RESOLUCIÓN 2731 2021 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE APRUEBA - PROTOCOLO PARA VISITAS Y SALIDAS EN RESIDENCIAS GERIÁTRICAS PARA ADULTOS MAYORES DE LA CABA - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA - CORONAVIRUS - COVID 19 - GERIÁTRICOS
Publicación:
25/10/2021
Sanción:
20/10/2021
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
Estado:
No vigente
VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la
Organización Panamericana de la Salud, las Leyes N° 27.541 y 5.670, los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nacionales Nros. 260/PEN/2020, 167/PEN/21, la Ley N ° 6.292,
el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21,
8/21,9/21, 10/21 y 11/21; el Decreto N° 147/GCBA/20, la Resolución N°
842/SSPSGER/20, la Resolución N° 2324/MSGC/20 y sus modificatorias, y el EX-
10179831-GCABA-DGLTMSGC/20 y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la
Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nacional
N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el coronavirus (COVID -19), por el plazo de un (1) año a partir
de la entrada en vigencia de dicho decreto, término que fuera prorrogado por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167-PEN/21 hasta el día 31 de diciembre de
2021;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),
prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21, 10/21 y 11/21 hasta el 31 de octubre
de 2021;
Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-
LCABA/20, 131-LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-LCABA/21 ,74-
LCABA/21, 132-LCABA/21 y 151-LCABA/21, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires ratificó los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20,
15/20, 16/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21 y 10/21 respectivamente;
Que por Resolución N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias, se aprobó el
"PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS
DE CORONAVIRUS COVID-19" el cual contempla la adopción de medidas que
garanticen la detección y el diagnóstico precoz de un posible caso de Coronavirus
(COVID-19);
Que por Resolución N° 2324/MSGC/20 y sus modificatorias se aprobó el
"PROTOCOLO PARA REALIZAR VISITAS EN RESIDENCIAS PARA ADULTOS
MAYORES";
Que la situación epidemiológica de la Ciudad muestra una mejoría progresiva;
Que, en este contexto de mejora de los parámetros epidemiológicos, no es menor
indicar que en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la campaña de vacunación
muestra una aceleración de la velocidad en su implementación en las últimas semanas
habiéndose logrado vacunar a un alto porcentaje de la población, mostrando un
importante beneficio sobre la población objetivo;
Que, en vista de lo expuesto deviene necesario contribuir con el restablecimiento de
los vínculos de los adultos mayores que residen en Residencias de Larga Estadía con
sus afectos, disminuyendo las consecuencias negativas para la salud de esta
población como ser el incremento en la incidencia de síndromes geriátricos, la pérdida
de anclajes afectivos y motivaciones con el consiguiente aumento de sintomatología
depresiva y/o ansiosa, y el incremento en la incidencia de sintomatología conductual y
de delirium;
Que en este sentido, resulta pertinente actualizar el "PROTOCOLO PARA VISITAS Y
SALIDAS EN RESIDENCIAS GERIÁTRICAS PARA ADULTOS MAYORES DE LA
CABA", a fin de ampliar el esquema de visitas y salidas programadas en las
residencias geriátricas, garantizando la seguridad y el cumplimiento de las medidas de
higiene y cuidado sanitario;
Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de
Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que le confiere dicha ley;
Que la Ley N° 5670 establece como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud, el
cual debe regular la actividad de los Establecimientos privados para personas mayores
que presten servicios en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias y las conferidas por la Ley N°
6.292 y el Decreto N °147/GCBA/20;
Artículo 1°.- Apruébase el "PROTOCOLO PARA VISITAS Y SALIDAS EN
RESIDENCIAS GERIÁTRICAS PARA ADULTOS MAYORES DE LA CABA", el cual
forma parte integrante de la presente como Anexo I (IF-2021-31948407-GCABA-
SSPSGER).
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red y la
Dirección General Planificación Operativa y Dirección General Legal y Técnica del
Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. González Bernaldo de Quirós