DISPOSICIÓN 28 2004 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

Síntesis:

AUTORIZA LA IMPRESIÓN DE COMPROBANTES DE RENDICIÓN PARA VALORIZAR ENTRADAS, ARTÍCULOS DE ARTESANÍAS, LIBROS, REVISTAS, ETC. - ENTRADAS - MERCHANDISING - EXPENDURÍA DE PAPEL OFICIAL DE ACTUACIONES - IMPRESIÓN DE VALORES OFICIALES - DIRECCIÓN DE IMPRENTA

Publicación:

08/03/2004

Sanción:

01/03/2004

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA


Visto, los términos de la Ley N° 70, de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público, en su Título II, artículos 11, 12, 13 y con los Atributos Conferidos por el Capítulo V -del Sistema de Contabilidad- las Disposiciones Nros. A 189/DGC/2003 y 190/DGC/2003, y;

CONSIDERANDO:

Las necesidades operativas de algunas Áreas, Dependencias y Reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en valorizar entradas, artículos de artesanías y de merchandising, libros, revista, etc., que no hayan sido contemplados por la Ley Tarifaria, y considerando la próxima implementación del sistema único para la expenduría de papel oficial de actuaciones y de valores oficiales que regirá para todo el ámbito de este Gobierno Autónomo.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA

DISPONE:

Artículo 1° - Autorízase la impresión de 50.000 (cincuenta mil) comprobantes de rendición para valorizar entradas, artículos de artesanías y de merchandising, libros, revistas, etc., y que no fueron previstos por la Ley Tarifaria, con numeración que va del 00110.001 al 00160.000. El costo de la impresión será afectado a las partidas presupuestarias de cada una de las Dependencias solicitantes.

Artículo 2° - La Dirección General de Contaduría por intermedio del Área de Fiscalización solicitará a la Dirección de Imprenta, dependiente de la Subsecretaría de Logística y Emergencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la impresión y la cantidad de comprobantes de rendición que se determina en el Art. 1° de la Disposición N° A 222/DGC/03, debiéndose conservar un stock no inferior a los 50.000 (cincuenta mil) comprobantes de rendición que estarán en custodia de la Dirección General de Tesorería, quien llevará un sistema de registro donde se asentarán los movimientos de entrada y salida de los mismos.

Artículo 3° - La Dirección de Imprenta dependiente de la Secretaría de Comunicación Social del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, será la encargada de imprimir los comprobantes de rendición en triplicado con carbónico y en talonarios de a 25 (veinticinco), numerados correlativamente, teniendo como modelo el diseño que establece el Anexo I de la Disposición N° A 189/DGC/03.

Artículo 4° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y puesta en marcha en lo que a su competencia se refiere, remítase a la Dirección de Imprenta, dependiente de la Secretaría de Comunicación Social del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección General de Tesorería y al Área de Fiscalización dependiente de la Dirección General de Contaduría, cumplido, archívese en el Departamento Administrativo de esta Dirección General de Contaduría. Gamero

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Disp. 28-DGC-04 aprueba impresiones según modelo aprobado por Disp. 189-DGC-03