RESOLUCIÓN 152 2021 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

PRORROGA SUSPENSIÓN - DICTADO DE CLASES PRESENCIALES - TOMA DE EXAMENES Y CERTIFICACIONES - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - HASTA EL 06 DE AGOSTO 2021 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA - CORONAVIRUS - COVID 19

Publicación:

16/07/2021

Sanción:

12/07/2021

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688


VISTO: La ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°

6.395, las Recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, las

Resoluciones N° 63/SSPECT/19, N° 125/ISSP/19, N° 56/ISSP/20, N° 61/ISSP/20, N°

66/ISP/20, N° 1.482/MEDGC/20, N° 74/ISSP/20, N° 88/ISSP/20, N° 92/ISSP/20, N°

96/ISSP/20, N° 100/ISSP/20, N° 842/MSGC/20, N° 104/ISSP/20, N° 105/ISSP/20, N°

109/ISSP/20, N°111/ISSP/20, N° 150/ISSP/20, N° 178/ISSP/20, N° 184/ISSP/20, N°

193/ISSP/20, N° 206/ISSP/20, N° 212/ISSP/20, N° 221/ISSP/20, N° 31/ISSP/21, N°

34/ISSP/21, N° 55/ISSP/21, N° 95/ISSP/21, N° 104/ISSP/21, N° 105/ISSP/21, N°

113/ISSP/21, N° 127/ISSP/21, N° 129/ISSP/21, N° 139/ISSP/21 y N° 146/ISSP/21, el

Decreto N° 147/20, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/20, N° 325/20, N°

355/20, N° 408/20, N° 459/20, N° 493/20, N° 520/20, N° 576/20, N° 605/20, N° 641/20,

N° 677/20, N° 714/20, N° 754/20, N° 792/20, N° 814/20, N° 875/20, N° 956/20, N°

1.033/20, N° 67/21, N° 125/21, N° 168/21, N° 235/21, N° 241/21, N° 287/21, N° 334/21,

N° 381/21, N° 411/21 y N° 455/21, y el Expediente Electrónico N°

9342431/SGISSP/20, y

CONSIDERANDO:

Que la ley N° 5.688 (texto consolidado por ley N° 6.347) modificada por ley N° 6.395,

en su artículo 359 establece que el Instituto Superior de Seguridad Pública es un ente

autárquico y descentralizado dentro de la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 11 de marzo de 2020, ha declarado

que la COVID-19 (Coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución de la

situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes;

Que en razón de ello, el Instituto Superior de Seguridad Pública mediante Resolución

N° 56/ISSP/20, adoptó las medidas recomendadas por las normas nacionales y

locales con motivo de dicha emergencia, y encomendó a distintas áreas de este

Instituto adoptar las medidas necesarias para mitigar su propagación e impacto

sanitario;

Que posteriormente dando cumplimiento a la Resolución N° 1.482/MEDGC/20, del

Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en adhesión a los

términos establecidos por la Resolución Nacional N° 108/APN/ME/20, por Resolución

N° 61/ISSP/20, se suspendió el dictado de clases presenciales en el Instituto por

catorce (14) días corridos a partir del 16 de marzo de 2020, encomendando a la

Secretaría Académica la implementación de un plan de contingencia, para que en

coordinación con los capacitadores viabilice el dictado de contenidos a distancia, de

conformidad con la estructura vigente y con la tecnología disponible de los

destinatarios;

Que en el mismo sentido, mediante Resolución N° 66/ISSP/20 se suspendió la toma

de exámenes y certificaciones en la sede de este Instituto con motivo del "Curso de

Actualización para Vigiladores sin autorización de uso de armas de fuego", que tengan

lugar dentro del plazo comprendido entre los catorce (14) días corridos siguientes a

partir del 16 de marzo de 2020;

Que a través del D.N.U. N° 297/20, el Presidente de la Nación en Acuerdo General de

Ministros, dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio a fin de

proteger la salud pública, desde el 20 de marzo y hasta el 31 de marzo de 2020, la

cual posteriormente por Decretos de Necesidad y Urgencia N° 325/20, N° 355/20, N°

408/20, N° 459/20 y N° 493/20, fue extendida hasta el día 7 de junio de 2020;

Que atento a lo anteriormente mencionado, por Resoluciones N° 74/ISSP/20, N°

88/ISSP/20, N° 92/ISSP/20, N° 96/ISSP/20 y N° 100/ISSP/20, fue prolongado el plazo

establecido para la suspensión de clases presenciales y toma de exámenes y

certificaciones en la sede del Instituto Superior de Seguridad Pública, dispuesto en las

Resoluciones N° 61/ISSP/20 y N° 66/ISSP/20, hasta el 28 de junio del 2020;

Que por medio del Decreto N° 147/20 el Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires estableció que el Ministerio de Justicia y Seguridad, todas sus

dependencias y la Policía de la Ciudad, son áreas de máxima esencialidad e

imprescindibles durante la vigencia de la referida pandemia;

Que por Resolución N° 105/ISSP/20, se prorrogó la suspensión del dictado de clases

presenciales, y la toma de exámenes y certificaciones del "Curso de Actualización para

