LEY 6477 2021

Síntesis:

SE APRUEBAN - CONVENIOS URBANÍSTICOS - SUSCRIPTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y PMJ FIDUCIARIA SAS - ALFREDO JOAQUIN LARGUIA - TOMAS MACHIAVELLO - NICOLAS MACHIAVELLO - MARIO MANSO S.A - LIVNOT S.A - PROYECTO 43 S.A - MARTESBOYS S.A - MANAGEMENT LIBERTADOR S.A - ARCOS 1865 S.A - INSTRUMENTOS MUSICALES S.A - 11DS 1500 S.A - NORMATIVA URBANISTICA 

Publicación:

22/12/2021

Sanción:

02/12/2021

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

17/12/2021


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Apruébanse los Convenios Urbanísticos, que como Anexo I forman parte

integrante de la presente Ley, de acuerdo al siguiente detalle:

a. El "Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y PMJ Fiduciaria S.A.S.", suscripto con fecha 2 de Agosto de 2021

registrado bajo el N° 26527303-RL-2021-DGEGRAL;

b. El "Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y los Sres. Alfredo Joaquín Larguia, Tomás Machiavello y Nicolás

Machiavello", suscripto con fecha 2 de Agosto de 2021 registrado bajo el N°

26521049-RL-2021-DGEGRAL;

c. El "Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y Mario Manso S.A.", suscripto con fecha 2 de Agosto de 2021

registrado bajo el N° 26512011-RL-2021- DGEGRAL;

d. El "Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y Livnot S.A.", suscripto con fecha 2 de Agosto de 2021 registrado bajo

el N° 26516986-RL-2021-DGEGRAL;

e. El "Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y Proyecto 43 S.A.", suscripto con fecha 3 de Septiembre de 2021

registrado bajo el N° 26522689-RL-2021-DGEGRAL;

f. El "Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y Martesboys S.A.", suscripto con fecha 06 de septiembre 2021

registrado bajo el N° 27257046-RL-2021- DGEGRAL.

g. El "Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y Management Libertador S.A.", suscripto con fecha 10 de septiembre

de 2021 registrado bajo el N° 27265847-RL-2021-DGEGRAL.

h. El "Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y Arcos 1865 S.A.", suscripto con fecha 9 de septiembre de 2021

registrado bajo el N° 27267394-RL-2021- DGEGRAL.

i. El Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires e Instrumentos Musicales S.A.", suscripto con fecha 10 de septiembre de

2021 registrado bajo el N° 27287313-RL-2021-DGEGRAL;

j. El "Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y 11DS 1500 S.A.", suscripto con fecha 10 de septiembre de 2021

registrado bajo el N° 27269130-RL-2021-DGEGRAL;

Art 2°.- Los fondos que reciba la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad

con lo previsto en la Cláusula Primera de los Convenios que se aprueban mediante la

presente ley, deberán destinarse para promover el desarrollo urbano equitativo y

sustentable del Área Central de la Ciudad de Buenos Aires, facilitando su

residencialización, financiando proyectos de construcción, adecuación o puesta en

valor de equipamientos urbanos, la conformación de áreas peatonales y calles de

convivencia con vistas a su revitalización y diversificación funcional.

Art 3°.- Incorpórase el artículo 7.2.15 "Áreas de Desarrollo Urbano Especial" al Título 7

"Lineamientos del Hábitat" del Código Urbanístico, de acuerdo al siguiente texto:

"7.2.15 Áreas de Desarrollo Urbano Especial Corresponde a parcelas o manzanas que

son objeto de Convenio Urbanístico.

Se delimitan en el Anexo III "Atlas" y en el Anexo IV "Planchetas de Edificabilidad y

Usos".

Su normativa aplicable se define para cada caso en particular y se encuentra en el

Anexo II "Áreas Especiales Individualizadas."

