RESOLUCIÓN 5085 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE FIJA VALOR DEL ARANCEL - TRAMITE FINALIZADO - RECEPCIÓN Y REGISTRACIÓN DE LAS CESIONES DE CRÉDITO - ACREEDORES DEL GOBIERNO - RECUPERACIÓN DE LOS COSTOS - SERVICIOS ESPECIALES - TABLA DE VALORES DE RECUPERACIÓN DE COSTOS - ACTUALIZACIÓN DE MONTOS - VIGENCIA 1° DE ENERO 2022
Publicación:
23/11/2021
Sanción:
17/11/2021
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: El Código Fiscal (T.O. 2021) y su modificatoria Ley N° 6450, Decretos N°
900/91 y sus modificatorios, 2.302/2004, 1.206/2007, la Resolución N° 4501-
MHFGC/2020, el Expediente Electrónico N° 34.282.188-GCABA-DGCG/2021, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la solicitud de actualización del valor
para la recepción y registración de las cesiones de crédito presentadas por acreedores
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 503 del Código Fiscal (T.O 2021) y su modificatoria Ley N° 6450
autoriza al Poder Ejecutivo a recuperar los costos que ocasionan los servicios
especiales prestados por los distintos organismos del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires a requerimiento de los interesados y a iniciativa de la
misma Administración;
Que, por el Decreto N° 900/91 y sus modificatorios, se aprobó la Tabla de Valores de
Recuperación de Costos, mediante la cual se indicó cuáles son los servicios
especiales prestados por los diferentes organismos y el valor de recuperación de
costos de los mismos;
Que, asimismo, por el Decreto N° 2.302/2004 se estableció que la Dirección General
de Contaduría es el organismo competente para la recepción, registración y aplicación
de las cesiones de crédito presentadas por acreedores del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, a partir del 1° de enero de 2005;
Que, mediante el Decreto N° 1.206/2007 se incorporó a la citada tabla de valores la
recepción y registración de las cesiones de créditos y por su artículo 2° se delegó al
titular del Ministerio de Hacienda la facultad de actualizar el valor consignado;
Que por la Resolución N° 4501-MHGC/2020 se fijó el valor del arancel del servicio en
cuestión en pesos cuatro mil quinientos ($ 4.500.-);
Que teniendo en cuenta la norma indicada en el párrafo anterior, resulta pertinente
modificar el valor actualmente vigente, a los efectos de fijar un arancel racional, acorde
y representativo al servicio prestado por la Administración;
Que, en función de los índices informados por la Dirección General de Estadística y
Censos de este Gobierno, corresponde ajustar el valor para la recepción y registración
de las cesiones de crédito presentadas por acreedores del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, a la suma de pesos siete mil ($ 7.000.-).
Que, por lo expuesto, resulta pertinente aprobar el nuevo valor correspondiente al
servicio mencionado;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1206/2007,
Artículo 1°.- Fijase a partir del 1° de enero de 2022, en pesos siete mil ($ 7.000.-) el
valor del arancel por cada trámite finalizado para la recepción y registración de las
cesiones de crédito presentadas ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. -
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;
comuníquese a la Dirección General de Análisis Fiscal y para su conocimiento y
demás efectos pase a la Dirección General de Contaduría, quien deberá notificar los
términos de la presente al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, y a la
Dirección General de Tesorería. Cumplido, archívese. Mura