Vigiladores sin autorización de uso de armas de fuego" en el Instituto Superior de

Seguridad Pública, hasta el 17 de julio del 2020 inclusive, a los efectos de contener y

mitigar la propagación del Coronavirus en su ámbito, a excepción de del IV "Curso de

Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad. Tecnicatura

Superior en Seguridad Pública-Oficial de Policía", y de los Aspirantes del "Curso de

Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires", dado que las fuerzas de seguridad y los

bomberos, conforme establece el artículo 6 inciso 1 del D.N.U. N° 297/2020, y el

artículo 13 inciso 1, del D.N.U. N° 576/20, se encuentran exceptuados del

cumplimiento de la mencionada medida, por resultar afectados a las actividades y

servicios esenciales en la emergencia, a los fines de que puedan adquirir los

conocimientos y destrezas necesarias para poder egresar y dar cumplimiento a su

futura labor satisfaciendo las demandas de estos dos servicios esenciales en la

Ciudad;

Que al efecto, mediante Resolución N° 104/ISSP/20 se aprobó el "Protocolo General

de Actuación para la Prevención y el Manejo de Casos Sospechosos de Coronavirus

(COVID-19) en el Instituto Superior de Seguridad Pública" y sus respectivos Anexos,

Protocolo Interno y Plan de Contingencia diseñados por el Instituto Superior de

Seguridad Pública, con la anuencia del Sr. Ministro de Salud de la Ciudad, por medio

de la Resolución N° 842/MSGC/20, para evitar la eventual propagación del COVID-19

dentro de esta casa de estudios, habiéndose adaptado los espacios e instalaciones

para dar cumplimiento a los estándares de seguridad e higiene exigibles en el marco

de la presente pandemia;

Que ulteriormente la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, fue

reemplazada por la de distanciamiento social, preventivo y obligatorio, a través de los

Decretos de Necesidad y Urgencia N° 520/20, N° 576/20, N° 605/20, N° 641/20, N°

677/20, N° 714/20, N° 754/20, N° 875/20, N° 956/20, N° 1.033/20, N° 67/21, N° 125/21

y N° 168/21, hasta el 9 de abril del año en curso, por lo que en consecuencia la

Resolución N° 105/ISSP/20 fue extendida por Resoluciones N° 109/ISSP/20, N°

111/ISSP/20, N° 139/ISSP/20, N° 150/ISSP/20, N° 178/ISSP/20, N° 184/ISSP/20, N°

193/ISSP/20, N° 206/ISSP/20, N° 212/ISSP/20, N° 221/ISSP/20, N° 31/ISSP/21, N°

34/ISSP/21 y N° 55/ISSP/21, hasta el 9 de abril de 2021;

Que tras el agravamiento de la situación epidemiológica a causa del impacto de la

segunda ola de contagios de COVID-19, por medio del Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 235/21 se establecieron un conjunto de reglas de conducta generales y

obligatorias, suspendiendo transitoriamente una serie de actividades en partidos y

departamentos que presentaban un Alto Riesgo Sanitario y Epidemiológico, dentro del

cual se encuentra la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el 30 de abril de 2021,

el que fue modificado siete (7) días más tarde por el D.N.U. N° 241/21, incorporando

nuevas medidas focalizadas en ese territorio, las que fueron prorrogadas con ciertas

particularidades a cada vencimiento por los D.N.U. N° 287/21, N° 334/21, N° 381/21 y

N° 411/21, hasta el 9 de julio de 2021;

Que en virtud de ello, la suspensión del dictado de clases presenciales y toma de

exámenes y certificaciones en la sede de este Instituto, sucesivamente extendida a

cada vencimiento, fue prorrogada mediante Resoluciones N° 95/ISSP/21, N°

113/ISSP/21, N° 127/ISSP/21, N° 129/ISSP/21, N° 139/ISSP/21 y N° 146/ISSP/21,

hasta el 9 de julio de 2021;

Que con el fin de disminuir el impacto de la segunda ola de contagios, y de continuar

conteniendo y mitigando la propagación de COVID-19, por el artículo 1 del Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 455/21 se prorrogaron los términos del D.N.U. N° 287/21

hasta el día 6 de agosto de 2021 inclusive;

Que atento a la aludida esencialidad que revisten las fuerzas de seguridad y los

bomberos, resulta imprescindible exceptuar de la suspensión del dictado de clases

presenciales en este Instituto, al "Plan de Evaluación del Personal con Estado Policial

de la Policía de la Ciudad" aprobado mediante Resolución N° 103/ISSP/21, y a los

"Cursos de Ascenso para el personal con estado policial de la Policía de la Ciudad de

Buenos Aires. Año 2021" aprobados por Resolución N° 104/ISSP/21, toda vez que la

aprobación del primero constituye uno de los requisitos reglamentarios para acceder al

segundo, a fin de responder a las necesidades organizativas y operativas de éstos dos

servicios esenciales, y bregando por el perfeccionamiento y profesionalización de los

conocimientos y prácticas necesarias para el desempeño eficiente del cargo de cada

efectivo, todo ello respetando las condiciones de seguridad sanitaria que preserven a

la comunidad educativa frente a la pandemia;

