LEY 1333 2004

Síntesis:

DECLARA  EN EMERGENCIA DE INFRAESTRUCTURA AL BARRIO RAMÓN CARRILLO -  POR EL TÉRMINO DE 365 DÍAS     READECUACIÓN  RED INFRAESTRUCTURA  -  BARRIOS EN EMERGENCIA - RED DE DESAGÜES CLOACALES - RED DE DESAGÜES PLUVIALES - RED SUBTERRÁNEA DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA -   DE GAS NATURAL - REPAVIMENTACIÓN - CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS - PEATONALIZACIÓN DE PASAJES - RED DE ALUMBRADO PÚBLICO

Publicación:

18/06/2004

Sanción:

13/05/2004

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

15/06/2004


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:

Artículo 1° - Declárase en emergencia, de infraestructura al Barrio Ramón Carrillo por trescientos sesenta y cinco días a partir de la publicación de la presente Ley.
Artículo 2° - El Poder Ejecutivo a través de los organismos técnicos competentes, realizará la adecuación de la infraestructura a los fines de lograr el correcto funcionamiento de lo que a continuación se detalla:
a) Red de desagües cloacales.
b) Red de desagües pluviales.
c) Red subterránea de distribución de energía eléctrica.
d) Red subterránea de distribución de gas natural.
e) Repavimentación.
f) Construcción de veredas y peatonalización de pasajes.
g) Red de alumbrado público.
Artículo 3° - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, serán imputados a las partidas presupuestarias de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento correspondientes al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2004. Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las reestructuraciones presupuestarias correspondientes, en los términos del artículo 19 de la Ley N° 1.194.
Artículo 4° - Comuníquese, etc. TELERMAN - Alemany

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 del Acta 6354-IVC/21 aprueba y autoriza la Cesión a título gratuito a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, del inmueble propiedad del IVC, sito en SENDERO SIN NOMBRE OFICIAL S/N° ESQUINA CALLE SIN NOMBRE OFICIAL N° 2400 ESQUINA SENDERO SIN NOMBRE OFICIAL S/N°, en el marco del proyecto de ley de Adecuación de la infraestructura, integración socio urbana, reordenamiento parcelario y zonificación de los barrios Ramón Carrillo y Lacarra- <strong>Ley de Aprobación Inicial Expte. 2888/D/19, BOCBA 5775, sancionada en el marco de la Ley 1333.</strong></p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Ley 2821, prorroga la Emergencia Ambiental y de Infraestructura del Barrio Ramón Carrillo, declarada por Ley 1333, y prorrogada por las Leyes 1719 y 2194, por el plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días a partir de la publicación de la presente Ley.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3277, prorroga la Emergencia Ambiental y de Infraestructura del Barrio Ramón Carrillo, declarada por Ley 1333 y prorrogada por las Leyes 1719, 2194 y 2821, por el plazo de trescientos sesenta y cinco días a partir de la publicación de la presente ley.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3723, prorroga la Emergencia Ambiental y de Infraestructura del barrio Ramón Carrillo, declarada por Ley 1333, y prorrogada por las leyes 1719, 2194, 2821 y 3277, por el plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días a partir de la publicación de la presente Ley.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4009, prorroga la Emergencia Ambiental y de Infraestructura del Barrio Ramón Carrillo, declarada por Ley 1333, y prorrogada por las Leyes 1719, 2194, 2821, 3277 y 3723, por el plazo de trescientos sesenta (360) días a partir de la publicación de la presente Ley.</p>
PROMULGADA POR
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1719, prorroga la emergencia de infraestructura en el barrio Ramón Carrillo, declarada por Ley 1333, por el plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días a partir de la publicación de la presente ley.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2194, modifica el Art. 1 de la Ley 1333.</p><p>Art. 2, prorroga la emergencia, ambiental y de infraestructura del Barrio Ramón Carrillo, declarada por Ley 1333 y prorrogada por Ley 1719.</p>