RESOLUCIÓN 234 2021 SUBSECRETARIA DE ASISTENCIA Y CUIDADO INMEDIATO

Síntesis:

SE APRUEBAN - PAUTAS DE PROCEDIMIENTO APLICADAS - FORMULARIOS UTILIZADOS - REALIZACIÓN - RELEVAMIENTO ANUAL DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE CALLE - SUBSECRETARÍA DE ASISTENCIA Y CUIDADO INMEDIATO

Publicación:

30/06/2021

Sanción:

25/06/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA DE ASISTENCIA Y CUIDADO INMEDIATO


VISTO: La Ley N° 3.706 (texto consolidado por Ley N° 6347), su Decreto

Reglamentario N° 310/13, la Ley N° 6292/19, el Decreto N° 463/19 y sus

modificatorias, la RESOL-2021-314-MDHYDHGC, el Expediente Electrónico N°

12180139-MGEYA- DGDAI-2021; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.706 (texto consolidado por Ley N° 6347) tiene por objeto proteger

integralmente y operativizar los derechos de las personas en situación de calle y en

riesgo a la situación de calle;

Que, a tal fin, en su artículo 4°, establece los deberes del Estado de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, entre ellos, garantizar: "k) La realización de un

relevamiento anual de las personas en situación de calle o en riesgo a la situación de

calle con información desagregada que posibilite un diagnóstico y fijar políticas

puntuales para los distintos subgrupos. Se promoverá la elaboración del diagnóstico

con la participación de expertos en la materia, organizaciones no gubernamentales y

organizaciones de la sociedad civil integradas o no por personas en situación de calle

o en riesgo a la situación de calle.";

Que, por Decreto N° 310/13, se aprobó la reglamentación de la Ley N° 3.706, que

dispuso al entonces Ministerio de Desarrollo Social, actualmente Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat, como Autoridad de Aplicación de la precitada Ley, con

facultad de dictar las normas complementarias, operativas y aclaratorias que fueran

necesarias;

Que, de conformidad con el artículo 6° del Anexo del Decreto N° 310/13, la Autoridad

de Aplicación "...efectúa un relevamiento anual de personas en situación de calle. A

esos efectos debe determinar las pautas de procedimiento aplicables para su

implementación";

Que, mediante la RESOL-2021-314-MDHYDHGC, el Ministerio de Desarrollo Humano

y Hábitat, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley 3706, instruyó a esta

Subsecretaría de Asistencia y Cuidado Inmediato a realizar, a través de la Dirección

General de Atención Inmediata, el relevamiento anual de personas en situación de

calle o en riesgo a la situación de calle correspondiente al año 2021;

Que, asimismo, mediante la resolución referida, se dispuso encomendar a esta

Subsecretaría de Asistencia y Cuidado Inmediato, la determinación de las pautas de

procedimiento aplicables para la implementación de relevamiento previsto en el Art. 4°

de la precitada ley, como así también la aprobación de el/los formulario/s a utilizarse

para tal fin;

Que, en ese marco, se dio intervención a la Dirección General de Atención Inmediata,

a fin de que lleve adelante las acciones tendientes a la realización del relevamiento

anual de las personas en situación de calle;

Que dicho relevamiento fue llevado a cabo el día 11/05/2021, en forma conjunta con la

Dirección General de Estadística y Censos, por ser el organismo técnico con

competencia en la materia, de conformidad con las responsabilidades primarias

contempladas en el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios;

Que, en tal sentido, tanto las pautas de procedimiento aplicables, como así también los

formularios utilizados a los fines de realizar el relevamiento previsto en la Ley 3706,

fueron elaborados de manera conjunta entre las reparticiones referidas;

Que, en ejercicio de las facultades encomendadas por la Autoridad de Aplicación por

conducto de la RESOL-2021-314-MDHYDHGC, artículos 1 y 2, y con miras a

garantizar el derecho al acceso a la información útil, relativa a los derechos, acciones

de gobierno, y garantías existentes para las personas en situación de calle,

corresponde dictar acto administrativo mediante el cual se convaliden tanto el

relevamiento realizado por las áreas intervinientes, en fecha 11/05/2021, como las

pautas de procedimiento aplicadas y los formularios utilizados para su consecución;

Que se emitió el correspondiente informe técnico legal, concluyendo que resulta

jurídicamente viable suscribir el acto administrativo propiciado.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por artículos 1 y 2 de la RESOL-2021-

314-MDHYDHGC,

EL SUBSECRETARIO DE ASISTENCIA Y CUIDADO INMEDIATO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébanse las pautas de procedimiento aplicadas y los formularios

utilizados para la realización del relevamiento anual de personas en situación de calle

previsto en el art. 4 inc. K de la ley 3706.-

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat

del GCBA. Cumplido, archívese. Corach

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 234-SSACI/21 aprueba las pautas de procedimiento aplicadas y los formularios utilizados para la realización del relevamiento anual de personas en situación de calle, en el marco del relevamiento efectuado por Resolución 314-MDHYHGC/21.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 234-SSACI/21 aprueba las pautas de procedimiento aplicadas y los formularios utilizados para la realización del relevamiento anual de personas en situación de calle previsto en el art. 4 inc. K de la ley 3706., reglamentada por Decreto 310/13.</p>