ORDENANZA 25732 1971

Síntesis:

NORMA DEROGADA - DETERMINA LOS PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN CASO DE VEHÍCULOS ABANDONADOS EN LA VÍA PÚBLICA.

Publicación:

29/06/1971

Sanción:

18/06/1971

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto, la necesidad de actualizar las normas a seguir con respecto al retiro de vehículos, chasis o similares abandonados en la vía pública; y

CONSIDERANDO:

Que frecuentemente el Departamento Ejecutivo debe resolver actuaciones originadas por abandono de vehículos, chasis, etc. en infracción al artículo 3, del inciso a) del Código de Tránsito para la Ciudad de Buenos Aires (Decreto-Ordenanza N°12.116 B.M. 8381);

Que es conveniente frente a tales circunstancias adoptar los recaudos necesarios para que las actuaciones respectivas sean transmitidas con la mayor celeridad, con el objeto de librar la vía pública de tales obstáculos en beneficio de la población en general;

Que el Decreto N° 4486-70 (B.M. 13.918), fijó, entre otras, como funciones del Departamento Inspección de Estado de la Vía Pública, las de mantener actualizada la información sobre el estadó de conservación y uso de la vía pública

y realizar inspecciones a fin de comprobar el cumplimiento de disposiciones sobre obligatoriedad de poseer permiso para efectuar obras que comprometan la ocupación y seguridad de la vía pública;

Que por Decreto N° 2482/71 (B. M. 14.052) fue creada la oficina Playas-Depósito, dependiente del Departamento Cuerpo de Vigilancia con la función de atender la custodia y guarda de los vehículos provenientes de los organismos competentes, en virtud de lo determinado en el artículo 5° de la Ley N° 16.979 (B. M. 12.933);

Por ello, atento a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 16.897 (B.M. 12.857).

El Intendente Municipal,

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Articulo 1°- En los casos de vehículos, chasis o similares abandonados en la vía pública, en Infracción al artículo 31, Inciso a) del Código de Tránsito para la Ciudad de Buenos Aires, la Dirección General de Limpieza procederá sin notificación ni intimación previas, al traslado del objeto en contravención el Depósito, - Playa "Lacarra" dependiente del Departamento Cuerpo de Vigilancia, pudiendo a tal efecto, requerir el auxilio de la fuerza pública, en caso necesario,

Igual procedimiento se seguirá en el caso de infracciones comprobadas por el Departamento Inspección de Estado de la Vía Pública.

Art. 2°- La Dirección General de Limpieza en procedimientos de esta naturaleza, cumplimentará lo determinado en la Ordenanza N° 21.185 B. M. 12.763) y comunicará a la Jefatura de la Policía Federal el ingreso a depósito del vehículo número de chapa si la tuviera, número de motor y todo otro dato que facilite la Individualización del objeto.

Art. 3° - Derógase el Decreto - Ordenanza N° 12.239 (B. M. 12.13.5).

Art. 4°-La presente Ordenanza será refrendada por los señores Secretarios de Servicios Públicos, Gobierno, Economía, y Obras Públicas.

Art. 5° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal, comuníquese a la Policía Federal, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Limpieza y a los Departamentos Inspección de Estado de la Vía Pública y Cuerpo de Vigilancia, a la Contaduría General y a la Dirección de Suministros.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICADA POR
Art 16 de la Ord 27562 mantiene la vigencia del Art 1 de la Ord 25732 según la reforma introducida por el art 4 de la Ord 26188
MODIFICADA POR
Reemplaza artículo 1°
DEROGADA POR
Art. 9 de la Ley 2059, abroga la Ordenanza 25732.