Art 4°.- Incorpórase el apartado 6 "Áreas de Desarrollo Urbano Especial" al Anexo II

"Áreas Especiales Individualizadas" del Código Urbanístico, de acuerdo al siguiente

texto:

"6. Áreas de Desarrollo Urbano Especial

6.1. Las Áreas de Desarrollo Urbano Especial se rigen por su normativa específica y

subsidiariamente por las normas generales del presente Código en todo lo que no se

opongan a su normativa específica.

Art 5°.- Apruébanse las normas urbanísticas para la Parcela 039b, Manzana 107,

Sección 45, Circunscripción 7, las normas que como Anexo II. A forman parte de la

presente Ley.

Art 6°.- Incorpóranse las normas urbanísticas para la Parcela 039b, Manzana 107,

Sección 45, Circunscripción 7, como sub-apartado 4.6 U85) Urbanización Especial, al

sub- apartado 4 U85) Zona 3, del artículo 5.7.78. U85 Barrio de Caballito del punto 5.

Urbanizaciones Determinadas (U) del Anexo II "Áreas Especiales Individualizadas" del

Código Urbanístico.

Art 7°.- Desaféctanse las Parcelas 001d y 002a, Manzana 005, Sección 022,

Circunscripción 8, de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.1 Corredores

Altos (C.A.) del Título 6 "Normas de Edificabilidad" y del Área de Media Mixtura de

Usos del Suelo 4 artículos 3.2.4 del Título 3 "Normas de uso del suelo", del Código

Urbanístico.

Art 8°.- Aféctanse las Parcelas 001d y 002a, Manzana 005, Sección 022,

Circunscripción 8, a Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico.

Art 9°.-Apruébanse las normas urbanísticas para las Parcelas 01d y 002a, Manzana

005 Sección 022, Circunscripción 8, que como Anexo II.B forman parte de la presente

Ley

Art 10.- Incorpóranse como punto 6.2. (N° a designar). Al apartado 6. "Áreas de

Desarrollo Urbano Especial" del Anexo II "Áreas Especiales Individualizadas" del

Código Urbanístico las normas aprobadas para las Parcelas 001d y 002°, Manzana

005 Sección 022, Circunscripción 8.

Art 11.- Desaféctase la Parcela 018°, Manzana 146, Sección 037, Circunscripción 017

de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.3 Unidades de Sustentabilidad de

Altura Alta (U.S.A.A.) del Título 6 "Normas de Edificabilidad" y del Área de Media

Mixtura de Usos del Suelo A 2 artículo 3.2.2. del Título 3 "Normas de uso del suelo",

del Código Urbanístico.

Art 12.- Aféctase la Parcela 018°, Manzana 146, Sección 037, Circunscripción 017 a

Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico.

Art 13.- Apruébanse las normas urbanísticas para la Parcela 018°, Manzana 146,

Sección 037, Circunscripción 017 que como Anexo II.C forman parte de la presente

Ley

Art 14.- Incorpóranse como punto 6.2 (N° a designar) al apartado 6. "Áreas de

Desarrollo Urbano Especial" del Anexo II "Áreas Especiales Individualizadas" del

Código Urbanístico las normas aprobadas para la Parcela 018°, Manzana 146,

Sección 037, Circunscripción 017.

Art 15.- Desaféctanse las Parcelas 002°, 002b y 003°, Manzana 064, Sección 045,

Circunscripción 007,de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.3 Unidades de

Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.) del Título 6 "Normas de Edificabilidad" y del

Área de Media Mixtura de Usos del Suelo 4 artículo 3.2.4. del Título 3"Normas de uso

del suelo", del Código Urbanístico.

Art 16.-Aféctanse las Parcelas 002°, 002b y 003°, Manzana 064, Sección 045,

Circunscripción 007 a Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico.

Art 17.-Apruébanse las normas urbanísticas para las Parcelas 002°, 002b y 003°,

Manzana 064, Sección045, Circunscripción 007 que como Anexo II.D forman parte de

la presente Ley.

