RESOLUCIÓN 1872 2021 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE APRUEBA -PROTOCOLO - VISITAS EN RESIDENCIAS PARA ADULTOS MAYORES - CORONAVIRUS - COVID 19 -EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA
Publicación:
02/08/2021
Sanción:
28/07/2021
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
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ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar
VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la
Organización Panamericana de la Salud, las Leyes N° 27.541 y 5.670, los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nacionales Nros. 260/PEN/2020, 167/PEN/21, 287/PEN/21,
334/PEN/21, 381/PEN/21, 411/PEN/21 y 455/PEN/21, la Ley N ° 6.292, el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21 y 8/21, el Decreto
N° 147/GCBA/20, la Resolución N° 842/SSPSGER/20, la Resolución N°
2324/MSGC/20, el EX- 2020-10179831- -GCABA-DGLTMSGC y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la
Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nacional
N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir
de la entrada en vigencia de dicho decreto, término que fuera prorrogado por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167-PEN/21 hasta el día 31 de diciembre de
2021;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),
prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21 y 9/21 hasta el 31 de agosto de 2021;
Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-
LCABA/20, 131-LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-LCABA/21 y 74-
LCABA/21, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos
de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 16/20, 17/20, 5/21, 7/21 y
8/21, respectivamente;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 287-
PEN/21, modificado por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 334-PEN/21,
381-PEN/21 y 411-PEN/21, se establecieron medidas generales de prevención y
disposiciones locales y focalizadas de contención de contagios respecto del
Coronavirus (COVID-19);.
Que dichas medidas fueron prorrogadas por Decretos de Necesidad y Urgencia Nro.
455-PEN/21 hasta el día 6 de agosto de 2021 inclusive.
Que por Resolución N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias, se aprobó el
"PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS
DE CORONAVIRUS COVID-19" el cual contempla la adopción de medidas que
garanticen la detección y el diagnóstico precoz de un posible caso de Coronavirus
(COVID -19) con el fin de permitir su atención adecuada, así como las medidas de
investigación, prevención y control pertinentes;
Que por Resolución N° 2324/MSGC/20 se aprobó el "PROTOCOLO PARA REALIZAR
VISITAS EN RESIDENCIAS PARA ADULTOS MAYORES" mediante la cual se
implementó el restablecimiento de los vínculos de los adultos mayores que residen en
residencias geriátricas a través de visitas programadas dentro de la Institución en
espacios adaptados a tal fin.
Que la situación epidemiológica de la Ciudad muestra una mejoría progresiva;
Que, en este contexto de mejora de los parámetros epidemiológicos, no es menor
indicar que en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la campaña de vacunación
muestra una aceleración de la velocidad en su implementación en las últimas semanas
habiéndose logrado vacunar a un alto porcentaje de la población mayor de 18 años,
mostrando un importante beneficio sobre la población objetivo.
Que en este sentido, resulta pertinente actualizar el "PROTOCOLO PARA REALIZAR
VISITAS EN RESIDENCIAS PARA ADULTOS MAYORES" a fin de ampliar el esquema
de visitas programadas en las residencias geriátricas garantizando la seguridad y el
cumplimiento de las medidas de higiene y cuidado sanitario;
Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de
Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que le confiere dicha ley;
Que la Ley N° 5670 establece como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud, el
cual debe regular la actividad de los Establecimientos privados para personas mayores
que presten servicios en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias y las conferidas por le Ley N°
6.292 y el Decreto N °147/GCBA/20;
Artículo 1°. - Apruébese el "PROTOCOLO PARA REALIZAR VISITAS EN
RESIDENCIAS PARA ADULTOS MAYORES", el cual forma parte integrante de la
presente como Anexo I (IF-2021-22184864-GCABA-SSPSGER).-
Artículo 2°. - Derógase la Resolución N° 2324/MSGC/20.-
Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión de Red y la
Dirección General Planificación Operativa y Dirección General Legal y Técnica del
Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. González Bernaldo de Quirós