Que de conformidad con la normativa reseñada y los antecedentes mencionados,

corresponde prorrogar la suspensión del dictado de clases presenciales, y la toma de

exámenes y certificaciones del "Curso de Actualización para Vigiladores sin

autorización de uso de armas de fuego" en el Instituto Superior de Seguridad Pública,

hasta el 6 de agosto de 2021 inclusive, a excepción del "V Curso de Formación Inicial

para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires - Tecnicatura

Superior en Seguridad Pública Oficial de Policía", del "Curso de Formación Inicial

para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de

Buenos Aires", de los alumnos que se encuentran cursando el cuarto semestre de la

"Tecnicatura Superior en Seguridad Pública Oficial de Policía", del "Plan de

Evaluación del Personal con Estado Policial de la Policía de la Ciudad", y de los

"Cursos de Ascenso para el personal con estado policial de la Policía de la Ciudad de

Buenos Aires. Año 2021";

Por ello en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR

DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1.- Prorrogar la suspensión del dictado de clases presenciales en el Instituto

Superior de Seguridad Pública, establecida por Resolución N° 61/ISSP/20, y extendida

por Resoluciones N° 74/ISSP/20, N° 88/ISSP/20, N° 92/ISSP/20, N° 96/ISSP/20, N°

100/ISSP/20, N° 105/ISSP/20, N° 109/ISSP/20, N° 111/ISSP/20, N° 139/ISSP/20, N°

150/ISSP/20, N° 178/ISSP/20, N°184/ISSP/20, N° 193/ISSP/20, N° 206/ISSP/20, N°

212/ISSP/20, N° 221/ISSP/20, N° 31/ISSP/21, N° 34/ISSP/21, N° 55/ISSP/21, N°

95/ISSP/21, N° 113/ISSP/21, N° 127/ISSP/21, N° 129/ISSP/21, N° 139/ISSP/21 y N°

146/ISSP/21, en los términos de esta última, exceptuando a los Cadetes del V "Curso

de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad. Tecnicatura

Superior en Seguridad Pública-Oficial de Policía" (Resolución N° 121/ISSP/19

Resolución N° 63/SSPECT/19), a los Aspirantes del "Curso de Formación Inicial para

Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires" (Resolución N° 50/ISSP/21), a alumnos del cuarto semestre de la

"Tecnicatura Superior en Seguridad Pública Oficial de Policía" (Resoluciones N°

63/SSPECT/19 y N° 125/ISSP/19), a los participantes del "Plan de Evaluación del

Personal con Estado Policial de la Policía de la Ciudad" (Resolución N° 103/ISSP/21),

y a los cursantes de los "Cursos de Ascenso para el personal con estado policial de la

Policía de la Ciudad de Buenos Aires. Año 2021" (Resolución N° 104/ISSP/21), hasta

el 6 de agosto de 2021 inclusive.

Artículo 2.- Continuar con el dictado de contenidos a distancia, de conformidad con el

plan de contingencia que le fue encomendado a la Secretaría Académica, en

coordinación con los capacitadores, mediante la utilización de las herramientas

existentes.

Artículo 3.- Prorrogar la suspensión de la toma de exámenes y certificaciones en la

sede del Instituto Superior de Seguridad Pública con motivo del "Curso de

Actualización para Vigiladores sin autorización de uso de armas de fuego", establecida

por Resolución N° 66/ISSP/20 y extendida por Resoluciones N° 74/ISSP/20, N°

88/ISSP/20, N° 92/ISSP/20 N° 96/ISSP/20, N° 100/ISSP/20, N° 105/ISSP/20, N°

109/ISSP/20, N° 111/ISSP/20, N° 139/ISSP/20, N° 150/ISSP/20, N° 178/ISSP/20, N°

184/ISSP/20, N° 193/ISSP/20, N° 206/ISSP/20, N° 212/ISSP/20, N° 221/ISSP/20, N°

31/ISSP/21, N° 34/ISSP/21, N° 55/ISSP/21, N° 95/ISSP/21, N° 113/ISSP/21, N°

127/ISSP/21, N° 129/ISSP/21, N° 139/ISSP/21 y N° 146/ISSP/21, que tengan lugar

dentro del plazo comprendido hasta el hasta el 6 de agosto de 2021 inclusive.

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Secretaría General, a la

Secretaría Académica, al Departamento de Recursos Humanos del Instituto Superior

de Seguridad Pública, al Jefe de la Policía de la Ciudad, al Jefe del Cuerpo de

Bomberos de la Ciudad, al Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Subsecretaría de

Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas y al Ministerio

de Salud de la Ciudad. Cumplido, archívese. Unrein

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 3° Resolucion 152-ISSP-21 prorroga la suspensión de la toma de exámenes y certificaciones en la sede del Instituto Superior de Seguridad Pública con motivo del Curso de Actualización para Vigiladores sin autorización de uso de armas de fuego, establecida por Resolución 66/ISSP/20</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 152-ISSP-21 prorroga la suspensión del dictado de clases presenciales en el Instituto Superior de Seguridad Pública, establecida por la Resolución 61/ISSP/20.</p>