Art 18.- Incorpóranse como punto 6.2. (N° a designar). Al apartado 6. "Áreas de

Desarrollo Urbano" Especial del Anexo II "Áreas Especiales Individualizadas" del

Código Urbanístico las normas aprobadas para las Parcelas 002°, 002b y 003°,

Manzana 064, Sección 045, Circunscripción 007.

Art 19.- Desaféctase la Parcela 034°, Manzana 066, Sección 021, Circunscripción 018

de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.3 Unidades de Sustentabilidad de

Altura Alta (U.S.A.A.) del Título 6 "Normas de Edificabilidad" y del Área de Media

Mixtura de Usos del Suelo A 2 artículo 3.2.2. del Título 3 "Normas de uso del suelo",

del Código Urbanístico.

Art 20.- Aféctase la Parcela 034°, Manzana 066, Sección 021, Circunscripción 018 a

Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico.

Art 21.- Apruébanse las normas urbanísticas para la Parcela 034°, Manzana 066,

Sección 021, Circunscripción 018 que como Anexo II.E forman parte de la presente

Ley.

Art 22.- Incorpóranse como punto 6.2. (N° a designar) al apartado 6. "Áreas de

Desarrollo Urbano Especial" del Anexo II "Áreas Especiales Individualizadas" del

Código Urbanístico las normas aprobadas para la Parcela 034°, Manzana 066,

Sección 021, Circunscripción 018.

Art 23.- Desaféctase la Parcela 005°, Manzana 008, Sección 031, Circunscripción 018

de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.1 Corredores Altos (C.A.) del Título

6 "Normas de Edificabilidad" y del Área de Media Mixtura de Usos del Suelo 4 artículo

3.2.4. del Título 3 "Normas de uso del suelo", del Código Urbanístico.

Art 24.-Aféctase la Parcela 005°, Manzana 008, Sección 031, Circunscripción 018 a

Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico.

Art 25.-Apruébanse las normas urbanísticas para la Parcela 005°, Manzana 008,

Sección 031, Circunscripción 018 que como Anexo II.F forman parte de la presente

Ley

Art 26.- Incorpóranse como punto 6.2. (N° a designar) al apartado 6. "Áreas de

Desarrollo Urbano Especial" del Anexo II "Áreas Especiales Individualizadas" del

Código Urbanístico las normas aprobadas para la Parcela 005°, Manzana 008,

Sección 031, Circunscripción 018.

Art 27.- Desaféctase la Parcela 015d, Manzana 067, Sección 025, Circunscripción 016

de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.1 Corredores Altos (C.A.) y del

artículo 6.2.3 Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.) del Título 6

"Normas de Edificabilidad" y del Área de Media Mixtura de Usos del Suelo A 2 artículo

3.2.2. Título 3 "Normas de uso del suelo", del Código Urbanístico.

Art 28.-Aféctase la Parcela 015d, Manzana 067, Sección 025, Circunscripción 016 a

Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico.

Art 29.-Apruébanse las normas urbanísticas para la Parcela 015d, Manzana 067,

Sección 025, Circunscripción 016 que como Anexo II.G forman parte de la presente

Ley.

Art 30.- Incorpóranse como punto 6.2. (N° a designar) al apartado 6. "Áreas de

Desarrollo Urbano Especial" del Anexo II "Áreas Especiales Individualizadas" del

Código Urbanístico las normas aprobadas para la Parcela 015d, Manzana 067,

Sección 025, Circunscripción 016.

Art 31.- Desaféctanse las Parcelas 011e, 012b, 013° y 014°, Manzana 022, Sección

025, Circunscripción 016 de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.3

Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.) del Título 6 "Normas de

Edificabilidad" y del Área de Media Mixtura de Usos del Suelo A 2 artículo 3.2.2. Título

3 "Normas de uso del suelo", del Código Urbanístico.

Art. 32.-Aféctanse las Parcelas 011e, 012b, 013a y 014a, Manzana 022, Sección 025,

Circunscripción 016 a Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico.

