RESOLUCIÓN 973 2021 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

NOTA AL USUARIO: SE ADVIERTE QUE POR ART. 2 SE DEJA SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES N° 317-CDNNYA/13 Y N° 125-CDNNYA/14 DE LAS CUALES NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU PUBLICACIÓN EN BOCBA - SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIONES N° 348-CDNNYA/11 - N° 317-CDNNYA/13 - N° 125-CDNNYA/14 - N° 1230-CDNNYA/18 - SE CREA - PROGRAMA PARA EL ABORDAJE TERRITORIAL ESPECIALIZADO DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - DIRECCIÓN OPERATIVA DE PROGRAMAS CENTRALIZADOS Y ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Publicación:

08/09/2021

Sanción:

03/09/2021

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


NOTA: Se advierte al usuario que el Articulo 2° de la Resolución N° 973-CDNNYA/21 deja sin efecto las Resoluciones Nros. 317-CDNNyA/13 y 125-CDNNyA/14, de las cuales no se han encontrado constancias de su publicación en el Boletín Oficial.

VISTO: La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347), la Resolución N° 422-

CDNNyA/06, sus modificatorias y complementarias, las Resoluciones N° 425-

CDNNyA/17 y N° 463-GCABA-CDNNyA/21, el Expediente Electrónico N° 25740357-

GCABA-DGGPP/21, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por la Ley N° 6.347) se creó

el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de

niños, niñas y adolescentes y goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía

financiera;

Que por la Resolución N° 422-CDNNyA/06, sus modificatorias y complementarias, se

aprobó el marco orgánico institucional, así como las dependencias funcionales de este

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, creándose la Dirección

General de Gestión de Políticas y Programas;

Que mediante la Resolución N° 425-CDNNYA/17 se modificaron las dependencias de

las distintas áreas de este organismo, estableciéndose bajo la órbita de la Dirección

General de Gestión de Políticas y Programas, la Dirección Operativa de Programas

Especiales de Protección para Niñas, Niños y Adolescentes sin Cuidados Parentales y

la Dirección Operativa de Programas Centralizados y Articulación Interinstitucional;

Que, posteriormente, por la Resolución N° 463-GCABA-CDNNyA/21 se modificó

parcialmente la estructura orgánica de este organismo, a raíz de la suscripción del

Convenio de Traspaso de Programas de Gestión (CONVE-2021-12864814-GCABA-

MDHYHGC), registrado bajo el RL N° 13572832-DGEGRAL/2021 en la Escribanía

General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, celebrado entre el Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat y este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes;

Que en virtud de las modificaciones introducidas en la estructura organizativa de la

Dirección General de Gestión de Políticas y Programas a partir de la suscripción del

citado Convenio, mediante IF-2021-25751605-GCABA-DGGPP, la titular de la

precitada Dirección General señala que, a partir de la experiencia desarrollada por los

profesionales de las distintas áreas de la Dirección Operativa de Programas

Centralizados y Articulación Interinstitucional y la incorporación de nuevos equipos de

trabajo que llevan a cabo tareas especializadas orientadas al abordaje territorial de

niños, niñas y adolescentes, resulta necesario realizar una adecuación de la normativa

vigente que permita abarcar la problemática descripta, a fin de mejorar las

intervenciones llevadas a cabo, en pos de la restitución de derechos de los niños,

niñas y adolescentes por los que se toma intervención;

Que, en virtud de ello, la titular de la Dirección General de Gestión de Políticas y

Programas propicia la creación del Programa para el Abordaje Territorial Especializado

de Niñas, Niños y Adolescentes bajo la órbita de la Dirección Operativa de Programas

Centralizados y Articulación Interinstitucional -o la que en el futuro la reemplace-;

Que desde la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas se informa que

el citado Programa tiene por objetivo llevar a cabo las primeras líneas de acción

tendientes a la planificación de una restitución integral de derechos de todos los niños,

niñas y adolescentes en situación de extrema vulnerabilidad social que se encuentren

residiendo en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los cuales

deberán ser completados con protocolos de actuación específicos que tiendan a regir

las acciones concretas y circuitos de intervención, asistencia, alojamiento, derivación y

articulación de cada una de las áreas que integran el Programa en cuestión;

Que en pos de garantizar el funcionamiento del Programa, teniendo en cuenta para

ello la necesidad de adecuar de manera constante ese funcionamiento a la dinámica

de trabajo llevada a cabo por los equipos intervinientes, deviene necesario delegar en

la/el titular de la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas, o la que en el

futuro la reemplace, la facultad de aprobar o modificar mediante disposición, los

reglamentos y/o protocolos de actuación para la ejecución del Programa mencionado;

Que, asimismo, corresponde revocar todas las resoluciones que aprueben protocolos

o circuitos, que sean contrarios al Programa en cuestión;

Que, en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo por el que se apruebe

la creación del Programa para el Abordaje Territorial Especializado de Niñas, Niños y

Adolescentes bajo la órbita de la Dirección Operativa de Programas Centralizados y

Articulación Interinstitucional de la Dirección General de Gestión de Políticas y

Programas de este Consejo, y por el que se delegue en la/el titular de esa Dirección

General, o la que en el futuro la reemplace, la facultad de aprobar o modificar

mediante disposición, los reglamentos y/o protocolos de actuación para el adecuado

funcionamiento del Programa mencionado;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 114 (texto consolidado

por Ley N° 6.347) y el Decreto N° 192/21,

LA PRESIDENTE DEL CONSEJO

DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Créase el Programa para el Abordaje Territorial Especializado de Niñas,

Niños y Adolescentes bajo la órbita de la Dirección Operativa de Programas

Centralizados y Articulación Interinstitucional, dependiente de la Dirección General de

Gestión de Políticas y Programas de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes, o la que en el futuro la reemplace, que como Anexo IF-2021-26281812-

GCABA-CDNNyA forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Déjanse sin efecto las Resoluciones N° 348-CDNNyA/11, N° 317-

CDNNyA/13, N° 125-CDNNyA/14, N° 1.230-CDNNyA/18 y toda otra que se oponga al

Programa creado por el artículo 1°.-) de la presente.

Artículo 3°.- Delégase en la/el titular de la Dirección General de Gestión de Políticas y

Programas de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, o la que

en el futuro la reemplace, la facultad de aprobar o modificar mediante disposición, los

reglamentos y/o protocolos para hacer efectivo el Programa para el Abordaje Territorial

Especializado de Niñas, Niños y Adolescentes.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Dirección General de

Programas Descentralizados, a la Dirección General de Responsabilidad Penal

Juvenil, a la Dirección General de Servicios de Atención Permanente y a la

Vicepresidencia, todas de este organismo. Para su conocimiento y demás efectos,

pase a la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas de este Consejo de

los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Leguizamón


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6210

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 Resolucion 607-CDNNYA-22 aprueba el Protocolo de Actuación Frente a Situaciones Irregulares en Hogares de Niñas, Niños y Adolescentes y en Paradores de Niñas, Niños y Adolescentes, en el marco del Programa aprobado por Resolución 973-CDNNYA/21.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 973-CDNNYA/21 deja sin efecto la Resolución N° 1230-CDNNYA/18.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 973-CDNNYA/21 deja sin efecto la Resolución N° 348-CDNNYA.</p>