RESOLUCIÓN 3601 2011 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE INCORPORA - PROGRAMA - LEER PARA CRECER - PROVISIÓN DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO - INCORPORACIÓN DE LA LENGUA EXTRANJERA - ESCUELAS DE NIVEL  PRIMARIO - SISTEMA EDUCATIVO DE GESTIÓN ESTATAL - SE INCORPORA - ENTREGA DE LIBROS DE TEXTOS ESCOLARES - ALUMNO DEL PRIMARIO -SISTEMA EDUCATIVO DE GESTIÓN ESTATAL - EN AMPLIACIÓN - ESCUELAS DE GESTIÓN PRIVADA CUOTA 0

Publicación:

12/10/2021

Sanción:

06/05/2011

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION

Estado:

No vigente


TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

Fecha de actualización: 06 de octubre del 2021.
 

VISTO: Las Resoluciones N° 3215/MEGC/2010 y N° 7437/MEGC/2010, Carpeta N°

1537077- DGPLED-2010, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución N" 3215/DGPLED/2010 se creó el programa "Leer para

crecer" consistente en la entrega de libros de Literatura Infantil y Juvenil a cada

alumno de las escuelas de Gestión Estatal, de las de Gestión Privada con cuota O y

de Gestión Social, desde Sala de 5 años hasta el último año del Nivel Secundario;

Que el programa "Leer para Crecer" tiene como objetivo principal incrementar y

promover las prácticas de lectura para formar lectores entre los alumnos de todos los

niveles del sistema, mediante la entrega de libros de literatura infantil y juvenil para los

alumnos de todas las áreas del sistema educativo;

Que a través de la Resolución N° 7437 /DGPLED/2010 a fin de dar continuidad a las

mencionadas acciones del Ministerio se redefinieron los objetivos pedagógicos del

programa, encomendando a la Dirección Operativa de Evaluación Educativa el diseño

de una adecuada evaluación al programa "Leer para crecer", a fin de medir el impacto

y trabajar lineas de mejora continua que enriquezcan la inversión;

Que a través de la citada resolución se establecieron los procesos de selección de

libros de literatura infantil y juvenil teniendo como principal colaborador en el proceso

de selección el nivel de Supervisión y Dirección Escolar;

Que se prevé la extensión y enriquecimiento del programa "Leer para crecer" con la

entrega de un libro de texto a cada alumno del Primario del Sistema Educativo de

Gestión Estatal y en ampliación a las escuelas de Gestión Privada cuota O, para que

acompañe la tarea cotidiana del docente en el aula;

Que otra ampliación del programa consiste en la continuidad de la provisión de

material bibliográfico para la Incorporación de la Lengua Extranjera en la

RESOLUCIÓN N° 29/SSPIVUDS/21

Se deja sin efecto la Resolución N° 26-SSPIVUDS/21 y se aprueba la actualización al

Protocolo de Reapertura de Áreas de Conservación escuelas de Nivel Primario del

Sistema Educativo de Gestión Estatal que fuera iniciado en el año 2009 y hoy se

continúa con la provisión de material de lectura, de estudio y referencia que garanticen

el acceso a la formación cultural y educativa a los alumnos de la Ciudad;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias, Artículo 101 de la

Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Articulo 1.- Incorpórese al programa "Leer para crecer'' la provisión de material

bibliográfico para la incorporación de la lengua extranjera en las escuelas de Nivel

Primario del Sistema Educativo de Gestión Estatal, cuyos objetivos y fundamentos se

detallan en el Anexo 1, que a todos sus efectos forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Incorpórese al programa "Leer para crecer" la entrega de libros de textos

escolares a cada alumno del Primario del Sistema Educativo de Gestión Estatal y en

ampliación a las escuelas de Gestión Privada cuota 0, cuyos objetivos y fundamentos

se detalla en el Anexo 11, que a todos sus efectos forma parte de la presente

resolución.

Artículo 3°.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese por copia a la a la

Dirección General de Planeamiento Educativo. Cumplido, archívese. Bullrich


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6233- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6233- ANEXO II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 105/MEDGC/26 deroga la  Resolución 3601/MEGC/11</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 3335-MEDGC/21 rectifica el Anexo I de la Resolución N° 3601-MEGC/11.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 3601-MEDGC/11 incorpora al programa Leer para crecer&#39;&#39; la provisión de material bibliográfico para la incorporación de la lengua extranjera en las escuelas de nivel Primario del Sistema Educativo de Gestión Estatal, programa aprobado por la Resolución N° 3215-MEGC/10.</p><p>Artículo 2° incorpora  al programa Leer para crecer la entrega de libros de textos escolares a cada alumno del Primario del Sistema Educativo de Gestión Estatal y en ampliación a las escuelas de Gestión Privada cuota 0.</p>