Art. 33.-Apruébanse las normas urbanísticas para las Parcelas 011e, 012b, 013a y

014a, Manzana 022, Sección 025, Circunscripción 016 que como Anexo II.H forman

parte de la presente Ley.

Art. 34.- Incorpóranse como punto 6.2. (N° a designar). al apartado 6. "Áreas de

Desarrollo Urbano Especial" del Anexo II "Áreas Especiales Individualizadas" del

Código Urbanístico las normas aprobadas para las Parcelas 011e, 012b, 013a y 014a,

Manzana 022, Sección 025, Circunscripción 016.

Art. 35.- Desaféctase la Parcela 001b, Manzana 040, Sección 029, Circunscripción 016

de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.5 Unidades de Sustentabilidad de

Altura Baja 2 (U.S.A.B.2) del Título 6 "Normas de Edificabilidad" y del Área de Media

Mixtura de Usos del Suelo 4 artículo 3.2.4. del Título 3 "Normas de uso del suelo", del

Código Urbanístico.

Art. 36.-Aféctase la Parcela 001b, Manzana 040, Sección 029, Circunscripción 016 a

Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico.

Art 37.-Apruébanse las normas urbanísticas para la Parcela 001b, Manzana 040,

Sección 029, Circunscripción 016 que como Anexo II.I forman parte de la presente

Ley.

Art. 38.- Incorpóranse como punto 6.2. (N° a designar) al apartado 6. "Áreas de

Desarrollo Urbano Especial" del Anexo II "Áreas Especiales Individualizadas" del

Código Urbanístico las normas aprobadas para la Parcela 001b, Manzana 040,

Sección 029, Circunscripción 016.

Art. 39.- Apruébanse las normas urbanísticas para la Parcela 003, Manzana 053,

Sección 023, Circunscripción 017 que como Anexo II.J forman parte de la presente

Ley.

Art. 40.- Incorpóranse las normas urbanísticas para la Parcela 003, Manzana 053,

Sección 023, Circunscripción 017 como apartado 5 U84) Disposiciones especiales de

articulación para el "Hotel Particulier 11 de Septiembre" al artículo 5.7.77 "U84 Barrio

de Belgrano" del Título 5 "Urbanizaciones Determinadas (U)" del Anexo II "Áreas

Especiales Individualizadas" del Código Urbanístico.

Art. 41.- Incorpóranse los Planos N° 6.2. (N° a Designar) según los artículos 10, 14,

18, 22, 26, 30, 34 y 38; Plano N° 5.7.78 c) y d) según el artículo 6, y Plano N° 5.7.77 a)

y b) según el artículo 40 al Anexo III "Atlas" del Código Urbanístico, que como Anexo

III forman parte integrante de la presente Ley.

Art. 42.- Modifíquense las Planchetas N° 3,6, 7, 11, 12 y 17 del Anexo IV "Planchetas

de Edificabilidad y Usos" del Código Urbanístico conforme el Anexo II de la presente

Ley.

Art 43.- Comuníquese, etc. Forchieri - Schillagi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6281- CONVENIO URBANÍSTICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Y PMJ FIDUCIARIA SAS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6281- CONVENIO URBANÍSTICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Y LOS SEÑORES ALFREDO JOAQUIN LARGUIA, TOMÁS MACHIAVELLO Y NICOLÁS MACHIAVELLO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6281- CONVENIO URBANÍSTICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Y MARIO MANSO S.A.

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6281- CONVENIO URBANÍSTICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Y LIVNOT S.A.

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6281- CONVENIO URBANÍSTICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Y PROYECTO 43 S.A.

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6281- CONVENIO URBANÍSTICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Y MARTESBOYS S.A.

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6281- CONVENIO URBANÍSTICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Y MANAGEMENT LIBERTADOR S.A.

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6281- CONVENIO URBANÍSTICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Y ARCOS 1865 S.A.

