RESOLUCIÓN 34 2021 UNIDAD PARA LA IGUALDAD DE GENERO
Síntesis:
SE ESTABLECE - INICIATIVA PÚBLICO-PRIVADA POR LA IGUALDAD DE GÉNERO EN EL MERCADO DE TRABAJO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO - IGUALDAD - PARTICIPACIÓN FEMENINA - MODELO DE ACUERDO DE COLABORACIÓN -
Publicación:
17/12/2021
Sanción:
15/12/2021
Organismo:
UNIDAD PARA LA IGUALDAD DE GENERO
Estado:
No vigente
VISTO: Ley N° 6.292, el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios y el Expediente
Electrónico N° EX2021- 23804646-GCABA-DGAIIG, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires lleva adelante el desarrollo
de políticas públicas tendientes a impulsar la igualdad de género en el mercado de
trabajo de la Ciudad;
Que, en este entendimiento, por el Decreto N° 364/20 se creó el "Programa para la
Igualdad de Género" cuyo objetivo fundamental es el de diseñar una estrategia integral
y multidimensional de abordaje de las desigualdades de género en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, entre sus objetivos específicos, se encuentra el de despertar una mirada
transversal de la perspectiva de género al interior del Poder Ejecutivo y activar planes
de acción concretos en conjunto con el resto de los sectores de la sociedad, para el
fortalecimiento de una ciudad inclusiva para todos los vecinos y vecinas;
Que, mediante el Decreto N° 58/21, se modificó parcialmente la estructura aprobada
mediante el precitado Decreto N° 364/20, creándose en el ámbito de la Jefatura de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Unidad para la Igualdad de
Género, teniendo entre sus funciones la de entender en el diseño, coordinación y
monitoreo de la implementación transversal de la estrategia integral para la igualdad
de género del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y evaluar su alcance
e impacto;
Que, asimismo, compete a la mencionada Unidad, intervenir en la planificación,
seguimiento y evaluación de los proyectos de gobierno relacionados con el
cumplimiento de los objetivos de la estrategia integral para la igualdad de género, y
entender en el diseño, coordinación, implementación y ejecución de políticas públicas
que la fomenten en el ámbito laboral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en
colaboración con otras áreas competentes, entre otras;
Que, por su parte, compete a la Dirección General de Articulación Institucional para la
Igualdad de Género asistir a la Unidad en la articulación con actores del sector público,
sector privado, sindicatos, organizaciones de la sociedad civil, instituciones educativas,
organismos regionales e internacionales para desarrollar proyectos interinstitucionales
con enfoque de género; así como participar en el diseño, coordinación,
implementación y ejecución de políticas públicas que fomenten la igualdad de género
en el ámbito laboral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en colaboración con
otras áreas competentes;
Que, en ese sentido, la participación y el compromiso del sector privado en el
diagnóstico, producción cuantitativa y cualitativa de información estadística, e
implementación de las acciones para reducir las eventuales brechas laborales resultan
necesarias;
Que, en función de ello, se han suscripto con distintos actores del sector privado y
empresas con participación mayoritaria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, acuerdos mediante los cuales las partes se comprometen a colaborar
con los datos necesarios para la elaboración de indicadores sobre la participación
femenina en la población económicamente activa del sector público y privado,
orientados al desarrollo de acciones que promuevan la igualdad laboral en el ámbito
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reduciendo las brechas laborales entre las
mujeres y los varones;
Que, en virtud de ello, para garantizar la equidad de género en el mercado laboral de
la Ciudad, con el objeto de eliminar las desigualdades persistentes de ingresos
salariales entre varones y mujeres, e incorporar a más mujeres al mercado de trabajo
en igualdad de condiciones, haciéndolas protagonistas del desarrollo económico de la
Ciudad, resulta conveniente materializar el plan de acción público privado diseñado
por las organizaciones públicas y privadas participantes, institucionalizando la
Iniciativa Público-Privada (IPP) por la Igualdad de Género en el Mercado Laboral de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, hasta el momento, se promueve que las organizaciones participantes colaboren
con los datos estadísticos necesarios para la elaboración de indicadores sobre la
participación femenina en la población económicamente activa del sector público y
privado orientados al desarrollo de acciones que promuevan la igualdad laboral en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reduciendo brechas entre las mujeres
y los varones;
Que, entre dichas brechas, se identifican la participación laboral igualitaria, el acceso a
puestos de liderazgo, la conciliación entre el trabajo y la vida familiar, la comunicación
inclusiva, y la brecha salarial, entre otras;
Que, con el propósito de aunar esfuerzos y entablar acuerdos básicos sobre
compromisos, líneas de acción y actividades que permitieran reducir las brechas de
género en el mercado laboral se promueve la materialización de la Iniciativa Público-
Privada por la Igualdad de Género en el Mercado de Trabajo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Por ello, en uso de las facultades previstas por el Decreto N° 58/21,
Artículo 1°.- Establécese la Iniciativa Público-Privada por la Igualdad de Género en el
Mercado de Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de
desarrollar acciones que promuevan la igualdad laboral en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, orientadas a reducir brechas laborales de género; y
generar datos estadísticos necesarios para la elaboración de indicadores sobre la
participación femenina en la población económicamente activa del sector público y
privado. La Iniciativa Público-Privada por la Igualdad de Género en el Mercado de
Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se implementa mediante acciones
tendientes a:
1. identificar las brechas de género existentes en el mercado de trabajo de la Ciudad;
2. establecer alianzas estratégicas con instituciones de la academia y/o con
organizaciones de la sociedad civil que brinden apoyo técnico y metodológico para la
incorporación de la perspectiva de género y la medición de brechas de género;
3. convocar a empresas que decidan comprometerse e involucrarse en la reducción de
las brechas de género dentro de sus organizaciones;
4. identificar compromisos público-privados mediante procesos participativos de co-
creación con las empresas y otras organizaciones participantes con metas específicas
destinadas a la reducción de brechas de género en los ámbitos de trabajo;
5. elaborar planes de acción para la medición de compromisos público-privados;
6. generar espacios de intercambio entre organizaciones, participantes y autoridades
públicas para el fortalecimiento de planes de acción y la mejora continua de las
medidas implementadas; y
7. elaborar informes para el monitoreo, seguimiento y evaluación de las acciones
desarrolladas; La enumeración precedente es a mero título enunciativo y podrá
complementarse con otras acciones, políticas y/o actividades conducentes a alcanzar
el objetivo de la Iniciativa detallado en el presente Artículo.
Artículo 2°.- Apruébase el modelo de "ACUERDO DE COLABORACIÓN EN EL
MARCO DE LA INICIATIVA PÚBLICO-PRIVADA POR LA IGUALDAD DE GÉNERO
EN EL MERCADO DE TRABAJO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES"
a suscribirse con empresas públicas y con empresas privadas que como Anexo I (IF-
2021-36520119-GCABA-UNIG) y Anexo II (IF-2021-36520879-GCABA-UNIG), forman
parte integrante de la presente medida.
Artículo 3°.- Invítase al sector público y privado a participar de la Iniciativa creada por
la presente Resolución, mediante la suscripción de los Acuerdos de colaboración
previstos en el Artículo 2°.
Artículo 4°.- La Dirección General de Articulación Institucional para la Igualdad de
Género tendrá a su cargo el desarrollo de los mecanismos y procedimientos
necesarios para la implementación de la Iniciativa y la gestión de los Acuerdos de
colaboración a suscribirse en el marco de la presente Resolución.
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la
partida presupuestaria de los ejercicios correspondientes, subordinado al crédito que
para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
archívese. Bircher