DECRETO 294 2004

Síntesis:

DENIEGA EL PEDIDO DE INGRESO AL ÁMBITO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES EFECTUADO POR LA SRA. ALICIA T. MILEO VAGLIO - DESESTIMACIÓN DE PEDIDOS - REINCORPORACIÓN DE AGENTES - INSTITUTO J.R. FERNÁNDEZ - SECRETARÍA DE CULTURA

Publicación:

03/03/2004

Sanción:

24/02/2004

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 28.804/97 y agregados, y;

CONSIDERANDO:

Que, por dichas actuaciones la señora Alicia Teresa Mileo Vaglio, DNI 5.931.746, solicita su reincorporación al ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, obra como antecedente la providencia emanada del Ministerio de Cultura y Educación dando cuenta que a pedido de la nombrada le fue concedido el retiro voluntario previsto en el Decreto N° 2.476/PEN/90 del 28/11/90;

Que, en dicha providencia se reseña que la causante posee título de Bibliotecaria y al momento de su cese (31/1/91) revistaba en cargo del Escalafón General del Personal de la Administración Nacional, ya que el texto de los Arts. 6° y del 60 a 67 inclusive del Decreto N° 2.476/90, transcripto por la Subsecretaría de Cultura del Ministerio de Educación y Justicia, muestra que de ese beneficio se excluyó entre otros al personal docente (Circular D.P. N° 4/90 de fs. 15/18);

Que, en la mencionada providencia se hace saber además que pese a estar estipulado en el citado Decreto que el acogimiento al retiro voluntario implicaba la imposibilidad de reingresar a la Administración Pública (nacional, municipal, etc.) hasta transcurridos cinco (5) años de la fecha de dicho Decreto que vencían el 28/11/95, no impidió eso que la causante volviera a ingresar el 23/7/91 como docente (Bibliotecaria) del Instituto Nacional de Enseñanza Superior de Lenguas Vivas J.R. Fernández, imputándose esa situación al desconocimiento de las autoridades escolares nacionales del acogimiento de aquélla a dicho beneficio. En razón de esta irregularidad las autoridades nacionales dispusieron su cese en el mes de diciembre de 1992 rechazando distintas presentaciones de la interesada a los efectos de su reingreso;

Que, transcurridos los cinco (5) años la aludida se presenta ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitando su readmisión;

Que, la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional de la Secretaría de Educación informó que en el Instituto J.R. Fernández no existe ningún cargo vacante;

Que, actualmente se encuentra vigente el Decreto N° 2.388/92 (B.M. N° 19.372) mediante el cual se declaró congeladas al día de la fecha todas las vacantes del personal de planta permanente de la ex-Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, estableciendo en su Art. 19 la manera de disponer excepciones a esta restricción;

Que, asimismo mediante el Decreto N° 755/GCBA/97 (B.O.C.B.A. N° 227) el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires derogó las normas que establecen las Delegaciones de Facultades para efectuar incorporaciones de personal de carácter permanente, transitorio o por cualquier tipo de contrato quedando exceptuadas las designaciones de personal docente suplente y las contrataciones de personal artístico de la Secretaría de Cultura, siempre que la duración de las mismas no exceda los treinta (30) días calendarios y no constituyan una renovación;

Que, la solicitud de la interesada debe ser considerada como una solicitud de ingreso al ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, encontrándose congeladas las vacantes del personal de planta permanente por aplicación del Decreto N° 2.388/92 y existiendo la posibilidad de dictar excepciones cuando razones de servicio lo justifiquen (Art. 19 del Decreto mencionado) el señor Jefe de Gobierno en uso de sus facultades de superintendencia del personal que le depende, (Art. 104, Inc. 9, de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) se encuentra facultado a analizar con criterio de gobierno y dictar una excepción al congelamiento de vacantes disponiendo el ingreso que nos ocupa;

Que, en mérito a lo expresado se ha expedido con fecha 4/6/99 el entonces señor Subsecretario de Gestión y Administración Financiera considerando que por las circunstancias antedichas y en especial por cuanto la señora Vicerrectora del Instituto Nacional de Enseñanza Superior de Lenguas Vivas J.R. Fernández informa que no hay en el instituto ningún cargo vacante de Bibliotecaria, correspondería denegar el ingreso solicitado;

Que, por lo expuesto corresponde denegar la solicitud de la señora Mileo Vaglio;

Que, la Procuración General de la Ciudad ha dictaminado de conformidad con el criterio sustentado en el presente Decreto, aconsejando su dictado;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts.102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Desestímase el pedido de ingreso al ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires efectuado por la señora Alicia Teresa Mileo Vaglio, DNI 5.931.746, por encontrarse congeladas las vacantes de personal de Planta Permanente por aplicación del Decreto N° 2.388/92 (B.M. N° 19.372).

Artículo 2° - El presente Decreto es refrendado por las señoras Secretarias de Educación y de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 3° - Dése al Registro y comuníquese a la Procuración General de la Ciudad a los fines establecidos en el Art. 11 del Decreto N° 698/GCBA/96 (B.O.C.B.A. N° 97) modificado por Decreto N° 1.583/GCBA/2001 (B.O.C.B.A. N° 1298), publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, posteriormente para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Recursos Humanos y Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, la que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada de los términos del presente Decreto en el domicilio sito en Camargo 1155, planta alta, Capital Federal. Cumplido, archívese. IBARRA - Perazza - Albamonte - Fernández

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Art. 1° Dto. 294-04 Ref. Art. 13° Dto. 2388-92. Desestimación de reingreso por vacantes congeladas.
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