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6281- CONVENIO URBANÍSTICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Y INSTRUMENTOS MUSICALES S.A.

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6281- CONVENIO URBANÍSTICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Y 11DS 1500 S.A.

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6281- ANEXO II.A NORMATIVA URBANÍSTICA

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6281- ANEXO III

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Articulo 3° de la Ley N° 6477 incorpora el artículo 7.2.15 Áreas de Desarrollo Urbano Especial al Título 7 Lineamientos del Hábitat del Código Urbanístico.</p><p>Articulo 4° de la Ley 6477 incorpora el apartado 6 Áreas de Desarrollo Urbano Especial al Anexo II Áreas Especiales Individualizadas del Código Urbanístico, </p><p>Articulo 5° de la Ley N° 6477 aprueba las normas urbanísticas para la Parcela 039b, Manzana 107, Sección 45, Circunscripción 7, del Codigo Urbanístico.</p><p>Articulo 6° de la Ley N° 6477 incorpora las normas urbanísticas para la Parcela 039b, Manzana 107, Sección 45, Circunscripción 7, como sub-apartado 4.6 U85) Urbanización Especial, al sub- apartado 4 U85) Zona 3, del artículo 5.7.78. U85 Barrio de Caballito del punto 5. Urbanizaciones Determinadas (U) del Anexo II Áreas Especiales Individualizadas del Código Urbanístico.</p><p>Articulo 7° de la Ley N° 6477 desafecta las Parcelas 001d y 002a, Manzana 005, Sección 022, Circunscripción 8, de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.1 Corredores Altos (C.A.) del Título 6 Normas de Edificabilidad y del Área de Media Mixtura de Usos del Suelo 4 artículos 3.2.4 del Título 3 Normas de uso del suelo, del Código Urbanístico.</p><p>Articulo 8° de la Ley N° 6477 afecta las Parcelas 001d y 002a, Manzana 005, Sección 022, Circunscripción 8, a Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico.</p><p>Articulo 9° de la Ley N° 6477 aprueba las normas urbanísticas para las Parcelas 01d y 002a, Manzana 005 Sección 022, Circunscripción 8, del Codigo Urbanístico.</p><p>Articulo 10 de la Ley N° 6477 incorpora como punto 6.2. (N° a designar). Al apartado 6. Áreas de Desarrollo Urbano Especial del Anexo II Áreas Especiales Individualizadas del Código Urbanístico las normas aprobadas para las Parcelas 001d y 002ª, Manzana 005 Sección 022, Circunscripción 8.</p><p>Articulo 11 de la Ley N° 6477 desafecta la Parcela 018ª, Manzana 146, Sección 037, Circunscripción 017 de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.3 Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.) del Título 6 Normas de Edificabilidad y del Área de Media Mixtura de Usos del Suelo A 2 artículo 3.2.2. del Título 3 Normas de uso del suelo, del Código Urbanístico.</p><p>Articulo 12 de la Ley N° 6477 afecta la Parcela 018ª, Manzana 146, Sección 037, Circunscripción 017 a Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico.</p><p>Articulo 13 de la Ley N° 6477 aprueba las normas urbanísticas para la Parcela 018ª, Manzana 146, Sección 037, Circunscripción 017, del Codigo Urbanistico.</p><p>Articulo 14 de la Ley N° 6477 incorpora como punto 6.2 (N° a designar) al apartado 6. Áreas de Desarrollo Urbano Especial del Anexo II Áreas Especiales Individualizadas del Código Urbanístico las normas aprobadas para la Parcela 018ª, Manzana 146, Sección 037, Circunscripción 017.