DECRETO 2945 1992
Síntesis:
INCORPORA EL ART. 5° BIS AL DECRETO N° 671-92, B. M. N° 19.298 EL CUAL INCLUYE UN ADICIONAL NO REMUNERATIVO POR PRODUCTIVIDAD A PROFESIONALES DE ACCIÓN SOCIAL
Publicación:
25/01/1993
Sanción:
24/12/1992
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto N° 2.544, del 16 de octubre de 1992,. y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se aprobaron las pautas de reencasillamiento en el Sistema Municipal de la Profesión Administrativa (SI.MU.PA.) -aprobado por Decreto N° 3.544-91 (B.M. N° 19.131), para el personal encuadrado en los términos de las Ordenanzas Nros. 45.199 y 45.206 (B.M. N° 19.193);
Que atento a las tareas de carácter asistencial que dicho personal presta se ha resuelto otorgar a partir del 1° de abril de 1992 un adicional del suplemento no remunerativo por productividad establecido en el artículo 5° del Decreto N° 671-92 (B.M N° 19.298);
Que en atención a lo expuesto procede el dictado del, presente decreto, de conformidad con las disposiciones del artículo 17 del Decreto N° 993-PEN-91;
Por ello,
El Intendente Municipal
Artículo 1°- Incorpórese a partir del 1° de abril de 1992, como articulo 5° bis del Decreto 671-92 (B.M N° 19.298);. el siguiente texto:
Art. 5 bis- Asimismo, el personal que desempeña alguna de las funciones previstas en el artículo 1° de la Carrera Municipal de Profesionales de Acción Social -aprobada por Ordenanzas Nros. 45.199 y 45.206 e incorporada al Sistema Municipal de la Profesión Administrativa mediante Decreto N° 740-92 (B.M. N° 17.291)-, percibirá al momento de su reencasillamiento en el ámbito de Acción Social, un adicional no remunerativo por productividad cuyas Unidades retributivas por Nivel y Grado se fijan en las siguientes cantidades:
Art. 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado en la partida ccorrespondiente del presupuesto en vigor.
Art. 3.- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Hacienda y Finanzas y de Promoción Social.
Art. 4°.- Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales del Personal y de Planificación Presupuestaria.