DISPOSICIÓN 2 2022 DIRECCION GENERAL REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO
Síntesis:
SE APRUEBA - REGLAMENTO TÉCNICO - LEY 6437 - CATASTRO
Publicación:
13/01/2022
Sanción:
07/01/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO
VISTO: La Ley N° 6437/2021, el Decreto N° 463/GCABA/2019 y su modificatorio N°
138/GCABA/2021, el Decreto N° 413/GCABA/2021, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto N° 463/GCABA/2019 y su modificatorio, el Decreto N°
138/GCABA/2021, establece que la Dirección General de Registro de Obras y
Catastro, tiene dentro de sus responsabilidades primarias las de "...Realizar el control
y seguimiento técnico y legal del registro de mensuras y el estado parcelario...
Administrar el control del catastro geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Aplicar normativa de los regímenes de subdivisión de propiedad horizontal...";
Que la Ley N° 6437/2021, cuya entrada en vigencia conforme lo establecido por el Art.
66, es a partir del 01 de enero del 2022, define el Catastro de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en su Artículo 1° como "...el registro público multifinalitario del estado de
hecho de los datos correspondientes a objetos territoriales legales de derecho público
y privado de su jurisdicción.." "...El Catastro de la Ciudad establece las pautas de su
funcionamiento, los lineamientos básicos para su conservación, publicidad de los
datos, emisión y/o certificación de la información catastral, y lo que hace a la
confección, presentación y el registro de los distintos actos de mensuras que se
efectúan y/o presentan en el organismo catastral, constituyendo la base normativa
para definir los estándares de los datos y los metadatos de los objetos catastrales
como aporte para la administración del territorio...";
Que el Artículo 64° del mismo cuerpo normativo establece que el Poder Ejecutivo
designará a la Autoridad de Aplicación de la presente Ley, la cual a su vez dicta los
Reglamentos Técnicos y otras normas complementarias que fueren necesarias para la
aplicación de la Ley;
Que el Decreto N° 413/GCABA/AJG/2021, designa en su Art. 1° a la Dirección General
de Registro de Obras y Catastro como autoridad de aplicación de la Ley N° 6437/2021;
Que los Reglamentos Técnicos de la Ley de Catastro N° 6437/2021 comprenden y
describen un conjunto de procedimientos administrativos relacionados con la
actualización del Catastro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo por el cual
se apruebe los Reglamentos Técnicos identificado como Informe gráfico IF-2021-
39242255-GCABA-DGROC;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado debida
intervención conforme lo normado por la Ley N° 1218 (texto consolidado por Ley N°
6347);
Por ello, y en virtud de las facultades que le fueron conferidas, por el Decreto N°
388/GCABA/2021;
Artículo 1°.- Apruébase el Reglamento Técnico de la Ley de Catastro N° 6437/2021
identificado como IF-2021-39242255-GCABADGROC, de acuerdo a lo expuesto en los
considerandos.
Artículo 2°.- Establézcase que la presente disposición entrará en vigencia a partir de
su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Secretaría de Desarrollo Urbano y a la Subsecretaría de Gestión
Urbana. Cumplido archívese. Ciliberto