RESOLUCIÓN 59 2026 SUBSECRETARIA INVERSIONES
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN N° 149-SSDECO/21 Y APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN QUE DEBERÁ SEGUIR TODA REPARTICIÓN U ORGANISMO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES QUE PROPONGA LA CREACIÓN/MODIFICACIÓN DE OBLIGACIONES O TRÁMITES EXISTENTES QUE AFECTE EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - MATRIZ DE ANÁLISIS EX ANTE Y CRITERIOS DE PONDERACIÓN - METODOLOGÍA PARA EL ANÁLISIS DE COSTOS - EVALUACIÓN DE IMPACTO REGULATORIO - SIMPLIFICACIÓN NORMATIVA - TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - DESARROLLO ECONÓMICO - ACTIVIDADES ECONÓMICAS - DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 149-SSDECO/21.
Publicación:
24/08/2026
Sanción:
19/08/2026
Organismo:
SUBSECRETARIA INVERSIONES
VISTO: La Ley 6.684, los Decretos 387/23 y modificatorios y 55/26, la Resolución
Conjunta 17-MDEGC-MJGGC/26, el Expediente Electrónico N° EX-2026-36727031-
GCABA-DGSN, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley de Ministerios 6.684, se contempla en el artículo 2°, entre los
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Ministerio de
Desarrollo Económico;
Que por Decreto 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánica del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando bajo la órbita de la
Subsecretaría de Inversiones, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, a
la Dirección General Simplificación Normativa, que entre sus responsabilidades
primarias se encuentra la de "evaluación, revisión integral de todos los marcos
regulatorios y control de los procesos y trámites que afecten al sector productivo, a la
industria, al comercio y a la inversión, directa o indirectamente";
Que por el Decreto 55/26 se aprobaron las "Buenas Prácticas para la Regulación,
Simplificación y Mejora de las Actividades y de los Procedimientos Administrativos en
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", como marco orientador para el análisis, la
formulación, elaboración, aplicación y evaluación de las regulaciones que se elaboren
en el ámbito de la Ciudad;
Que por la Resolución Conjunta 17-MDEGC-MJGGC/26 se aprobaron los
lineamientos, las definiciones y el criterio de clasificación que operativizan las referidas
Buenas Prácticas, resultando necesario ahora establecer los instrumentos técnicos y
procedimentales que permitan su aplicación efectiva por parte de las autoridades de
aplicación;
Que, en este sentido, resulta fundamental contar con criterios objetivos y uniformes
que permitan analizar, con carácter previo a su aprobación, la necesidad,
razonabilidad y proporcionalidad de las nuevas cargas regulatorias, así como
identificar alternativas que permitan alcanzar los objetivos perseguidos con el menor
impacto posible;
Que, en tal sentido, corresponde aprobar el procedimiento aplicable al análisis
regulatorio, a fin de establecer de manera ordenada las etapas del proceso, así como
las responsabilidades, intervenciones y plazos correspondientes;
Que resulta asimismo procedente aprobar la matriz de análisis ex ante, en tanto
herramienta metodológica que sistematiza la evaluación de las regulaciones tanto en
su instancia previa a la sanción como en su revisión posterior, en resguardo de los
principios de razonabilidad, proporcionalidad y adecuación a los objetivos perseguidos;
Que corresponde igualmente establecer los criterios de ponderación que orienten la
valoración de los distintos factores considerados en el análisis regulatorio, dotando de
objetividad y transparencia a la toma de decisiones;
Que la presente medida se dicta en el marco del Decreto 55/26 y en ejercicio de las
facultades propias del suscripto;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el procedimiento de evaluación que deberá seguir toda repartición
u organismo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que proponga la
creación/modificación de obligaciones o trámites existentes que afecte el desarrollo de
actividades económicas, conforme los Anexos I "Procedimiento de Evaluación de
Calidad Regulatoria" (IF-2026-36730859-GCABA-DGSN), II "Matriz de análisis ex ante
y criterios de ponderación" (IF-2026-36731716-GCABA-DGSN), y III "Metodología para
el análisis de costos"(IF-2026-36741563-GCABA-DGSN).
Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución 149-SSDECO/21.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
comunicar a las reparticiones u organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Cumplido, archivar. Ardiles Diaz