RESOLUCIÓN 1703 2020 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
Síntesis:
SE MODIFICAN - RESOLUCIÓN 1673-SSGRH-20 - RESOLUCIÓN 622-SSGRH-20 - PERMISO DE AUSENCIA EXTRAORDINARIA AL LUGAR DE TRABAJO - PROCEDIMIENTO DE JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIAS - GRUPOS DE RIESGO - PERMISO SUSPENSIÓN ESCOLAR - HIJOS-AS MENORES DE 14 AÑOS O CON DISCAPACIDAD - COVID-19 - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
17/12/2020
Sanción:
16/10/2020
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 del Poder Ejecutivo
Nacional, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/20, N° 8/20, N° 12/20 y N°
15/20, el Decreto N° 147/20, las Resoluciones Nros. 1541-APN-MS/20 y 1643-APN-
MS/20, la Resolución de firma conjunta N° 10-APN-MS/20, las Resoluciones Nros.
622-GCABA-SSGRH/20 y 1673-GCABA-SSGRH/20, el Expediente Electrónico N°
24702220-GCABA-SSGRH/20, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, el Poder Ejecutivo de la
Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la pandemia declarada por la OMS en relación con el virus
COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia
de dicho decreto;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas establecidas por
los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20 y 15/20, se declaró la
emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 30
de noviembre de 2020 inclusive, a los fines de atender y adoptar las medidas
necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la
población del coronavirus (COVID-19);
Que en dicho contexto, por el Decreto N° 147/20, se adoptaron diversas medidas para
que los trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires presten
servicios conforme los esquemas allí aprobados;
Que el artículo 11 del citado decreto autoriza la dispensa del deber de asistencia al
lugar de trabajo para trabajadores, cualquiera sea su escalafón y modalidad de
contratación, con los alcances allí previstos;
Que en tal sentido, mediante la Resolución N° 622-GCABA-SSGRH/20 se aprobó el
permiso de ausencia extraordinario, con goce íntegro de haberes, para los/as
trabajadores/as de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, dependiente del Poder Ejecutivo, entes jurídicamente descentralizados
y comunas, cualquiera sea su escalafón y su modalidad de contratación, en el marco
de la dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo prevista para los incisos a),
b) y c) del artículo 11 del Decreto N° 147/20 con los alcances allí establecidos;
Que en el Anexo I (IF-2020-9843261-GCABA-SSGRH) de dicha Resolución se
definieron las situaciones que daban lugar a la inclusión de trabajadores/as en los
grupos de riesgo;
Que el Ministerio de Salud de la Nación, mediante las Resoluciones Nros. 1541-
APNMS/20 y 1643-APN-MS/20, incorporó al listado de grupo de riesgo a aquellas
personas con obesidad, siempre que el índice de Masa Corporal (IMC) sea igual o
superior a 35,0 kg/m2 (Obesidad Clase II y III);
Que en tal sentido se emitió la Resolución N° 1673-GCABA-SSGRH/20, modificando
los Anexos I y III de la Resolución N° 622-GCABA-SSGRH/20;
Que posteriormente, mediante la Resolución de firma conjunta RESFC-10-APN-MS/20
entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social de la Nación, se estableció que las personas con Obesidad Grado II
(IMC 35,0 39,9 kg/m2) no están alcanzadas por la suspensión del deber de
asistencia al lugar de trabajo;
Que por otro lado, y a efectos de una mejor operatividad y rápida autorización en el
caso de los permisos contemplados en el artículo 6° del Decreto N° 147/20, resulta
conveniente modificar las autoridades competentes para otorgarlas en el caso de los
establecimientos educativos;
Que por lo expuesto, corresponde modificar el Anexo I de la Resolución N° 1673-
GCABA-SSGRH/20 y el Anexo IV de la Resolución N° 622-GCABA-SSGRH/20.
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 12 del Decreto N° 147/20,
Artículo 1°.- Modifíquese el Anexo I de la Resolución N° 1673-GCABA-SSGRH/20, de
conformidad con lo establecido en el Anexo I (IF-2020-25079888-GCABA-SSGRH)
que, a todos los efectos, forma parte de la citada resolución.
Artículo 2°.- Modifíquese el Anexo IV de la Resolución N° 622-GCABA-SSGRH/20, de
conformidad con lo establecido en el Anexo IV (IF-2020-25080008-GCABA-SSGRH)
que, a todos los efectos, forma parte de la citada resolución.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, Entes Descentralizados y comunas.
Cumplido, archívese. Domeniconi