DECRETO 1097 2004
Síntesis:
OBRA CIVIL PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL NUEVO CENTRO DE SALUD Y ACCIÓN COMUNITARIA UBICADO EN OSVALDO CRUZ ESQUINA ZABALETA. APROBACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 32/03, ADJUDICACIÓN DE OBRAS- PALECO S.A. RAFFO MAZIERES S.A. UTE - INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA
Publicación:
25/06/2004
Sanción:
22/06/2004
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto N° 624/GCBA/2003 (B.O.C.B.A. N° 1704), y el Expediente N° 52.663/2003, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 1.805/SS/2003 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas para realizar el llamado a Licitación Pública para la Contratación de la Construcción de Nuevo Centro de Salud y Acción Comunitaria ubicado en la calle Osvaldo Cruz esquina Zavaleta de la Ciudad de Buenos Aires;
Que además, por dicho Acto se autorizó al Instituto de Rehabilitación Psicofísica para efectuar el correspondiente llamado a Contratación Pública de dicha Obra;
Que resulta de aplicación la Ley N° 152 y la Ley Nacional de Obra Pública N° 13.064, puesto que la Obra se encuentra financiada por el Banco Interamericano de Desarrollo - Contrato de Préstamo N° 1.107/OC-AR;
Que por Disposición N° 195/ARD/2003 del 26 de septiembre de 2003, el Instituto de Rehabilitación Psicofísica dispuso el correspondiente llamado;
Que fueron efectuadas las invitaciones de rigor y las comunicaciones a la Subsecretaría de Gerenciamiento Estratégico, Dirección General de Contaduría, Dirección General de Compras y Contrataciones (Área Verificación), Cámara Argentina de la Construcción, UAPE y Cámara Argentina de Comercio, la publicación en Internet y en el B.O.C.B.A.;
Que con fecha 14 de octubre de 2003 se procedió al respectivo Acto de Apertura de la Licitación, donde se presentaron y cotizaron cuatro oferentes: Casago S.A., por pesos un millón doscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos noventa y uno con 14/100 ($ 1.249.491,14); Mig S.A., por pesos un millón ciento setenta y nueve mil ciento ochenta y ocho con 43/100 ($ 1.179.188,43); Paleco S.A. - Raffo y Mazieres S.A. U.T.E., por pesos un millón ciento catorce mil ($ 1.114.000) y Teximco S.A., por pesos un millón doscientos veintitrés mil doscientos setenta y cuatro con 40/100 ($ 1.223.274,40);
Que la Comisión de Análisis Técnico, Evaluación de Ofertas y Preadjudicaciones de Obras, designada mediante Resolución N° 2.290/SS/03, ha tomado la intervención que le compete produciendo el correspondiente Informe de Evaluación;
Que mediante Acta de Evaluación y Preadjudicación, la citada Comisión aconsejó la preadjudicación de la Obra Civil para la Construcción de Nuevo Centro de Salud y Acción Comunitaria ubicado en la calle Osvaldo Cruz esquina Zavaleta de la Ciudad de Buenos Aires, a la firma Paleco S.A. - Raffo y Mazieres S.A. U.T.E. por un importe total de pesos un millón ciento catorce mil ($ 1.114.000);
Que se ha notificado fehacientemente a los oferentes presentados el resultado de la evaluación de las ofertas, no habiéndose presentado impugnación alguna respecto de la preadjudicación aconsejada;
Que el Informe de Evaluación citado precedentemente cuenta con la no-objeción de la Unidad Ejecutora Préstamo BID-1107 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido por el Decreto N° 624/GCBA/2003 (B.O.C.B.A. N° 1704);
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le corresponde en los presentes obrados conforme lo establece la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1850);
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Apruébase la Licitación Pública N° 32/03 para la Obra Civil para la Construcción del Nuevo Centro de Salud y Acción Comunitaria ubicado en la calle Osvaldo Cruz esquina Zavaleta y adjudícase a la firma Paleco S.A. - Raffo y Mazieres S.A. U.T.E. por un importe total de pesos un millón ciento catorce mil ($ 1.114.000).
Artículo 2° - Las erogaciones a que dan lugar la presente obra son imputadas a la Partida Presupuestaria correspondiente al Ejercicio 2004 y al Ejercicio 2005.
Artículo 3° - Autorízase al señor Secretario de Salud a suscribir la pertinente contrata.
Artículo 4° - El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Salud, la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Recursos Físicos en Salud y a la Dirección General de Contaduría y remítase al Instituto de Rehabilitación Psicofísica, el que procederá a notificar el presente Decreto. Cumplido, archívese. IBARRA - Stern - Albamonte - Fernández