECTRANS);

Que, durante el trámite de la presente Licitación, la Organización Mundial de la Salud

(OMS) declaró al Coronavirus (COVID-19) como una pandemia que se está

propagando de persona a persona aceleradamente a nivel mundial, situación que

tornó imprescindible la implementación de medidas de prevención y control tendientes

a reducir el riesgo de propagación del contagio en la población;

Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el Poder Ejecutivo de

la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria, establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de UN (1) año a partir

de la entrada en vigencia de dicho decreto;

Que, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCABA/2020, el Jefe de

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró la Emergencia Sanitaria en

el ámbito de la Ciudad hasta el 15 de junio de 2020, a los fines de atender y adoptar

las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio

en la población del coronavirus (COVID-19), entre otras medidas, prorrogándose dicha

emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia N° 8/GCABA/20,

11/GCABA/20, 12/GCABA/20 ,15/GCABA/20 y 17/GCABA/20 hasta el 31 de enero de

2021;

Que, asimismo, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/2020, el Poder

Ejecutivo de la Nación, estableció desde el 20 al 31 de marzo del corriente año el

"Aislamiento social, preventivo y obligatorio" para todas las personas que habitan el

país o que se encuentran en él en forma temporaria para la prevención del contagio

del COVID-19 CORONAVIRUS, medida que fue prorrogada por los Decretos de

Necesidad y Urgencia N° 325/PEN/2020, 355/PEN/2020, 408/PEN/2020,

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2020. Año del General Manuel Belgrano"

459/PEN/2020, 493/PEN/2020, 520/PEN/2020, 576/PEN/2020, 605/PEN/2020,

641/PEN/2020, 677/PEN/2020, 714/PEN/2020, 754/PEN/2020, 792/PEN/2020,

814/PEN/2020 hasta el 8 de noviembre de 2020 inclusive;

Que, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875/PEN/2020 se estableció

desde el 9 de noviembre del corriente año el "distanciamiento social preventivo y

obligatorio" para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados

urbanos, partidos y departamentos de las provincias", medida que fue prorrogada por

el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 956/PEN/2020 hasta el 20 de diciembre de

2020 inclusive;

Que en este marco se sancionó la Ley N° 6.301, reglamentada por Decreto N°

210/GCABA/20, mediante la cual se declaró en emergencia la situación Económica y

Financiera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el 31 de diciembre de 2020;

Que dicha Ley facultó al Poder Ejecutivo "...a disponer la revisión de la totalidad de los

procesos que se encuentren en trámite o en curso de ejecución referentes a compras

y contrataciones de bienes, de servicios, de suministros, de obra pública, de

concesiones y permisos, celebrados con anterioridad a la entrada en vigencia", con la

potestad de "...suspender, resolver, revocar, rescindir, o modificar las condiciones

esenciales de las contrataciones en cuestión y en virtud de razones de oportunidad,

mérito o conveniencia, siempre que ello resulte financiera o económicamente más

conveniente para el interés público", resultando plenamente aplicable a la presente

Licitación Pública;

Que, en este marco, a tenor de lo expresado mediante el Informe Técnico N° IF-2020-

14959401-GCABADGGSM, se suspendió por el término de noventa (90) días la

Licitación Pública Nacional para otorgar bajo el régimen jurídico de Concesión la

prestación de los servicios relacionados con el Sistema de Estacionamiento Regulado

en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicha suspensión fue prorrogada por sesenta (60) días hábiles adicionales,

mediante Resolución N° 491/SECTOP/2020;

Que teniendo en cuenta el contexto que rige en la actualidad relativo a la emergencia

sanitaria originada por la pandemia del Covid-19 y la emergencia económica declarada

por Ley N° 6.301, las diferentes áreas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se

han visto obligadas a revisar la totalidad de los proyectos de envergadura que se

encuentran en trámite;

Que, por lo mencionado precedentemente, la Licitación Pública Nacional para otorgar

bajo el régimen jurídico de Concesión la prestación de los servicios relacionados con

el Sistema de Estacionamiento Regulado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue

sometida a un análisis y revisión integral a efectos de cumplir con los objetivos de una

forma más eficiente y económica de acuerdo al contexto de emergencia sanitaria y

económica que nos afecta;

Que, en este sentido, se aprobó la Ley N° 6.353, la cual brinda una solución moderna,

sustentable, eficiente y más económica a los problemas de estacionamiento en las

calles de la Ciudad, favoreciendo la rotación de vehículos estacionados en la vía

pública y adecuándose al contexto social, sanitario y económico que nos toca vivir;

Que, en tal sentido, la Ley citada en su artículo 1° autoriza al Poder Ejecutivo a llamar

a Licitación Pública para contratar la prestación de un nuevo servicio de grúas para el

acarreo de vehículos, el cual resulta más económico y eficiente ya que, entre otras

cuestiones, separa de dicha contratación las prestaciones relativas al servicio de

estacionamiento medido que será prestado directamente por el GCABA;

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2020. Año del General Manuel Belgrano"

Que, teniendo en cuenta la situación mencionada en los párrafos que preceden y con

el fin de salvaguardar el interés público, se estima conveniente dejar sin efecto el

procedimiento de la Licitación Pública Nacional para otorgar bajo el régimen jurídico de

Concesión la prestación de los servicios relacionados con el Sistema de

Estacionamiento Regulado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EE 2017-

28827698-GCABA-SECTRANS);

Que la Gerencia Operativa de Estacionamiento Ordenado y Regulación del Cordón de

la Dirección General Gestión de Servicios de Movilidad dependiente de la

Subsecretaría Gestión de la Movilidad emitió el correspondiente Informe Técnico (IF-

2020-28564540-DGGSM), por el cual se propicia dejar sin efecto el presente

procedimiento licitatorio;

Que de acuerdo a lo establecido en los artículos 9 y 13 inciso g) de la Ley de Compras

y Contrataciones N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Poder Ejecutivo

posee la potestad de dejar sin efecto el procedimiento;

Que, por su parte, el artículo 2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales,

establece que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires "...se reserva el derecho de

dejar sin efecto el llamado licitatorio antes de la firma del contrato, sin que ello genere

derecho alguno al universo de los oferentes que participen del mismo";

Que idéntica disposición se encuentra contenida en el artículo 29 del Pliego de Bases

y Condiciones Particulares;

Que, al respecto, corresponde recordar que la presente Licitación Pública Nacional no

ha sido adjudicada ni cuenta con dictamen de preadjudicación de la Comisión

Evaluadora de Ofertas;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en

el marco de sus competencias;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 474/GCBA/17 y las

Leyes N° 2.095 y 6.301 y su Decreto Reglamentario N° 210/GCABA/20,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Licitación Pública Nacional para otorgar bajo el

régimen jurídico de Concesión la prestación de los servicios relacionados con el

Sistema de Estacionamiento Regulado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EE

2017-28827698- GCABA-SECTRANS).

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

comuníquese a la Dirección General de Gestión de Servicios de Movilidad

dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad a fin de que notifique a las

firmas oferentes a los domicilios electrónicos constituidos. Cumplido, archívese.

Méndez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle