DECRETO 509 2004
Síntesis:
DESIGNA A LA DRA. LILIANA CRISTINA MALANDRA PAGLIETTINI- DNI 11.848.902. COMO MANDATARIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - DESIGNACIÓN DE MANDATARIOS -COBRO DE LA DEUDA FISCAL EN MORA - ABOGADOS - PROCURACIÓN GENERAL
Publicación:
13/04/2004
Sanción:
02/04/2004
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto N° 42/GCBA/02, el Expediente N° 19.851/04, y
CONSIDERANDO:
Que, la norma citada en el Visto establece que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires otorga poder a mandatarios a fin de efectuar la gestión de cobro de la deuda fiscal en mora y de los certificados de deuda emitidos por los Controladores de la Unidad Administrativa de Control de Faltas;
Que, el artículo 2° de la norma de referencia dispone que los mandatarios son designados por el Jefe de Gobierno y deben poseer el título de abogado, con acreditación de un mínimo de cinco (5) años de ejercicio de la profesión, no pudiendo ser mandatarios los profesionales que pertenezcan a la planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo por el artículo 4° de la norma mencionada, se fija en cien el número de mandatarios necesarios a fin de desarrollar en forma eficaz la gestión de cobro;
Que, se ha producido una vacante por lo que resulta indispensable efectuar la designación de su reemplazante;
Que, conforme surge del análisis de la actuación citada en el Visto, la profesional propuesta reúne los requisitos exigidos por la norma para ser designada como mandataria;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Desígnase mandataria en los términos del Decreto N° 42/GCBA/02 a la Dra. Liliana Cristina Malandra Pagliettini, DNI 11.848.902.
Artículo 2° - El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dirección General de Rentas y a la Dirección General Administrativa de Infracciones. Cumplido, archívese. IBARRA - Fernández