RESOLUCIÓN 799 2021 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE APRUEBA DOCUMENTO  - LINEAMIENTOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN DEL AÑO ESCOLAR Y EVALUACIÓN EN NIVEL INICIAL Y PRIMARIO - CICLO LECTIVO 2021-  ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS -  DIRECCIONES GENERALES DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA Y  ESCUELAS NORMALES SUPERIORES Y ARTÍSTICAS - MINISTERIO DE EDUCACION - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA

Publicación:

08/02/2021

Sanción:

05/02/2021

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N°

26.206 y su modificatoria, la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), las

Resoluciones Nros. 1577- GCABA-MEDGC/20, 11-GCABA-SSCPEE/20 y 2215-

GCABA-MEDGC/20, el Expediente Electrónico N ° 05425187-GCABA-SSCPEE/21 y,

CONSIDERANDO:

Que en el marco del ordenamiento jurídico nacional, tanto la Constitución Nacional

como la Ley de Educación Nacional N° 26.206 reconocen el derecho a la educación;

Que en el contexto local, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de libertad, ética

y solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y

democrática, asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso,

permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo;

Que asimismo, dicho texto constitucional dispone que la Ciudad asume la

responsabilidad indelegable de asegurar y financiar la educación pública, estatal laica

y gratuita en todos los niveles y modalidades;

Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de

Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que le confiere dicha ley;

Que en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social; así como planificar y administrar los recursos del sistema educativo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a su vez, corresponde reconocer la priorización del interés superior de los/las

estudiantes en el marco de todo proceso de enseñanza y de aprendizaje, adoptando

respecto de ellos una consideración primordial y prioritaria, según la cual toda medida

o decisión contribuya a la efectivización de su derecho a acceder al conocimiento así

como continuar y/o finalizar sus estudios;

Que tanto la administración pública nacional como local, adoptaron una serie de

medidas excepcionales a los fines de resguardar el derecho a la salud pública durante

la emergencia COVID-19 ordenando el aislamiento social, preventivo y obligatorio que

impide la realización de actividades educativas presenciales y al mismo tiempo ha sido

necesaria la adopción de medidas alternativas que permitan seguir garantizando la

continuidad de las trayectorias educativas;

Que, en dicho contexto se planteó la necesidad de seguir garantizando la continuidad

pedagógica, el cuidado de las trayectorias escolares de las/os estudiantes y las rutinas

de aprendizaje en los hogares, valorando y reconociendo la tarea que docentes,

estudiantes y familias están haciendo para sostener el proceso educativo de forma

remota;

Que en dicho contexto se adoptaron las siguientes acciones: 1) Priorizar contenidos

básicos con el objetivo de focalizar la enseñanza en el contexto de la emergencia, 2)

Promover el seguimiento y cuidado de las trayectorias educativas, a los fines de

sostener el vínculo pedagógico comprendiendo a la diversidad de las/os estudiantes y

las/os docentes y 3) realizar un registro sistemático y valoración del proceso

pedagógico durante la emergencia;

Que asimismo, entre las diversas medidas adoptadas se destaca la Resolución N°

1577-GCABA-MEDGC/20, mediante la cual se estableció que los equipos de

conducción y docentes de todos los establecimientos /centros de gestión estatal y

privada, de todos los niveles y modalidades de la educación obligatoria, deberán llevar

un registro sistemático y una valoración del proceso pedagógico desarrollado de forma

remota, sin calificación;

Que posteriormente por la Resolución N° 11-GCABA-SSCPEE/20, la Subsecretaría de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa aprobó los "Lineamientos Generales

para el Registro, Valoración, y Devolución del Proceso Pedagógico" a fin de establecer

pautas generales a considerarse para plasmar el trabajo que se ha venido realizando

con los referentes de los distintos niveles y modalidades y brindar un marco para el

diagnóstico continuo del recorrido de cada estudiante, considerando cada situación en

particular y la diversidad de contextos;

Que, por su parte, la Dirección General de Educación de Gestión Privada comunicó el

documento "Lineamientos para la implementación de la Resolución sobre Valoración

del Proceso de Aprendizaje durante el Período de Continuidad Pedagógica" para la

implementación en el subsistema de educación pública de gestión privada de la

Resolución N° 1577-GCABA-MEDG/20;

Que, mediante la Resolución N° 2215-GCABA-MEDGC/20 se aprobó el Régimen de

Evaluación, Acreditación y Promoción correspondiente al ciclo lectivo 2020-2021, para

los Niveles Inicial, Primario y Secundario de los establecimientos educativos

dependientes de las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de

Educación de Gestión Privada y de Escuelas Normales Superiores y Artísticas;

