ACTA 6354 2021 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE APRUEBA Y AUTORIZA - CESIÓN - A TÍTULO GRATUITO - A FAVOR DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - INMUEBLE - PROPIEDAD DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES - SITO EN SENDERO SIN NOMBRE OFICIAL S/N° ESQUINA CALLE SIN NOMBRE OFICIAL N° 2400 ESQUINA SENDERO SIN NOMBRE OFICIAL S/N° - NOMENCLATURA CATASTRAL CIRCUNSCRIPCIÓN: 1, SECCIÓN: 56, MANZANA: 109L, PARCELA: 4 - MATRÍCULA F.R. 1-95071 - CON EL OBJETO DE LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE PERMUTA - ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y EL ARZOBISPADO DE BUENOS AIRES - EN EL MARCO DEL PROYECTO DE LEY - ADECUACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA, INTEGRACIÓN SOCIO URBANA, REORDENAMIENTO PARCELARIO Y ZONIFICACIÓN DE LOS BARRIOS RAMÓN CARRILLO Y LACARRA
Publicación:
21/04/2021
Sanción:
12/02/2021
Organismo:
INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: el EX-2020-20560444-GCABA-IVC-, y;
CONSIDERANDO:
Que la Subsecretaria de Integración Social y Hábitat mediante IF-2020-21451361-
GCABA-IVC propicia: "la transferencia al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires de la parcela con nomenclatura catastral: Circunscripción: 1, Sección: 56,
Manzana: 109L, Parcela: 4, de esta Ciudad. Cabe destacar que la presente se
enmarca en el proyecto de ley de "Adecuación de la infraestructura, integración socio
urbana, reordenamiento parcelario y zonificación de los barrios Ramón Carrillo y
Lacarra", el cual fuera presentado en la Legislatura Porteña y cuenta, al día de hoy,
con aprobación inicial (Despacho 0599/19, conf. Orden 3). En este sentido,
corresponde informar que el mencionado proyecto de ley contempla en sus Art. 24 a
27 inclusive, la celebración de un contrato de permuta respecto de los inmuebles
identificados en el Anexo IV (obrante a Orden 4) entre el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y el Arzobispado de Buenos Aires. Ahora bien, la
transferencia del inmueble que por los presentes se propicia, resulta fundamental para
para la instrumentación del contrato de permuta mencionado; el cual, a su vez, se
corresponde con el espíritu del proyecto de ley en cuestión, el cual aspira a la
regularización la situación parcelaria, catastral y dominial de los barrios Ramón Carrillo
y Lacarra. Así las cosas, y conforme su ley creadora 1.251, Art. 6° inc. C, el IVC
cuenta, entre sus facultades, con la de "Transferir al Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, el dominio en forma onerosa o gratuita, según corresponda, de todos
aquellos bienes muebles o inmuebles que resulten necesarios para el desarrollo de la
función pública, (educacionales, de seguridad, o de salud), con cargo a la
implementación de acciones para el ejercicio de sus respectivas competencias". En
este sentido, la transferencia de la Parcela 4 permitirá su posterior redistribución
conforme sus usos: A fines educacionales, a vivienda, y como parte integrante de la
permuta a celebrar con el Arzobispado de la Ciudad de Buenos Aires. A mayor
abundamiento, el contrato de permuta posibilitará formalizar la apertura del "Pasaje C",
el cual se encuentra actualmente emplazado sobre dominio del Arzobispado de
Buenos Aires, aunque se utiliza, de hecho, como pasaje público. Asimismo, resulta
imperiosa la transferencia de la Parcela mencionada para lograr la adecuación de la
infraestructura y posibilitar la conexión a los servicios públicos del Pasaje C. En otro
orden de ideas, y como parte del carácter participativo que el IVC impulsa en los
barrios donde enmarca su radio de acción, se abordó el tema de manera conjunta en
la Mesa de Gestión Participativa (MGP) desarrollada en los barrios con los vecinos y
vecinas de los mismos, la Defensoría, y los actores involucrados en el proceso. Es
decir, la propuesta de la permuta fue trabajada en conjunto tanto con el Arzobispado
como con los vecinos y vecinas de los barrios presentes en las MGP. La propuesta
que finalmente se acordó en las MGP se observa a Orden 4 y forma parte integrante
del Proyecto de Ley como ANEXO IV. Como resultado del contrato de permuta y
redistribución parcelaria, surge que al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires le quedarían aproximadamente unos 108 mts2 a favor. Esos metros cuadrados
