RESOLUCIÓN 119 2020 SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO

Síntesis:

SE APRUEBA - METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DEL IMPACTO URBANO -  METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LA VALORIZACIÓN DEL SUELO COMPENSACIÓN SUFICIENTE Y CONTRAPRESTACIONES - PROPUESTAS DE CONVENIOS URBANÍSTICOS - IMPACTO URBANO DEL PROYECTO ARQUITECTÓNICO - ATRIBUTOS A EVALUAR -  SISTEMA DE PUNTAJE - MAPA DE ZONAS DE DESARROLLO URBANO - MAPA DE ZONAS PRIORITARIAS PARA LA UBICACIÓN ESPACIOS VERDES - LINEAMIENTOS GENERALES - COEFICIENTE DE PONDERACIÓN DE ESPACIOS VERDES - CONVENIO URBANISTICO -CÓDIGO URBANÍSTICO

Publicación:

08/01/2021

Sanción:

30/12/2020

Organismo:

SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO


VER TEXTO ACTUALIZADO

Solicite el Texto Actualizado de la presente norma en:

ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar

VISTO: Las Leyes Nros. 6.099 y su modificatoria y 6.292, los Decretos Nros. 463/19 y

sus modificatorios, 469/19 y 475//20, el Expediente Electrónico N° 2020-30040550

GCABA-SECDU, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 6.099 y su modificatoria, se procedió a aprobar el Código

Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reemplazando al Código de

Planeamiento Urbano";

Que los convenios urbanísticos son acuerdos celebrados por las jurisdicciones y

entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con

organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así también con las

Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, o con

particulares, que tienen por fin llevar a cabo los objetivos establecidos en el artículo

10.9. del Código Urbanístico;

Que por medio del Decreto N° 475/20, se procedió a aprobar la reglamentación del

artículo 10.9 del Código Urbanístico y se designó a la Secretaría de Desarrollo Urbano

como su autoridad de aplicación;

Que, asimismo, por medio del mentado Decreto, se procedió a facultar a la Secretaría

de Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de Ministros u organismo que en el

futuro lo reemplace, a aprobar la metodología de evaluación, así como dictar cualquier

otra norma complementaria o aclaratoria en el marco de las mismas;

Que por la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico-funcional

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Secretaría

de Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que por Decreto N° 469/19, se designó al Sr. Álvaro García Resta, DNI N° 26.932.366,

como Secretario de Desarrollo Urbano;

Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo que apruebe la

metodología para la evaluación de las propuestas de convenios urbanísticos a fin de

determinar el impacto urbano de estas y en consecuencia, la valorización del suelo, la

compensación suficiente y contraprestaciones de dichas propuestas.

Por ello, y atento las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase la "Metodología de evaluación del impacto urbano de las

propuestas de convenios urbanísticos" que como Anexo I (IF-2020-31406670-GCABA-

DGPLUR), forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Apruébase la "Metodología de evaluación de la valorización del suelo,

compensación suficiente y contraprestaciones de las propuestas de convenios

urbanísticos" que como Anexo II (IF-2020-31415370-GCABA-SECDU), forma parte

integrante de la presente.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cumplido, archívese. García Resta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6031- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6031- ANEXO II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° dela Resolución N° 1-SECDU/21 aprueba las Bases y Condiciones que regirán la “Convocatoria de Convenios Urbanísticos de Proyectos Urbanos Innovadores” y sus Anexos técnicos según lo establecido por la Resolución N° 119-SECDU/20.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 37-SECDU/21 rectifica el Anexo I aprobado por la Resolución N° 119-SECDU/20.</p><p>Art. 2 rectifica el Anexo II.</p>
INTEGRA
<p>Art.1 y 2 de la Resolución 119-SECDU-20, aprueba la “Metodología de evaluación del impacto urbano de las propuestas de convenios urbanísticos”  y la “Metodología de evaluación de la valorización del suelo, compensación suficiente y contraprestaciones de las propuestas de convenios urbanísticos”, que tienen por fin llevar a cabo los objetivos establecidos en el artículo 10.9. del Código Urbanístico - Ley 6099, cuyo decreto Reglamentario fue aprobado por Decreto 475-20.</p>