DECRETO 2246 1999

Síntesis:

INCORPORA LA ESCUELA DE ENFERMERÍA QUE FUNCIONABA EN EL HOSPITAL RIVADAVIA A LA ESCUELA SUPERIOR DE ENFERMERÍA CECILIA GRIERSON.

Publicación:

21/12/1999

Sanción:

29/11/1999

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 35.583/97 y acumulado, y

CONSIDERANDO:

Que por el referido actuado la Dirección General de Enfermería de la Secretaría de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires peticiona la incorporación de la Escuela de Enfermería que funcionaba en el Hospital "Bernardino Rivadavia" a la Escuela Superior de Enfermería "Cecilia Grierson";

Que la Ley N° 39, promulgada por Decreto N° 1.387-GCBA/98 de fecha 23 de julio de 1998, en su Artículo 1° crea en el ámbito de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la Especialidad de Formación Profesional Superior en Enfermería y que la misma se desarrolla en la Escuela Superior de Enfermería "Cecilia Grierson" (Artículo 2°);

Que el Artículo 3° de la mencionada Ley establece que dicha especialidad dependerá del Area de Educación Superior de la mencionada Secretaría;

Que con la finalidad de arbitrar los recaudos idóneos para la precitada incorporación de los alumnos que egresaron oportunamente de la Escuela de Enfermería del Hospital "Bernardino Rivadavia" se realizó un Acta de fecha 30 de abril de 1997 (fs. 11/14) en la cual obra detalladamente la documental curricular que acredita la condición de los mismos, documentación que pasó a formar parte integrante del archivo de la Escuela Superior de Enfermería "Cecilia Grierson";

Que asimismo la incorporación implica considerar el grado curricular de los alumnos que se encuentran cursando sus estudios en la escuela del Hospital "Bernardino Rivadavia", a fin de incorporarlos al año curricular correspondiente de la Escuela Superior de Enfermería "Cecilia Grierson";

Que en tal sentido la Escuela Superior de Enfermería "Cecilia Grierson" es la depositaria de toda la documentación de la Escuela incorporada;

Que en consecuencia la Escuela Superior de Enfermería "Cecilia Grierson" en lo sucesivo emitirá las certificaciones ante los requerimientos que ex alumnos efectuaren;

Que respecto del inventario de bienes muebles, en fecha similar a la consignada "ut-supra", obran en los actuados fotocopias del que oportunamente se realizara, efectuado previo recuento y verificación de acuerdo con los respectivos inventarios registrables contables y disposiciones sobre transferencia de cargos estatuidos por Decreto N° 2.017-MCBA-77 (B.M. 15.537), bienes que se incorporarán al patrimonio de la Escuela Superior de Enfermería "Cecilia Grierson";

Que consultada la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se pronunció favorablemente en el dictamen de fs. 22/22 vta.;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Incorpórase la Escuela de Enfermería que funcionaba en el Hospital "Bernardino Rivadavia" a la Escuela Superior de Enfermería "Dra. Cecilia Grierson". Esta incorporación no implica erogación alguna para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 2° - Reconócese a los alumnos de la Escuela de Enfermería que funcionara en el Hospital "Bernardino Rivadavia" el grado que hubieren alcanzado en ésta e incorpóraselos al año de la carrera de la Escuela Superior de Enfermería "Dra. Cecilia Grierson" que corresponda.

Art. 3° - Autorízase a la Escuela Superior de Enfermería "Dra. Cecilia Grierson" a emitir las certificaciones a los alumnos que hubieren egresado y/o cursado estudios en la Escuela que funcionara en el Hospital "Bernardino Rivadavia".

Art. 4°.- Establécese que la Escuela Superior de Enfermería Dra. Cecilia Grierson tendrá a su cargo la guarda, custodia y archivo de la documental curricular de los alumnos que pertenecen a la Escuela que funcionara en el Hospital "Bernardino Rivadavia" como la propia y emitirá la documentación a tenor de la autorización conferida en el artículo precedente.

Art. 5° - Incorpórase al patrimonio de la Escuela Superior de Enfermería "Dra. Cecilia Grierson" los bienes muebles que pertenecieron al patrimonio de la escuela que por el presente se incorpora, con las previsiones del Decreto N° 2017-MCBA-77 (B.M. 15.537).

Art. 6° - El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Educación de Salud y de Hacienda y Finanzas.

Art. 7° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires en cumplimiento de lo previsto en el Decreto N° 698-GCBA/96 (B.O. N° 97), pase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Secretarías de Salud, de Educación y de Hacienda y Finanzas.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 del Decreto 2246-99,  incorpora la  Escuela de Enfermería del Hospital Rivadavia a la Escuela Superior de Enfermería Cecilia Grierson.</p>
REFERENCIA