RESOLUCIÓN 1947 2004 SECRETARIA DE CULTURA
Síntesis:
APRUEBA LA REALIZACIÓN DEL PRIMER FESTIVAL DE CIENCIAS BUENOS AIRES PIENSA - SECRETARÍA DE CULTURA - PROGRAMA FESTIVALES DE LA CIUDAD - PROFECI - APROBACIÓN - FECHAS - CONVENIO MARCO PARTICULAR - UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - REGLAMENTO PARA EL CONCURSO DE INVENTOS - DESIGNACIÓN DE JURADOS - PREMIOS - FIRMA DE CONVENIOS - SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS
Publicación:
05/07/2004
Sanción:
28/06/2004
Organismo:
SECRETARIA DE CULTURA
Visto el Decreto N° 834/02, (B.O. N° 1498), el Expediente N° 31.571/04, y;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 834/02, (B.O. N° 1498), asigna al Programa Festivales de la Ciudad (PROFECI), la organización y ejecución de aquellos festivales y eventos que componen la agenda cultural promovida por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como faculta al titular de la Jurisdicción a incorporar aquellos que en el futuro se generen;
Que el Programa Festivales de la Ciudad ha previsto y propuesto para el presente año, la realización del primer evento dedicado a las ciencias y el pensamiento en la Ciudad de Buenos Aires, entre los días 3 y 14 de noviembre del corriente año, diseñando la programación y sus actividades relacionadas;
Que se ha tenido en cuenta la importancia estratégica que esta Secretaría ha otorgado al desarrollo de las ciencias y al intercambio de ideas y al pensamiento, como motor generador de la identidad y construcción del futuro;
Que se somete a aprobación el Reglamento que rige el Concurso de Inventos, el que se estima convoque a un amplio sector de la población, destinado a incentivar, reconocer y premiar el esfuerzo en la búsqueda de soluciones a problemáticas urbanas;
Que conforme lo estipula el reglamento, el jurado estará presidido por el señor rector de la Universidad de Buenos Aires, y conformado por destacados profesionales vinculados con ese ámbito académico;
Que esta iniciativa cuenta con el respaldo y participación activa de las diversas facultades que conforman los claustros de la Universidad de Buenos Aires, a cuyo efecto se somete a aprobación el texto del Convenio Marco particular que habilita dicho intercambio, con fundamento en las consignas establecidas en el Convenio Marco N° 5, (B.O. N° 161), que faculta a las jurisdicciones del ejecutivo a la suscripción de este tipo de acuerdos;
Que asimismo el evento convoca a otras entidades intermedias y de formación del pensamiento, que deseen aportar su experiencia en el desarrollo de ciencias y/o técnicas aplicadas a la vida ciudadana;
Que el gasto que involucra la realización de la presente edición encuentra reflejo en las partidas presupuestarias asignadas al Programa Festivales de la Ciudad, quien deberá, previo a la aprobación de cada gasto en particular ordenar el registro correspondiente que establece el Decreto N° 1.825/GCBA/97, (B.O. N° 355);
Por ello, y en uso de las facultades emergentes del Decreto N° 834/02;
Artículo 1° - Apruébase la realización del primer Festival de Ciencias, Buenos Aires Piensa, fijando su realización entre los días 3 y 14 de noviembre de 2004.
Artículo 2° - Apruébase el texto del Convenio Marco particular a ser suscripto entre esta Jurisdicción y la Universidad de Buenos Aires, que como Anexo I, forma en un todo parte integrante de esta medida.
Artículo 3° - Apruébase el reglamento que rige la convocatoria para el Concurso de Inventos, cuyo texto se agrega a la presente, como Anexo II.
Artículo 4° - Desígnanse a las personas nominadas en el Anexo III a la presente medida, como Jurados del Concurso de Inventos, en el marco del Festival Buenos Aires Piensa, en carácter de ad honorem.
Artículo 5° - Apruébase el gasto en concepto de premios del Concurso de Inventos, por un total de pesos nueve mil, ($ 9.000), autorizando al Programa Festivales de la Ciudad a tramitar la correspondiente entrega de fondos, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, que permita la atención del mismo, junto con los otros gastos que por su naturaleza, requieran este modo excepcional de pago.
Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Universidad de Buenos Aires, y pase a la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales y al Programa Festivales de la Ciudad. Cumplido, archívese. López
NOTA: El Anexo de la presente Resolución podrá ser consultado en el Programa Festivales de la Ciudad, Av. Corrientes 1530, piso 7°, Of. 6.