RESOLUCIÓN 1377 2021 SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD
Síntesis:
SE IMPLEMENTA - BASE DE CÁLCULO - DETERMINACIÓN DE IMPORTE - SISTEMA DE TARIFA PREESTABLECIDA - SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS - AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO - AEROPARQUE INTERNACIONAL JORGE NEWBERY - VIGENCIA - TAXIS - CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
19/10/2021
Sanción:
04/10/2021
Organismo:
SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD
VISTO: La Ley N° 2.148 (texto consolidado según Ley N° 6.347), los Decretos Nros.
463/19 y sus modificatorios y 138/21; la Resolución N° 483-SECTOP/2021, el
Expediente Electrónico N° 2021- 16158789-GCABA-UPEIM, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente electrónico citado en el Visto, tramitó la aprobación de la base
de cálculo para determinar el importe del sistema de tarifa preestablecida utilizada
para el Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con
Taxímetro - Taxis de acuerdo a lo establecido en los artículos 12.2.4 y 12.5.9 y
concordantes del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, aprobado por Ley N° 2.148 (texto consolidado por Ley N° 6.347);
Que el artículo 12.2.4 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, aprobado por Ley N° 2.148 (texto consolidado por Ley N° 6.347)
establece expresamente que: "el pasajero dispone el uso exclusivo del servicio,
debiendo efectuar al conductor, como contraprestación por el mismo, el pago de un
importe que resulta de aplicar la tarifa establecida por el Gobierno de la Ciudad, el que
queda expresado: (...) b) en las tarifas preestablecidas, cuando el viaje es solicitado en
los puntos fijos determinados por la Autoridad de Aplicación, a través de la Aplicación
Oficial BA TAXI en caso de corresponder, por medio de las Aplicaciones de Despacho
de Viajes o en otras modalidades autorizadas en el artículo 12.2.15, según las
condiciones establecidas en el sistema previsto en el artículo 12.5.9.";
Que, asimismo, a través del artículo 12.5.9 del Código de Tránsito y Transporte de la
Ciudad, se establece que: "...La Autoridad de Aplicación será la encargada de
establecer las bases de cálculo para determinar el importe del sistema de tarifa
preestablecida para cada una de las modalidades del artículo 12.2.4 y de los viajes
previstos en el artículo 12.2.15 para todos los vehículos Taxi habilitados en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires...";
Que mediante Resolución N° 483-SECTOP/2021, la Secretaría de Transporte y Obras
Públicas aprobó la base de cálculo para determinar el importe del sistema de tarifa
preestablecida utilizada en las modalidades que presten el Servicio de Transporte
Público de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con Taxímetro -Taxis de acuerdo a lo
establecido en los artículos 12.2.4 y 12.5.9 y concordantes del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en la citada Resolución se delegó en esta Subsecretaría la facultad para
determinar los puntos fijos de conformidad con lo establecido por los artículos 12.2.4 y
12.5.9 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
de los lugares donde será de aplicación la base de cálculo para determinar el importe
del sistema de tarifa preestablecida en cuestión;
Que para la implementación del régimen tarifario aprobado por Resolución N° 483-
SECTOP/2021, es necesaria la realización de tareas en conjunto con los principales
Puertos, Aeropuertos y Terminales de Ómnibus de larga distancia para que el servicio
pueda darse con los estándares exigibles;
Que en consecuencia, esta Subsecretaría incorporará mediante los actos
administrativos correspondientes, los distintos Puertos, Aeropuertos y Terminales de
Ómnibus de larga distancia a medida que esas tareas hayan sido realizadas;
Que habiéndose realizado las tareas correspondientes para la aplicación de la tarifa
preestablecida aprobada mediante Resolución N° 483-SECTOP/2021 en el
Aeroparque Internacional Jorge Newbery, corresponde su implementación;
Por ello, en uso de las atribuciones y facultades conferidas por el Decreto N°
463/GCBA/2019, sus modificatorios y la Resolución N° 483-SECTOP/2021;
Artículo 1°.- Impleméntase, en Aeroparque Internacional Jorge Newbery la base de
cálculo aprobada por Resolución 483-SECTOP/2021 para determinar el importe del
sistema de tarifa preestablecida utilizada en las modalidades que presten el Servicio
de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con Taxímetro - Taxis
de acuerdo a lo establecido en los artículos 12.2.4 y 12.5.9 y concordantes del Código
de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Ley
N° 2.148.
Artículo 2°.- La implementación de la base de cálculo en el Aeropuerto Internacional
Jorge Newbery dispuesta en el artículo 1° tendrá vigencia a partir de la fecha de
suscripción de la presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
comuníquese a las Entidades del Sector del Servicio Público de Automóviles de
Alquiler con Taxímetro, Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos y
Aeropuertos Argentina 2000. Cumplido, archívese. Galardi