RESOLUCIÓN 2941 2021 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS

Síntesis:

SE EXIME - OBLIGACIÓN DE ACREDITAR EL CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA  -  BENEFICIARIOS DE SUBSIDIOS - INCENTIVOS - GRATIFICACIONES - PREMIOS O  OTRO BENEFICIO DINERARIO - NO PAGO DE REMUNERACIÓN U HONORARIOS POR SERVICIOS PRESTADOS -  TÉRMINOS DECRETO 266-09 - JUNIO 2021 - SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA

Publicación:

11/06/2021

Sanción:

28/05/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS


17/20, 5/21, 7/21 y 8/21, los Decretos Nros. 266/09 y 220/20 el Expediente Electrónico

N° 16221626-GCABA-DGCLAP/21, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, el Poder Ejecutivo

Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación con el COVID-19 (coronavirus), por el plazo de UN (1) año a partir

de la entrada en vigencia del mencionado Decreto, término que fuera prorrogado por el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167/PEN/21 hasta el 31 de diciembre de 2021.

Que desde entonces se han adoptado diferentes medidas de prevención y control con

el objeto de atender la situación epidemiológica mencionada;

Que, entre ellas, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, se declaró la

Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines

de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de

propagación de contagio del mencionado virus en la población, prorrogándose dicha

emergencia sanitaria mediante los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20,

12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21 y 8/21 hasta el 31 de julio de 2021, inclusive;

Que por su parte el Decreto N° 266/09, estableció que los beneficiarios de subsidios,

incentivos, gratificaciones, premios o cualquier otro beneficio dinerario que no

constituya pago de remuneración u honorarios debidos por servicios prestados, deben

presentar ante la entonces Unidad de Gestión de Recursos Humanos del ex Ministerio

de Hacienda, el certificado de supervivencia expedido por autoridad policial, judicial o

administrativa, durante los meses de junio y diciembre de cada año;

Que en este marco, y a fin de reducir el riesgo de propagación del mencionado virus

COVID-19 en la población, mediante el Decreto N° 220/20 se eximió a los beneficiaros

referidos precedentemente de la presentación del certificado de supervivencia

correspondiente al mes de Junio del año 2020;

Que el referido Decreto en su artículo 2° facultó a la Subsecretaria de Gestión de

Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a extender

los alcances temporales de la eximición establecida precedentemente;

Que a los mismos fines, se estima procedente eximir a los beneficiarios de subsidios,

incentivos, gratificaciones, premios o cualquier otro beneficio dinerario que no

constituya pago de remuneración u honorarios debidos por servicios prestados, de la

presentación del certificado de supervivencia correspondiente al mes de Junio del año

en curso.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por Decreto N° 220/20,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Exímese a los beneficiarios de subsidios, incentivos, gratificaciones,

premios o cualquier otro beneficio dinerario que no constituya pago de remuneración u

honorarios debidos por servicios prestados, alcanzados por los términos del Decreto

N° 266/09, de la obligación de acreditar el certificado de supervivencia expedido por

autoridad policial, judicial o administrativa, correspondiente al mes de Junio del año

2021.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de

Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido,

archívese Domeniconi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 Resolucion 2941-SSGRH-21 exime a beneficiarios de subsidios, incentivos, gratificaciones,premios u otro beneficio dinerario que no constituya pago de remuneración u honorarios por<br /> servicios prestados, alcanzados por términos Decreto 266-09 de la obligación de acreditar el certificado de supervivencia expedido por<br />autoridad policial, judicial o administrativa, correspondiente al mes de Junio del año<br />2021.</p>
EXCEPTUA
<p>Art. 1 Resolucion 2941-SSGRH-21 exime a beneficiarios de subsidios, incentivos, gratificaciones,premios u otro beneficio dinerario que no constituya pago de remuneración u honorarios por<br /> servicios prestados, alcanzados por términos Decreto 266-09 de la obligación de acreditar el certificado de supervivencia expedido por<br />autoridad policial, judicial o administrativa, correspondiente al mes de Junio del año<br />2021.</p>