RESOLUCIÓN 89 2004 SUBSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Síntesis:
DESIGNA A LA LIC. SANDRA CARLINO DNI 14.446.276 - EN LA COORDINACIÓN DEL PROGRAMA DE RECUPERADORES URBANOS - DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE URBANA - ENTE DE HIGIENE URBANA - SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE - DESIGNACIÓN DE COORDINADORES
Publicación:
01/04/2004
Sanción:
24/03/2004
Organismo:
SUBSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Visto la Ley N° 992, el Decreto N° 622/03, el Decreto N° 2.696/03, y el Decreto N° 422/04, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 992 se ha creado el Programa de Recuperadores Urbanos que ha tenido por finalidad el reconocimiento del Servicio de Higiene Urbana como servicio público y la incorporación de los recuperadores urbanos a ese servicio;
Que la norma también ha dispuesto la gestión de los residuos urbanos como una tarea integral que permita contemplar las distintas problemáticas que plantea la recolección de residuos, su clasificación y disposición;
Que la herramienta legal permite organizar y conjugar los aspectos formales e informales que concurren en la tarea mencionada;
Que en esta nueva etapa de gestión se pretende dar al Programa de Recuperadores Urbanos un rol de mayor inserción en el proceso de limpieza de la Ciudad, por lo que se le dotará de la formalidad necesaria para permitir la gestión junto con la Dirección General de Higiene Urbana y el Ente de Higiene Urbana;
Que el Decreto N° 422/04, ha designado autoridad de aplicación de la Ley N° 992 a la Subsecretaría de Medio Ambiente, de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable;
Que en tal sentido se ha considerado de dotar al Programa de Recuperadores Urbanos de una coordinación que agilice la gestión y permita cumplir con los objetivos de la Ley;
Por ello,
Artículo 1° - Designar a la Licenciada Sandra Carlino, DNI 14.446.276, en la Coordinación del Programa de Recuperadores Urbanos, en los términos del Decreto N° 622/03 a partir del 22 de marzo de 2004.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Coordinación Técnica, Administrativa y Legal de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable. Cumplido, archívese.