</p><p>Articulo 15 de la Ley N° 6477 desafecta las Parcelas 002ª, 002b y 003ª, Manzana 064, Sección 045, Circunscripción 007,de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.3 Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.) del Título 6 Normas de Edificabilidad y del Área de Media Mixtura de Usos del Suelo 4 artículo 3.2.4. del Título 3Normas de uso del suelo, del Código Urbanístico.</p><p>Articulo 16 de la Ley N° 6477 afecta las Parcelas 002ª, 002b y 003ª, Manzana 064, Sección 045, Circunscripción 007 a Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico.</p><p>Articulo 17 de la Ley N° 6477 aprueba las normas urbanísticas para las Parcelas 002ª, 002b y 003ª, Manzana 064, Sección045, Circunscripción 007, del codigo urbanistico.</p><p>Articulo 18 de la Ley N° 6477 incorpora como punto 6.2. (N° a designar). Al apartado 6. Áreas de Desarrollo Urbano Especial del Anexo II Áreas Especiales Individualizadas del Código Urbanístico las normas aprobadas para las Parcelas 002ª, 002b y 003ª, Manzana 064, Sección 045, Circunscripción 007.</p><p>Articulo 19 de la Ley N° 6477 desafecta la Parcela 034ª, Manzana 066, Sección 021, Circunscripción 018 de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.3 Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.) del Título 6 Normas de Edificabilidad y del Área de Media Mixtura de Usos del Suelo A 2 artículo 3.2.2. del Título 3 Normas de uso del suelo, del Código Urbanístico</p><p>Articulo 20 de la Ley N° 6477 afecta la Parcela 034ª, Manzana 066, Sección 021, Circunscripción 018 a Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico. </p><p>Articulo 21 de la Ley N° 6477 aprueba las normas urbanísticas para la Parcela 034ª, Manzana 066, Sección 021, Circunscripción 018, del codigo urbanistico.</p><p>Articulo 22 de la Ley N° 6477 incorpora como punto 6.2. (N° a designar) al apartado 6. Áreas de Desarrollo Urbano Especial del Anexo II Áreas Especiales Individualizadas del Código Urbanístico las normas aprobadas para la Parcela 034ª, Manzana 066, Sección 021, Circunscripción 018. </p><p>Articulo 23 de la Ley N° 6477 desafecta la Parcela 005ª, Manzana 008, Sección 031, Circunscripción 018 de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.1 Corredores Altos (C.A.) del Título 6 Normas de Edificabilidad y del Área de Media Mixtura de Usos del Suelo 4 artículo 3.2.4. del Título 3 Normas de uso del suelo, del Código Urbanístico.</p><p>Articulo 24 de la Ley N° 6477 afecta la Parcela 005ª, Manzana 008, Sección 031, Circunscripción 018 a Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico.</p><p>Articulo 25 de la Ley N° 6477 aprueba las normas urbanísticas para la Parcela 005ª, Manzana 008, Sección 031, Circunscripción 018, del codigo urbanistico.</p><p>Articulo 26 de la Ley N° 6477 incorpora como punto 6.2. (N° a designar) al apartado 6. Áreas de Desarrollo Urbano Especial del Anexo II Áreas Especiales Individualizadas del Código Urbanístico las normas aprobadas para la Parcela 005ª, Manzana 008, Sección 031, Circunscripción 018.</p><p>Articulo 27 de la Ley N° 6477 desafecta la Parcela 015d, Manzana 067, Sección 025, Circunscripción 016 de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.1 Corredores Altos (C.A.) y del artículo 6.2.3 Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.) del Título 6 Normas de Edificabilidad y del Área de Media Mixtura de Usos del Suelo A 2 artículo 3.2.2. Título 3 Normas de uso del suelo, del Código Urbanístico.</p><p>Articulo 28 de la Ley N° 6477 afecta la Parcela 015d, Manzana 067, Sección 025, Circunscripción 016 a Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico. </p><p>Articulo 29 de la Ley N° 6477 aprueba las normas urbanísticas para la Parcela 015d, Manzana 067, Sección 025, Circunscripción 016 que como Anexo II.G forman parte de la presente Ley, del codigo urbanistico.