DECRETO 474 2017
Síntesis:
AUTORIZA LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA - CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO - SISTEMA DE ESTACIONAMIENTO - PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES GENERALES - PARTICULARES - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - LEY 5728 - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - ENCOMIENDA FACULTADES - SECRETARÍA DE TRANSPORTE
Publicación:
03/01/2018
Sanción:
26/12/2017
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes Nros. 4.003 (texto consolidado según ley N° 5.666) y 5.728, el Decreto N°
363/GCBA/15 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 28827698-MGEYA-
SECTRANS/17, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 5.728 se sustituyó el artículo 1° de la Ley N° 4.003, facultando al
Poder Ejecutivo a llamar a Licitación Pública Nacional para la Concesión de la
prestación de los distintos servicios relacionados con el Sistema de Estacionamiento
Regulado;
Que mediante el artículo 5° de la citada Ley se aprobaron los Pliegos de Bases y
Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas para la Licitación
Pública Nacional con el fin de otorgar bajo el régimen jurídico de Concesión del
Servicio Público, la prestación de los servicios relacionados con el Sistema de
Estacionamiento Regulado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que los Pliegos establecen que la Secretaría de Transporte dependiente del Ministerio
de Desarrollo Urbano y Transporte es la Autoridad de Aplicación;
Que conforme el Decreto N° 363/GCBA/15 y sus modificatorios, entre las
responsabilidades primarias de la Secretaría de Transporte, se halla la de entender en
la regulación y control del transporte y el tránsito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, como así también en la formulación de políticas, planificación, regulaciones y
planes de los sistemas de tránsito y transporte concernientes al ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y su articulación con el Área Metropolitana;
Que corresponde autorizar la convocatoria a Licitación Pública para otorgar bajo el
régimen jurídico de Concesión de Servicio Público, la prestación de los servicios
relacionados con el Sistema de Estacionamiento Regulado en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, conforme los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y
de Especificaciones Técnicas aprobados por la Ley N° 5.728;
Que resulta conveniente que la Secretaría de Transporte en su carácter de Autoridad
de Aplicación, establezca el día, la hora y el lugar en que deberán presentarse las
ofertas de la Licitación Pública referida y prorrogue la convocatoria si lo considerare
necesario;
Que, a su vez, corresponde encomendarle la designación de la Comisión de
Evaluación de Ofertas, la emisión de circulares aclaratorias, con y sin consulta sobre la
documentación licitatoria, el dictado de los actos administrativos necesarios para
adjudicar la Licitación Pública, la suscripción de las pertinentes contratas y el dictado
de todos los actos administrativos que fueren necesarios para la materialización,
control y ejecución de las concesiones desde su inicio hasta su finalización, así como
las modificaciones, ampliaciones de plazo y sus rescisiones, en caso de corresponder;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Autorízase el llamado a Licitación Pública para otorgar, bajo el régimen
jurídico de Concesión de Servicio Público, la prestación de los servicios relacionados
con el Sistema de Estacionamiento Regulado en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, conforme los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de
Especificaciones Técnicas aprobados por la Ley N° 5.728.
Artículo 2°.- El señor Secretario de Transporte, dependiente del Ministerio de
Desarrollo Urbano y Transporte, establecerá la fecha, la hora y el lugar en que
deberán presentarse las ofertas de la Licitación Pública cuya convocatoria se autoriza
por el artículo 1° del presente Decreto y su prórroga en caso de corresponder.
Artículo 3°.- Encomiéndase a la Secretaría de Transporte la designación de la
Comisión de Evaluación de Ofertas, la emisión de circulares aclaratorias, con y sin
consulta sobre la documentación licitatoria, el dictado de los actos administrativos
necesarios para adjudicar la licitación pública, la suscripción de las pertinentes
contratas y el dictado de todos los actos administrativos que fueren necesarios para la
materialización, control y ejecución de las concesiones desde su inicio hasta su
finalización, así como las modificaciones, ampliaciones de plazo y sus rescisiones, en
caso de corresponder.
Articulo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Urbano y Transporte y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás fines remítase a la Secretaria de Transporte. Cumplido,
archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Miguel