RESOLUCIÓN 1345 2004 SECRETARIA DE CULTURA
Síntesis:
DESIGNACIÓN DE VOLUNTARIOS - DESIGNA COLABORADORES VOLUNTARIOS EN CALIDAD DE VEEDORES DEL CARNAVAL PORTEÑO 2004 - CARNESTOLENDAS - FIESTAS - DESFILES - MURGAS - PROGRAMA FESTIVALES DE LA CIUDAD - DESIGNACIÓN DE COLABORADORES VOLUNTARIOS - PAGO A VOLUNTARIOS - DESIGNACIÓN DE VEEDORES - CARNAVALES
Publicación:
02/06/2004
Sanción:
24/05/2004
Organismo:
SECRETARIA DE CULTURA
Visto, el Expediente N° 4.810/03 y el Decreto N° 834/GCABA/02, y
CONSIDERANDO:
Que por el presente tramita el pago a los Colaboradores Voluntarios del Carnaval Porteño 2004;
Que a su vez, la Comisión de Carnaval ha elevado la nómina de las personas afectadas a la organización del Carnaval Porteño 2004, en calidad de veedores, correspondiendo fijar la asignación particular desempeño voluntario, así como aprobar su designación;
Que el gasto que ocasiona la presente medida cuenta con el reflejo presupuestario que establece el Decreto N° 1.825/GCABA/97, (B.O. N° 355), con cargo al presupuesto del presente ejercicio;
Por ello, y en virtud de los términos del Decreto N° 834/GCABA/02,
Artículo 1° - Apruébase la designación de las personas nominadas en el Anexo a la presente, como Colaboradores Voluntarios del Carnaval Porteño 2004, en calidad de veedores.
Artículo 2° - Establécese la suma de pesos trescientos ($ 300) como monto máximo de la asignación desempeño voluntario para las personas designadas por el artículo precedente.
Artículo 3° - El gasto total, por la suma de pesos seis mil trescientos cincuenta ($ 6.350), se imputará a la respectiva partida presupuestaria del presupuesto 2004 de esta Jurisdicción.
Artículo 4° - Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe individual en cada caso, en las respectivas órdenes de pago, conforme los montos aprobados por la presente medida.
Artículo 5° - Solicítase a la Dirección General de Tesorería, a disponer el pago a los beneficiarios de la asignación desempeño voluntario, a modo de excepción, contra la presentación del Documento Nacional de Identidad, junto con el certificado del cumplimiento de la asignación, en sede de esa Tesorería General.
Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Tesorería, y para su conocimiento y demás efectos, pase al Programa Festivales de la Ciudad, a la Comisión de Carnaval y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. López
NOTA: El Anexo de la presente Resolución podrá ser consultado en el Programa de Festivales de la Ciudad, Av. Corrientes 1530, piso 7, oficina 6.