</p><p>Articulo 30 de la Ley N° 6477 incorpora como punto 6.2. (N° a designar) al apartado 6. Áreas de Desarrollo Urbano Especial del Anexo II Áreas Especiales Individualizadas del Código Urbanístico las normas aprobadas para la Parcela 015d, Manzana 067, Sección 025, Circunscripción 016. </p><p>ArtIculo 31 de la Ley N° 6477 desafecta las Parcelas 011e, 012b, 013ª y 014ª, Manzana 022, Sección 025, Circunscripción 016 de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.3 Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.) del Título 6 Normas de Edificabilidad y del Área de Media Mixtura de Usos del Suelo A 2 artículo 3.2.2. Título 3 Normas de uso del suelo, del Código Urbanístico.</p><p>Articulo 32 de la Ley N° 6477 afecta las Parcelas 011e, 012b, 013a y 014a, Manzana 022, Sección 025, Circunscripción 016 a Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico. </p><p>Artticulo 33 de la Ley N° 6477 aprueba  las normas urbanísticas para las Parcelas 011e, 012b, 013a y 014a, Manzana 022, Sección 025, Circunscripción 016, conforme el codigo urbanistico.</p><p>Articulo 34 de la Ley N° 6477 incorpora como punto 6.2. (N° a designar). al apartado 6. Áreas de Desarrollo Urbano Especial del Anexo II Áreas Especiales Individualizadas del Código Urbanístico las normas aprobadas para las Parcelas 011e, 012b, 013a y 014a, Manzana 022, Sección 025, Circunscripción 016.</p><p>Articulo 35 de la Ley N° 6477 desafecta la Parcela 001b, Manzana 040, Sección 029, Circunscripción 016 de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.5 Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 2 (U.S.A.B.2) del Título 6 “Normas de Edificabilidad“ y del Área de Media Mixtura de Usos del Suelo 4 artículo 3.2.4. del Título 3 “Normas de uso del suelo“, del Código Urbanístico</p><p>Articulo 36 de la Ley N° 6477 afecta la Parcela 001b, Manzana 040, Sección 029, Circunscripción 016 a Área de Desarrollo Urbano Especial del Código Urbanístico.</p><p>Articulo 37 de la Ley N° 6477 aprueba las normas urbanísticas para la Parcela 001b, Manzana 040, Sección 029, Circunscripción 016, del codigo urbanistico.</p><p>Articulo 38 de la Ley N° 6477 incorpora como punto 6.2. (N° a designar) al apartado 6. Áreas de Desarrollo Urbano Especial del Anexo II Áreas Especiales Individualizadas del Código Urbanístico las normas aprobadas para la Parcela 001b, Manzana 040, Sección 029, Circunscripción 016.</p><p>Articulo 39 de la Ley N° 6477 aprueba las normas urbanísticas para la Parcela 003, Manzana 053, Sección 023, Circunscripción 017.</p><p>Articulo 40 de la Ley N° 6477 incorpora las normas urbanísticas para la Parcela 003, Manzana 053, Sección 023, Circunscripción 017 como apartado 5 U84) Disposiciones especiales de articulación para el Hotel Particulier 11 de Septiembre al artículo 5.7.77 U84 Barrio de Belgrano del Título 5 Urbanizaciones Determinadas (U) del Anexo II Áreas Especiales Individualizadas del Código Urbanístico.</p><p>Articulo 41 de la Ley N° 6477 incorpora los Planos N° 6.2. (Nº a Designar) según los artículos 10, 14, 18, 22, 26, 30, 34 y 38; Plano Nº 5.7.78 c) y d) según el artículo 6, y Plano Nº 5.7.77 a) y b) según el artículo 40 al Anexo III “Atlas“ del Código Urbanístico.</p><p>Articulo 42 de la Ley N° 6477 modifica las Planchetas N° 3,6, 7, 11, 12 y 17 del Anexo IV Planchetas de Edificabilidad y Usos del Código Urbanístico.</p><p> </p>
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