RESOLUCIÓN 14 2021 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

SE RECTIFICA ART. 3 RESOLUCIÓN 311-AGIP- 20 - SE INCORPORA DESDE EL 1 DE ENERO DE 2021 AL SISTEMA DE NUEVA CUENTA CORRIENTE TRIBUTARIA - CONTRIBUYENTES - ADMINISTRACION GENERAL DE INGRESOS PUBLICOS - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - APLICACIÓN PARA ENTIDADES FINANCIERAS Y CONTRIBUYENTES - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS QUE HUBIERAN INGRESADO EL ANTICIPO TRIBUTARIO EXTRAORDINARIO -ATE

Publicación:

20/01/2021

Sanción:

15/01/2021

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TEXTO

CONSOLIDADO SEGÚN LEY N° 6347- BOCBA N° 6009), LA RESOLUCIÓN N° 311-

GCABA-AGIP/2020 (BOCBA N° 6025), Y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires -texto consolidado según Ley N° 6347- prevé la posibilidad

de rectificar errores materiales en la instrumentación o emisión de actos

administrativos;

Que la Resolución N° 311-GCABA-AGIP/2020 implementa una Nueva Cuenta

Corriente Tributaria de aplicación para las Entidades Financieras y los Contribuyentes

del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que hubieran ingresado el Anticipo Tributario

Extraordinario (ATE);

Que la citada Resolución contiene un error material en el Anexo al que se refiere su

artículo 3°, por el cual se omitió incorporar a determinados contribuyentes desde el día

1 de enero de 2021 al Sistema de Nueva Cuenta Corriente Tributaria;

Que en consecuencia resulta necesario sustituir el Anexo citado, enmendando el error

material observado y dejando expresa constancia que el mismo no altera lo sustancial

del acto.

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Rectifícase el artículo 3° de la Resolución N° 311-GCABA-AGIP/2020, el

que quedará redactado de la siguiente manera: "Incorporación Artículo 3°.-

Incorpóranse desde el día 1 de enero de 2021 al Sistema de Nueva Cuenta Corriente

Tributaria a los contribuyentes nominados en el Anexo I (IF-2021-3660956-GCABA-

AGIP), el cual forma parte integrante de la presente Resolución a todos sus efectos."

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos pase a la Subdirección General de Sistemas

dependiente de la Dirección General de Planificación y Control, a las Direcciones

Generales y demás áreas dependientes de esta Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. Ballotta


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Resolucion 14-AGIP-21 rectifical art. 3 Resolucion 311-AGIP-20.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 Resolucion 1866-DGR-21 considera presentadas y abonadas en término hasta el día 22 de octubre de 2021, las Declaraciones Juradas correspondientes al Anticipo 9/2021 del<br />Impuesto sobre los Ingresos Brutos, exclusivamente para los contribuyentes comprendidos en la Nueva Cuenta Corriente Tributaria (NCCT), cuyos vencimientos originales operaron los días 18 y 19 de octubre de 2021.<br /> </p>