RESOLUCIÓN 45 2021 SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS
Síntesis:
SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO PARA EL EXAMEN PSICOFÍSICO Y MÉDICO - INGRESO DE ASPIRANTES - CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
20/07/2021
Sanción:
02/06/2021
Organismo:
SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS
Estado:
No vigente
VER TEXTO ACTUALIZADO
Solicite el Texto Actualizado de la presente norma en: ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar
VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347), el EX-2021-
03814355-GCABA-DGGCH; y
CONSIDERANDO:
Que en el Libro III, Título I de la Ley N.° 5.688 creó el Cuerpo de Bomberos de la
Ciudad de Buenos Aires como órgano dependiente de la Subsecretaría de
Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que uno de los requisitos para integrar el Cuerpo de Bomberos es acreditar aptitud
psicofísica compatible con la función y tarea a desarrollar;
Que por la actuación citada en el Visto, la Subsecretaría de Emergencias entiende que
es propicio para acreditar la aptitud psicofísica de los aspirantes al Cuerpo de
Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires, establecer criterios médicos para dicha
evaluación, así como los parámetros de valoración de aptitud psicológica y un exámen
de ejercicios funcionales, que se agregan como parte de la presente en Anexo N°I (IF-
15889674-SSEMERG-2021), Anexo N°II (IF-15889701-SSEMERG-2021), y Anexo
N°III (IF-15889729-SSEMERG-2021);
Que a los mismos fines se requerirá la presentación de una Declaración Jurada de
Salud, a través de un formulario que forma parte de la presente en Anexo N°IV (IF-
15889752-SSEMERG-2021), que entre otros datos que se detallan, se autorizará el
acceso a las historias clínicas o informes médicos previos que se requieran como
parte de la evaluación;
Que con motivo de evitar el dispendio de recursos se requiere que la revisión del
estado físico de los postulantes a través del exámen de ejercicios funcionales, se
realice en primera instancia; por lo que quedará condicionada la realización de la
evaluación médica y psicológica, a la aprobación del mismo;
Que con igual propósito, se requerirá que el aspirante al Cuerpo de Bomberos se
presente al exámen de ejercicios, munido de una constancia médica de aptitud física,
cuyo formulario se agrega como Anexo N°V (IF-15889781-SSEMERG-2021), que
indique que el postulante se encuentra en condiciones de realizar las pruebas de
destreza física;
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el correspondiente acto administrativo;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1: Apruébase el Procedimiento para el exámen psicofísico y médico para el
ingreso de aspirantes a integrar el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires,
que se agrega como Anexo N°I (IF-15889674-SSEMERG-2021), Anexo N°II (IF-
15889701-SSEMERG-2021), Anexo N°III (IF-15889729-SSEMERG-2021), Anexo N°IV
(IF-15889752-SSEMERG-2021), y Anexo N°V (IF-15889781-SSEMERG-2021), y
forma parte integrante de la presente norma.
Artículo 2: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y
para su conocimiento, notificación y demás efectos, remítase a la Subsecretaria de
Capital Humano, al Instituto Superior de Seguridad Publica y al Cuerpo de Bomberos
de la Ciudad de Buenos Aires . Cumplido, archívese. Nicolás