RESOLUCIÓN 4321 2021 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS

Síntesis:

SE EXIME - OBLIGACIÓN DE ACREDITAR EL CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA - A LOS BENEFICIARIOS DE SUBSIDIOS - INCENTIVOS - GRATIFICACIONES - PREMIOS O CUALQUIER OTRO BENEFICIO DINERARIO - NO PAGO DE REMUNERACIÓN U HONORARIOS POR SERVICIOS PRESTADOS - TÉRMINOS  DECRETO N° 266/09 - DICIEMBRE 2021 - SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS - CORONAVIRUS - COVID 19 - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

16/12/2021

Sanción:

25/11/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS


VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/20 y 167-PEN/21, los

Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20 y sus modificatorios, los Decretos Nros.

266/09 Y 220/20, las Resoluciones Nros. 1887-GCABA-SSGRH/20 y 2941-GCABA-

SSGRH/21, el Expediente Electrónico N° 36117172-GCABA-DGCLAP/21, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo

Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley

Nacional N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial

de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de UN (1)

año a partir de la entrada en vigencia del mencionado Decreto, el cual fue prorrogado

por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167-PEN/21 hasta el 31 de diciembre de

2021;

Que desde entonces se han adoptado diferentes medidas de prevención y control con

el objeto de atender la situación epidemiológica mencionada;

Que, entre ellas, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus modificatorios, se

declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el

riesgo de propagación de contagio del mencionado virus en la población;

Que por su parte el Decreto N° 266/09, estableció que los beneficiarios de subsidios,

incentivos, gratificaciones, premios o cualquier otro beneficio dinerario que no

constituya pago de remuneración u honorarios debidos por servicios prestados, deben

presentar ante la entonces Unidad de Gestión de Recursos Humanos del ex Ministerio

de Hacienda, el certificado de supervivencia expedido por autoridad policial, judicial o

administrativa, durante los meses de junio y diciembre de cada año;

Que a fin de reducir el riesgo de propagación del mencionado virus, mediante el

Decreto N° 220/20 y las Resoluciones Nros. 1887-GCABA-SSGRH/20 y 2941-GCABA-

SSGRH/21, se eximió a los referidos beneficiarios de la presentación del certificado de

supervivencia correspondiente a los meses de Junio y Diciembre del año 2020, y Junio

del año 2021 respectivamente;

Que el referido Decreto en su artículo 2° facultó a la Subsecretaria de Gestión de

Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a extender

los alcances temporales de la eximición establecida precedentemente;

Que a los mismos fines, se estima procedente eximir a los beneficiarios de subsidios,

incentivos, gratificaciones, premios o cualquier otro beneficio dinerario que no

constituya pago de remuneración u honorarios debidos por servicios prestados, de la

presentación del certificado de supervivencia correspondiente al mes de Diciembre del

año en curso.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por Decreto N° 220/20,

EL SUBSECRETARIO

DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Exímese a los beneficiarios de subsidios, incentivos, gratificaciones,

premios o cualquier otro beneficio dinerario que no constituya pago de remuneración u

honorarios debidos por servicios prestados, alcanzados por los términos del Decreto

N° 266/09, de la obligación de acreditar el certificado de supervivencia expedido por

autoridad policial, judicial o administrativa, correspondiente al mes de Diciembre del

año 2021.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de

Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido,

archívese. Fernández

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 4321/GCABA/SSGRH/21 exime a los beneficiarios de subsidios, incentivos, gratificaciones, premios o cualquier otro beneficio dinerario que no constituya pago de remuneración u honorarios debidos por servicios prestados, alcanzados por los términos del Decreto Nº 266/09, de la obligación de acreditar el certificado de supervivencia expedido por autoridad policial, judicial o administrativa, correspondiente al mes de Diciembre del año 2021.</p>
EXCEPTUA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 4321/GCABA/SSGRH/21 EXIME a los beneficiarios de subsidios, incentivos, gratificaciones, premios o cualquier otro beneficio dinerario que no constituya pago de remuneración u honorarios debidos por servicios prestados, alcanzados por los términos del Decreto Nº 266/09, de la obligación de acreditar el certificado de supervivencia expedido por autoridad policial, judicial o administrativa, correspondiente al mes de Diciembre del año 2021.</p>