LEY 1333 2004
Síntesis:
DECLARA EN EMERGENCIA DE INFRAESTRUCTURA AL BARRIO RAMÓN CARRILLO - POR EL TÉRMINO DE 365 DÍAS READECUACIÓN RED INFRAESTRUCTURA - BARRIOS EN EMERGENCIA - RED DE DESAGÜES CLOACALES - RED DE DESAGÜES PLUVIALES - RED SUBTERRÁNEA DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA - DE GAS NATURAL - REPAVIMENTACIÓN - CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS - PEATONALIZACIÓN DE PASAJES - RED DE ALUMBRADO PÚBLICO
Publicación:
18/06/2004
Sanción:
13/05/2004
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
15/06/2004
Artículo 1° - Declárase en emergencia, de infraestructura al Barrio Ramón Carrillo por trescientos sesenta y cinco días a partir de la publicación de la presente Ley.
Artículo 2° - El Poder Ejecutivo a través de los organismos técnicos competentes, realizará la adecuación de la infraestructura a los fines de lograr el correcto funcionamiento de lo que a continuación se detalla:
a) Red de desagües cloacales.
b) Red de desagües pluviales.
c) Red subterránea de distribución de energía eléctrica.
d) Red subterránea de distribución de gas natural.
e) Repavimentación.
f) Construcción de veredas y peatonalización de pasajes.
g) Red de alumbrado público.
Artículo 3° - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, serán imputados a las partidas presupuestarias de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento correspondientes al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2004. Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las reestructuraciones presupuestarias correspondientes, en los términos del artículo 19 de la Ley N° 1.194.
Artículo 4° - Comuníquese, etc. TELERMAN - Alemany