Que en esta coyuntura es necesario considerar la diversidad de contextos y para ello

seguir profundizando el desarrollo de estrategias que posibiliten el sostenimiento de

las trayectorias de nivel inicial y primario;

Que resulta fundamental seguir acompañando y fortaleciendo el ejercicio de la

enseñanza de las/os docentes, sosteniendo las buenas prácticas y la experiencia que

cada comunidad educativa ha venido implementando, acercando herramientas que

faciliten el uso de los recursos y materiales para el sostenimiento de vínculo

pedagógico;

Que atento el contexto actual de permanente cambio, resulta fundamental brindar

lineamientos y orientaciones a efectos de que las escuelas de nivel inicial y primario

logren la mejor organización institucional, y ofrecer información clara y oportuna a la

comunidad educativa para el ciclo lectivo 2021;

Que en ese sentido, el trayecto curricular integrado 2020-2021 permite ampliar las

oportunidades de aprendizaje y fortalecer los logros, recuperando la experiencia

transitada el año anterior;

Que existe consenso en la necesidad de continuar llevando adelante el seguimiento, y

acompañamiento de las trayectorias educativas, así como el informe de valoración

pedagógica cuatrimestral y su registro, brindando una respuesta al trabajo realizado

para el diagnóstico continuo del recorrido de cada estudiante, considerando cada

situación en particular y la diversidad de contextos;

Que por otra parte, es menester contemplar diversas estrategias de trabajo para

afianzar el aprendizaje de los/as estudiantes en un período de tiempo determinado y

complementario al trabajo áulico, a efectos de ofrecer distintas oportunidades para

alcanza la apropiación de contenidos;

Que, en virtud de lo expuesto, deviene necesario y oportuno el dictado del pertinente

acto administrativo por el que se apruebe el documento "Lineamientos sobre la

Organización del año escolar y la evaluación en el nivel inicial y primario - ciclo lectivo

2021-" y la continuidad en la implementación del informe de valoración pedagógica

como instrumento para el registro y comunicación de los avances y logros alcanzados

por los estudiantes, teniendo en cuenta la diversidad de contextos de enseñanza y

aprendizaje para los establecimientos educativos dependientes de las Direcciones

Generales de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, de

Gestión del Aprendizaje a lo Largo de la Vida y de Escuelas Normales Superiores y

Artísticas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que han tomado intervención en el marco de sus competencias, las Subsecretarías de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de Carrera Docente, de Tecnología

Educativa y Sustentabilidad y las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo y

de Educación de Gestión Privada;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención de su competencia;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el documento "Lineamientos sobre la Organización del año

escolar y la evaluación en el nivel inicial y primario - ciclo lectivo 2021-" y la

continuidad en la implementación del informe de valoración pedagógica como

instrumento para el registro y comunicación de los avances y logros alcanzados por

los estudiantes, teniendo en cuenta la diversidad de contextos de enseñanza y

aprendizaje para los establecimientos educativos dependientes de las Direcciones

Generales de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada y de

Escuelas Normales Superiores y Artísticas, de conformidad con el Anexo (IF-2021-

05516610-GCABA-DGEGE), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 2°.- Encomiéndase a las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y

Equidad Educativa y de Tecnología Educativa y Sustentabilidad, a dictar las normas

complementarias y/o aclaratorias y/o ampliatorias que sean necesarias para el

cumplimiento de la presente.

Artículo 3°.- Encomiéndase a las Direcciones Generales de Educación de Gestión

Estatal y Gestión Privada y Direcciones de Educación Inicial, Primaria y Escuelas

Normales Superiores en el marco de sus respectivas competencias, a dictar las

normas complementarias y/o aclaratorias y/o ampliatorias que sean necesarias para el

cumplimiento de la presente.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a las Subsecretarías de Carrera Docente, de Coordinación Pedagógica

y Equidad Educativa, de Tecnología Educativa y Sustentabilidad, a la Unidad de

Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa, a la Unidad de Coordinación

del Sistema de Formación Docente y a las Direcciones Generales de Educación de

Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, de Escuelas Normales Superiores y

Artísticas y de Planeamiento Educativo, todas dependientes del Ministerio de

Educación. Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art 1°.Resolucion 799-MEDGC-21 aprueba documento Lineamientos sobre la Organización del año escolar y la evaluación en el nivel inicial y primario - ciclo lectivo 2021 en el marco de la emergencia sanitaria declarada por DNU 1-20.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art 1°.Resolucion 799-MEDGC-21 aprueba documento Lineamientos sobre la Organización del año escolar y la evaluación en el nivel inicial y primario - ciclo lectivo 2021 aprobado por Resolucion 2215-MEDGC-20.</p>