RESOLUCIÓN 246 2021 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 189-ISSP-20 - SE APRUEBA PLAN DE EVALUACIÓN - PERSONAL DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD - AÑO 2021 - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA
Publicación:
04/10/2021
Sanción:
29/09/2021
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley N° 5688 (texto consolidado según Ley N° 6.347), el Decreto N°
305/GCBA/18, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y N° 10/21, el Decreto
N° 147/20, la Resolución N° 566/MJYSGC/20, la Resolución N° 189/ISSP/20, Nota N°
28936957/SAISSP/21, el Expediente Electrónico N° 28912246/SGISSP/21, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.347) establece las bases
jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión,
función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases
jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas
y estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema integral, entre los que se encuentra el personal del
Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, conforme surge de los artículos 360 y siguientes
de la citada Ley;
Que en el mismo cuerpo normativo, bajo el Título X, se establece el Plan de
Evaluación del Personal del Cuerpo de Bomberos, disponiendo en su artículo 406 que
todo el personal del Cuerpo de Bomberos en actividad debe cumplir obligatoriamente
una instancia de evaluación en este Instituto;
Que mediante el artículo 408 se prescribe que la periodicidad de la evaluación, las
competencias a evaluar, los contenidos de cada una, los estándares mínimos a
aprobar según jerarquía, el régimen de evaluación y demás aspectos vinculados a ella
son determinados por esta casa de estudios;
Que de acuerdo al artículo 407, la instancia de evaluación se constituye en una
estrategia de seguimiento de las capacidades técnicas y del rendimiento físico del
personal, con el objetivo de mantener y potenciar las condiciones más idóneas para el
cumplimiento de la función del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, garantizando el
incremento, la diversificación de las posibilidades de actualización y el
perfeccionamiento del personal;
Que conforme lo dispone el artículo 409, la evaluación debe incluir por lo menos una
instancia de actualización académica y una de condición física y atlética;
Que por el Decreto N° 305/GCBA/18 se aprueba la reglamentación de la Ley N° 5.688
(texto consolidado según Ley N° 6.347) en lo referente al régimen de ascensos y
promociones del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, contemplado en el Capítulo VIII
del Título VI del Libro III del citado cuerpo legal;
Que en dicho orden la Resolución N° 189/ISSP/20 aprobó el "Plan de Evaluación del
personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad" para el año 2020;
Que en el marco de la pandemia de COVID-19, declarada el 11 de marzo de 2020 por
parte de la Organización mundial de la Salud (OMS), por Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1/20 se decretó la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, plazo que ha sido prorrogado
a cada vencimiento, encontrándose vigente el D.N.U. N° 10/21, hasta el 30 de
septiembre de 2021, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para
prevenir y reducir el riesgo de propagación de la COVID-19;
Que asimismo, a través del Decreto N° 147/20 el Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires estableció que el Ministerio de Justicia y Seguridad, todas
sus dependencias y la Policía de la Ciudad, son áreas de máxima esencialidad e
imprescindibles durante la vigencia de la mencionada pandemia;
Que en virtud de la emergencia pública antes citada, el Sr. Ministro de Justicia y
Seguridad estimó pertinente adecuar las disposiciones procedimentales que regulan la
selección para el ascenso ordinario en la órbita del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad
para este año y en tal sentido, por la Resolución 566/MJYSGC/20, aprobó el
"Procedimiento para la implementación del régimen de ascenso ordinario del Cuerpo
de Bomberos de la Ciudad" , prescribiendo en su artículo 7 inciso b) que la Evaluación
Permanente en el Instituto Superior de Seguridad Pública comprende las instancias de
actualización académica, y de condición física y atlética conforme a los contenidos,
criterios y baremos aprobados por el Director del Instituto;
Que a los efectos de implementar los mandatos contenidos en dichas disposiciones
legales, se torna necesario diseñar un programa que, contemplando la situación de
emergencia sanitaria, permita capacitar en forma permanente y realizar el seguimiento
de las habilidades académicas, técnicas y del rendimiento físico del personal del
Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, con el objeto de que se mantengan y potencien las
capacidades para el desarrollo de su quehacer, propendiendo al logro de una aptitud
operativa que permita afrontar de la forma más eficiente posible las exigencias que
requiere el desarrollo de la función encomendada;
Que ello resulta de vital importancia ya que las actividades propias del Cuerpo de
Bomberos, enmarcadas en un contexto de alta exigencia obligan a conseguir,
mantener, actualizar y acrecentar la preparación académica, física y técnico operativa
de su personal para llevar a cabo con eficiencia las tareas propias en los diversos
ámbitos de actuación;
Que en tal contexto, el Sr. Secretario Académico de este Instituto mediante Nota N°
28936957/SAISSP/21, elevó a consideración de esta instancia el proyecto de "Plan de
Evaluación del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad" para el presente año 2021;
Que en esta inteligencia, el programa se integra de manera dinámica con tres
instancias en cuanto a su esquema, metodología y contenido, sirviendo asimismo
como instrumento de diagnóstico, al permitir analizar y determinar el estado actual de
las capacidades profesionales del personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad,
como estadio previo al desarrollo de planes operativos para adaptarse a las
necesidades que se establezcan;
Que con el propósito de efectivizar este marco estratégico, resulta imprescindible
aprobar un programa de evaluación que adopte las características precedentemente
señaladas, adecuadas al contexto de emergencia sanitaria vigente, tal como lo hace el
plan de evaluación propuesto, en aras de estandarizar y trasparentar el análisis y
ponderación de las aptitudes del personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad;
Que a la luz de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, a los
fines de la aprobación del "Plan de Evaluación del Personal del Cuerpo de Bomberos
de la Ciudad" para el año 2021.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución N° 189/ISSP/20.
Artículo 2.- Aprobar el "Plan de Evaluación del Personal del Cuerpo de Bomberos de la
Ciudad" para el año 2021, que como Anexo IF-29451471-ISSP-2021, forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su
conocimiento y demás efectos comuníquese al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad, al
Sr. Secretario de Seguridad, a la Sr. Subsecretario de Emergencias, al Sr. Jefe de
Bomberos y a la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública.
Cumplido, archívese. Unrein