RESOLUCIÓN 149 2021 SUBSECRETARIA DESARROLLO ECONOMICO
Síntesis:
SE DEJAN SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 169-SSDECO-18 Y 154-SSDECO-19 - SE APRUEBA - MECANISMO DE EVALUACIÓN QUE PROPONGA EL DICTADO DE NORMATIVA QUE AFECTE EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - REPARTICIÓNES U ORGANISMOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
14/10/2021
Sanción:
12/10/2021
Organismo:
SUBSECRETARIA DESARROLLO ECONOMICO
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 119/18, el
Decreto N °463/GCABA/19, y sus modificatorios N° 131/GCABA/20 y N°
196/GCABA/20, la Resolución de Firma Conjunta N° 14/MJGGC/18, las Resoluciones
N° 2440/MEFGC/18, N° 169/SSDECO/18 y N° 154/SSDECO/2019, el Expediente
Electrónico EX-2021-28506045- -GCABA-SSDECO, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley de Ministerios N° 6292, se establece en el artículo 2° entre los
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Ministerio de
Desarrollo Económico y Producción;
Que por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánica del mencionado
Ministerio, contemplando bajo su órbita a la Subsecretaría de Desarrollo Económico,
que entre sus responsabilidades primarias se encuentran las de "Promover políticas,
programas e insumos públicos para el desarrollo y crecimiento de sectores
económicos estratégicos para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", "Impulsar la
mejora constante del marco regulatorio de la actividad económica en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.";
Que por la Resolución Conjunta N° 14/MJGGC/18 se aprobaron las "Buenas Prácticas
para la Regulación y Promoción de la Actividad Económica en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires";
Que el artículo 3° de la mencionada Resolución facultó al entonces Ministerio de
Economía y Finanzas a dictar las normas operativas, aclaratorias y complementarias
que resulten necesarias para su cumplimiento;
Que, de conformidad con el apartado a) del Anexo I de la citada Resolución, se
deberán analizar los costos y beneficios de toda nueva regulación con impacto en la
actividad económica;
Que a su vez, el artículo 2° de la referida Resolución estableció que la Subsecretaría
de Desarrollo Económico u Organismo que en el futuro lo reemplace será el organismo
encargado de coordinar con las diferentes áreas las "Buenas Prácticas para la
Regulación y Promoción de la Actividad Económica en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires";
Que en virtud de lo establecido por la Resolución de firma Conjunta N° 14/MJGGC/18,
el entonces Ministerio de Economía y Finanzas aprobó por Resolución N°
2440/MEFGC/18, los "Lineamientos para el análisis de nuevas regulaciones con
impacto en la actividad económica", los cuales deben ser aplicados por parte de la
Subsecretaría de Desarrollo Económico al momento de intervenir en el análisis de los
actos administrativos que se sometan a su consideración;
Que en este contexto, por Resolución N° 169/SSDECO/18 esta Subsecretaría de
Desarrollo Económico, por entonces dependiente del Ministerio de Economía y
Finanzas, reguló el mecanismo de evaluación que debe seguir toda repartición u
organismo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que proponga el
dictado de una nueva normativa que afecte el desarrollo de actividades económicas;
Que en este sentido esta Subsecretaría procedió a realizar un análisis ex post de la
resolución N° 169/SSDECO/18 en relación a su implementación desde su entrada en
vigencia, detectando mejoras a producir para un mejor y más eficiente funcionamiento;
Que atento lo expuesto, resulta necesaria la aprobación de la presente resolución por
la que se modifique y actualice el procedimiento y mecanismo de evaluación que
deberá seguir toda repartición u organismo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, que proponga el dictado de una nueva normativa que afecte el
desarrollo de actividades económicas.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Resolución N° 2440/MEFGC/18;
Artículo 1°.- Dejáse sin efecto la Resolución N° 169/SSDECO/18 y la Resolución N°
154/SSDECO/19.
Artículo 2°.- Apruébase el mecanismo de evaluación que deberá seguir toda
repartición u organismo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que
proponga el dictado de una nueva normativa que afecte el desarrollo de actividades
económicas, conforme los Anexos I "Definiciones" (IF-2021-30636245-GCABA-
UPESP), II "Procedimiento" (IF-2021-30636459-GCABA-UPESP), III "Formularios" (IF-
2021-30636872-GCABA-UPESP, IF-2021-30636686-GCABA-UPESP y IF-2021-
30636973-GCABA-UPESP), IV "Metodología Para el Análisis del Costo" (IF-2021-
30637086-GCABA-UPESP), V "Criterios de evaluación" (IF-2021-30637176-GCABA-
UPESP) y VI "Consulta Pública" (IF-2021-30637291-GCABA-UPESP) que a todos los
efectos forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
comuníquese a las reparticiones u organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Lera