RESOLUCIÓN 8 2004 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
APRUEBA LOS PLANES ANUALES DE TRABAJO DE LAS UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA DE LAS SECRETARÍAS DE EDUCACIÓN, SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS, SECRETARÍA DE SALUD, SECRETARÍA JEFE DE GABINETE, SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO, SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANA, Y DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA - APROBACIÓN - PLAN ANUAL DE TRABAJO - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - PLANIFICACIÓN ANUAL DETALLADA
Publicación:
05/03/2004
Sanción:
24/02/2004
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Memorandum Interno N° 28/GCI/04; y
CONSIDERANDO:
Que, por la referida actuación tramita la aprobación de los Planes Anuales de Trabajo de las Unidades de Auditoría Interna de distintas jurisdicciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, la Ley N° 70 de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires (B.O. del 29/9/98) otorga a esta Sindicatura General en su carácter de órgano de control interno, la función de aprobar los mencionados planes;
Que, las Secretarías de Educación, Hacienda y Finanzas, Salud, Jefe de Gabinete, Infraestructura y Planeamiento, Justicia y Seguridad Urbana, y el Instituto de la Vivienda, elevaron sus respectivos planes anuales correspondientes al año 2004, a esta Sindicatura General;
Que, la Gerencia General Operativa manifiesta que los planes anuales de trabajo presentados por las jurisdicciones mencionadas precedentemente, se ajustan, en general, a los requerimientos de la Circular N° 8/SGCBA/02;
Que la Gerencia General Normativa ha tomado la intervención que le compete;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el inciso 12 del artículo 123 de la Ley N° 70,
Artículo 1° - Apruébanse los Planes Anuales de Trabajo de las Unidades de Auditoría Interna de la Secretaría de Educación, Secretaría de Hacienda y Finanzas, Secretaría de Salud, Secretaría Jefe de Gabinete, Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana, y el Instituto de la Vivienda del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires correspondientes al año 2004.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Técnica Administrativa y de Sistemas. Cumplido, archívese. Sánchez de Bustamante