se utilizarán para realizar la apertura virtual del mencionado "Pasaje C" ("Calle Sin
Nombre Oficial"), de uso público de hecho. De esta manera, los vecinos y vecinas del
barrio podrán contar con una nueva calle formalizada, con sus correspondientes
servicios y el mantenimiento de los organismos correspondientes. A su vez, una vez
celebrada la permuta, se posibilitará la afectación al Ministerio de Educación del
Centro de Educación Comunitario, asentado actualmente sobre terrenos
pertenecientes al Arzobispado. En este orden de ideas, esta Subsecretaría solicita se
ponga a disposición del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, mediante
transferencia a la Subsecretaría de Bienes Inmuebles, dependiente del Ministerio de
Desarrollo Económico y Productivo, del predio sito en la Circunscripción: 1, Sección:
56, Manzana: 109L, Parcela: 4, de esta Ciudad";
Que la Dirección General Escribanía General de Gobierno mediante NO-2020-
21837908-DGEGRAL informa: "El predio consultado, sito en SENDERO SIN NOMBRE
OFICIAL S/N° ESQUINA CALLE SIN NOMBRE OFICIAL N° 2400 ESQUINA
SENDERO SIN NOMBRE OFICIAL S/N° (Circunscripción 1 Sección 56 Manzana 109L
Parcela 4), se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble en la
matrícula FRE 1-95071 y pertenece al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.- Le corresponde al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires por transferencia de dominio a título de venta por parte del Gobierno de
la Ciudad de Buenos Aires, Escritura N° 481 de fecha 7/7/2004 pasada ante el Folio
2977, Registro Notarial 1481 a cargo del Escribano Carlos V. Gaitán.-Posteriormente
se inscribió el Testimonio Administrativo del fraccionamiento de la Fracción E con
fecha 4/4/2017, conforme Plano 30-C-2014, del cual surge la actual Parcela 4 de la
Manzana 109L.";
Qué asimismo, el Departamento de Topografía mediante IF-2020-22190150-GCABA-
IVC informa: "se cumple en agregar la documentación catastral y dominial obrante en
el Archivo de este Departamento Topografía y la consulta efectuada a la Gerencia
Operativa de Catastro Físico (DGROC), de acuerdo al siguiente detalle: 1. NO-2020-
21010532-GCABA-IVC: solicitud de datos catastrales. 2. NO-2020-21130795-GCABA-
DGROC: Ficha Parcelaria Digital, Plano Índice y último plano antecedente obrante en
DGROC (30-C-2014). 3. NO-2020-21967829-GCABA-IVC: respuesta a DGROC
proveyendo la corrección del plano 30-C2014. 4. IF-2020-22122121-GCABA-IVC: título
original de la Fracción E, propiedad del IVC. 5. IF-2020-22121254-GCABA-IVC:
testimonio de inscripción ante el RPI del plano 30-C-2014. 6. Informe de dominio
respectivo. Asimismo, se cumple en ratificar que el conjunto de esta documentación se
corresponde con lo informado por la Dirección General Escribanía General de
Gobierno mediante NO-2020-21837908-DGEGRAL, obrante en orden 12.";
Que la Gerencia General tomo conocimiento y presto conformidad con lo propiciado;
Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, tomando la intervención de
competencia, ha dictaminado favorablemente con el dictado de la presente;
Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba
por los miembros presentes;
Por ello.
Artículo 1°.- Aprobar y Autorizar la Cesión a título gratuito a favor del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, del inmueble propiedad de este Instituto sito en SENDERO
SIN NOMBRE OFICIAL S/N° ESQUINA CALLE SIN NOMBRE OFICIAL N° 2400
ESQUINA SENDERO SIN NOMBRE OFICIAL S/N° Nomenclatura Catastral
Circunscripción: 1, Sección: 56, Manzana: 109L, Parcela: 4, de esta Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, Matrícula F.R. 1-95071, ello con el objeto de la celebración de un
contrato de permuta, entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el
Arzobispado de Buenos Aires, en el marco del proyecto de ley de "Adecuación de la
infraestructura, integración socio urbana, reordenamiento parcelario y zonificación de
los barrios Ramón Carrillo y Lacarra", respecto de los inmuebles identificados en el
Anexo IV, IF-2020-21326310-GCABA-IVC, que forma parte de la presente.
Artículo 2°.- Comunicar a la Gerencia General, a la Subsecretaria de Integración Social
y Hábitat, y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Se da por aprobado
el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio. Maquieyra p/p
Maquieyra p/p - Mola - Maquieyra