RESOLUCIÓN 3335 2021 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE RECTIFICA - ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 3601-MEGC/11 - SE INCORPORA - PROGRAMA - LEER PARA CRECER - PROVISIÓN DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO - INCORPORACIÓN DE LA LENGUA EXTRANJERA - ESCUELAS DE NIVEL PRIMARIO - SISTEMA EDUCATIVO DE GESTIÓN ESTATAL - SE INCORPORA - ENTREGA DE LIBROS DE TEXTOS ESCOLARES - ALUMNO DEL PRIMARIO -SISTEMA EDUCATIVO DE GESTIÓN ESTATAL - EN AMPLIACIÓN - ESCUELAS DE GESTIÓN PRIVADA CUOTA 0
Publicación:
06/10/2021
Sanción:
30/08/2021
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
Estado:
No vigente
VISTO: El Decreto N° 1.510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.347), las Resoluciones
Nros. 3.215- MEGC/10, 7.437-MEGC/10 y 3.601-MEGC/11, el Expediente Electrónico
N° 14.582.496-GCABA- DGPLEDU/21, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución N° 3.215-MEGC/10 se creó el programa "Leer para
crecer", consistente en la entrega de dos libros de literatura infantil y juvenil a cada
alumno de las escuelas de gestión estatal, de gestión privada con cuota cero y de
gestión social, desde sala de 5 años hasta el último año del nivel secundario;
Que por Resolución N° 7.437-MEGC/10 se establecieron los objetivos y fundamentos
pedagógicos, se aprobó el procedimiento de selección de libros a entregarse en el
marco del programa "Leer para crecer" y se encomendó a la Dirección Operativa de
Evaluación Educativa el diseño y desarrollo de un plan de evaluación al programa;
Que mediante el dictado de la Resolución N° 3.601-MEGC/11 se incluyó al referido
programa la provisión de material bibliográfico para la incorporación de la lengua
extranjera en las escuelas de nivel primario del sistema educativo de gestión estatal y
la entrega de libros de textos escolares a cada alumno del primario del sistema
educativo de gestión estatal y en ampliación a las escuelas de gestión privada cuota 0;
Que por un error material e involuntario, en el texto del Anexo I que forma parte
integrante de la Resolución N° 3.601- MEGC/11, se consignó la Resolución N° 7.437-
MEGC/10 como Resolución N° 7.436-MEGC/10;
Que a tales fines se propicia rectificar el error material involuntario detallado en el
párrafo precedente;
Que siendo el error subsanable por no afectar en su sustancia el acto administrativo,
resulta de aplicación el artículo 124 del Decreto N° 1.510/97 (texto consolidado por Ley
N° 6.347);
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Rectifícase en su parte pertinente el ANEXO I de la Resolución N° 3.601-
MEGC/11, de forma tal que en el párrafo "Proceso de selección del material de
Lenguas Extranjeras", donde dice "El proceso de selección del material de lenguas
extranjeras será el establecido por Resolución N° 7.436-MEGC/10 teniendo en cuenta
los criterios establecidos por el presente Anexo", debe leerse "El proceso de selección
del material de lenguas extranjeras será el establecido por Resolución N° 7.437-
MEGC/10 teniendo en cuenta los criterios establecidos por el presente Anexo".
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a
las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión
Privada, de Planeamiento Educativo y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido,
archívese. Acuña