RESOLUCIÓN 4501 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE FIJA VALOR DEL ARANCEL - TRÁMITE FINALIZADO - RECEPCIÓN Y REGISTRACIÓN DE LAS CESIONES DE CRÉDITO - ACREEDORES DEL GOBIERNO - RECUPERACIÓN DE LOS COSTOS - SERVICIOS ESPECIALES  -  TABLA DE VALORES DE RECUPERACIÓN DE COSTOS - ACTUALIZACIÓN DE MONTOS

Publicación:

01/12/2020

Sanción:

26/11/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: El Código Fiscal (T.O. 2020), Decretos N° 900/91 y sus modificatorios,

2.302/2004, 1.206/2007, la Resolución N° 132-MHFGC/2019, el Expediente

Electrónico N° 27.231.320-GCABA-DGCG/2020, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto tramita la solicitud de actualización del valor

para la recepción y registración de las cesiones de crédito presentadas por acreedores

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 503 del Código Fiscal (T.O 2020) autoriza al Poder Ejecutivo a

recuperar los costos que ocasionan los servicios especiales prestados por los distintos

organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a requerimiento de

los interesados y a iniciativa de la misma Administración;

Que, por el Decreto N° 900/91 y sus modificatorios, se aprobó la Tabla de Valores de

Recuperación de Costos, mediante la cual se indicó cuáles son los servicios

especiales prestados por los diferentes organismos y el valor de recuperación de

costos de los mismos;

Que, asimismo, por el Decreto N° 2.302/2004 se estableció que la Dirección General

de Contaduría es el organismo competente para la recepción, registración y aplicación

de las cesiones de crédito presentadas por acreedores del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, a partir del 1° de enero de 2005;

Que, mediante el Decreto N° 1.206/2007 se incorporó a la citada tabla de valores la

recepción y registración de las cesiones de créditos y por su artículo 2° se delegó al

titular del Ministerio de Hacienda la facultad de actualizar el valor consignado;

Que por la Resolución N° 132-MHGC/2019 se fijó el valor del arancel del servicio en

cuestión en pesos tres mil ($ 3.000);

Que teniendo en cuenta la norma indicada en el párrafo anterior, resulta pertinente

modificar el valor actualmente vigente, a los efectos de fijar un arancel racional, acorde

y representativo al servicio prestado por la Administración;

Que, en función de los índices informados por la Dirección General de Estadística y

Censos de este Gobierno, corresponde ajustar el valor para la recepción y registración

de las cesiones de crédito presentadas por acreedores del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, a la suma de pesos cuatro mil quinientos ($ 4.500.-).

Que, por lo expuesto, resulta pertinente aprobar el nuevo valor correspondiente al

servicio mencionado;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1206/2007,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Fijase a partir del 1° de enero de 2021, en pesos cuatro mil quinientos ($

4.500.-) el valor del arancel por cada trámite finalizado para la recepción y registración

de las cesiones de crédito presentadas ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires.-

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;

comuníquese a la Dirección General de Análisis Fiscal y para su conocimiento y

demás efectos pase a la Dirección General de Contaduría, quien deberá notificar los

términos de la presente al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, y a la

Dirección General de Tesorería. Cumplido, archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 5085/GCABA/MHFGC/21 fija, a partir del 1° de enero de 2022, en pesos siete mil ($ 7.000.-) el valor del arancel por cada trámite finalizado para la recepción y registración de las cesiones de crédito , quedando modificado lo dispuesto mediante Resolución  4501/GCABA/MHFGC/20.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 4501-MHFGC/20 fija, a partir del 1° de enero de 2021, el valor del arancel por cada trámite finalizado para la recepción y registración de las cesiones de crédito, anteriormente fijado por Decreto 1206/07.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 4501-MHFGC/20 fija, a partir del 1° de enero de 2021, el valor del arancel por cada trámite finalizado para la recepción y registración de las cesiones de crédito, quedando modificado el valor establecido por Decreto 900/91.</p>