DECRETO 68 2022
Síntesis:
NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTICULO 1° DEL DECRETO N° 68/GCABA/22 RATIFICA LA LA RESOLUCIÓN N° 183-MEGC/16, DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL. SE RATIFICA - RESOLUCIÓN N° 183-MEGC/16 - SE APRUEBA - TRASLADO DE SECCIONES - JARDÍN DE INFANTES NUCLEADO B - DISTRITO ESCOLAR N° 14 - ANEXAS A LAS ESCUELAS PRIMARIAS N° 8 Y N° 23 - JUAN AGUSTÍN GARCÍA N° 1511 - CAMBIO DE JORNADA DE SECCIONES - ESCUELAS 15 Y 21 - SE CREAN CARGOS - MAESTRO/A ESPECIAL DE EDUCACIÓN MUSICAL - MAESTRO/A ESPECIAL DE EDUCACIÓN FÍSICA -
Publicación:
23/02/2022
Sanción:
21/02/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley de Educación Nacional N° 26206 y su modificatoria N° 27045, la Ley N°
6292 (texto consolidado por Ley N° 6347), los Decretos Nros. 681/16 y 463/19 y sus
modificatorios, la Resolución N° 1653-MEGC/14 y su modificatoria N° 183-MEGC/16,
el Expediente Electrónico N° 04617974/GCABA/DGEGE/22, y
CONSIDERANDO:
Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa extendiendo la
garantía de escolaridad, expandiendo la Red Escolar, creando escuelas para asegurar
la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia, reinserción y egreso del
sistema educativo;
Que conforme la Ley de Educación Nacional N° 26206 y su modificatoria N° 27045, la
obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cuatro (4) años
hasta la finalización del nivel de la educación secundaria;
Que por la Ley N° 6292 se establece que el Ministerio de Educación tiene entre sus
objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos que conformen un sistema único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social y el de administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando
la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades;
Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Ministerio de Educación, bajo cuya dependencia se encuentra la
Dirección General de Educación de Gestión Estatal, dependiente de la Subsecretaría
de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa;
Que por la Resolución N° 1.653-MEGC/14, ratificada por Decreto N° 681/16, se creó el
Jardín de Infantes Nucleado B Distrito Escolar 14°, conformado por dos (2) secciones
de jornada completa anexas a la Escuela N ° 1 con domicilio en la calle Otero N° 271,
una (1) sección de jornada completa anexa a la Escuela N° 8 ubicada en la calle Jorge
Newbery N° 4436, cuatro (4) secciones de jornada simple de la Escuela N° 21 en la
calle Martínez Rosas N° 1364 y una (1) sección de jornada completa en la Escuela N°
23 con domicilio en la calle Gral. M. Rodríguez N° 2332, todas de esta Ciudad;
Que por la Resolución N° 183-MEGC/16 se modificó la sede del Jardín de Infantes
Nucleado B del Distrito Escolar 14°, estableciéndose la misma en la Escuela N° 1, sita
en la calle Otero N° 271, de esta Ciudad;
Que la creación de establecimientos, como la adaptación de los existentes a la
demanda actual, contribuye a profundizar el proceso de expansión que se viene
suscitando en el Nivel Inicial y favorece a cumplimentar la política de inclusión
educativa propuesta para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, abarcando y
contemplando las necesidades de distintos grupos sociales;
Que a los efectos de acompañar a las familias y al proceso de enseñanza y de
aprendizaje de los alumnos, y beneficiar las prácticas áulicas, mejorando los
mecanismos de contención, seguimiento y asesoramiento a la comunidad educativa,
se promueve el traslado de las secciones que funcionan en las Escuelas Primarias N°
8 y N° 23 al edificio sito en la calle Juan Agustín García N° 1511 de esta Ciudad,
donde funciona la Escuela Primaria N° 15;
Que asimismo deviene oportuno señalar que los Jardines de Infantes Nucleados
fueron creados como una organización funcional que agrupa diversas secciones
anexas a escuelas primarias, promoviendo así la articulación entre niveles;
Que en consideración de ello resulta necesario adecuar la jornada de las secciones de
Nivel Inicial, propiciándose el cambio de jornada de las secciones anexas a las
Escuelas N° 15 y N° 21, de modo que se favorezca la continuidad de la trayectoria de
los alumnos y el pasaje entre niveles;
Que de esta manera el Jardín de Infantes Nucleado B del Distrito Escolar 14°, quedará
conformado por dos (2) secciones de jornada completa anexas a la Escuela N° 1,
donde además se encuentra su Sede, cuatro (4) secciones de jornada simple anexa a
la Escuela N° 15 y dos (2) secciones de jornada completa de la Escuela N° 21;
Que cabe destacar que el traslado y cambio de modalidad propiciados no afectan a
población estudiantil alguna, así como tampoco a la Planta Orgánico Funcional que se
encuentra actualmente vigente para el Jardín de Infantes Nucleado B del Distrito
Escolar 14°, cuyo personal continuará prestando funciones -manteniendo las
condiciones y cargos oportunamente designados por el Ministerio de Educación- en
las secciones anexas a las Escuelas Primarias N° 1, 15 y 21, según corresponda
conforme lo detallado en el Anexo (IF-2022- 05387726-GCABA-DGEGE);
Que asimismo resulta necesario crear dos (2) cargos de maestro/a especial de
educación musical y un (1) cargo de maestro/a especial de educación física para las
secciones anexas de la Escuela N° 15 del Distrito Escolar 14°, de conformidad con lo
detallado en el Anexo (IF-2022-05387726-GCABA-DGEGE);
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario y oportuno el dictado del acto
administrativo pertinente, en el sentido precedentemente expresado.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Ratifícase la Resolución N° 183-MEGC/16.
Artículo 2°.- Apruébase el traslado de las secciones del Jardín de Infantes Nucleado B
del Distrito Escolar N° 14 anexas a las Escuelas Primarias N° 8 y N° 23 al edificio sito
en la calle Juan Agustín García N° 1511, de esta Ciudad.
Artículo 3°.- Apruébase el cambio de jornada de las secciones del Jardín de Infantes
Nucleado B del Distrito Escolar 14° ubicadas en las Escuelas N° 15 y 21.
Artículo 4°.- Establécese que en virtud de lo aprobado en los artículos 2° y 3° del
presente Decreto, el Jardín de Infantes Nucleado B del Distrito Escolar 14° quedará
conformado por dos (2) secciones de jornada completa anexas a la Escuela N° 1 con
domicilio en la calle Otero N° 271, cuatro (4) secciones de jornada simple anexas a la
Escuela N° 15 ubicada en la calle Juan Agustín García N° 1511, y dos (2) secciones
de jornada completa de la Escuela N° 21 en la calle Martínez Rosas N° 1364, todas de
esta Ciudad, con sede en la Escuela N° 1.
Artículo 5°.- Establécese que el personal docente y el equipo directivo que conforma la
Planta Orgánico Funcional del Jardín de Infantes Nucleado B Distrito Escolar 14°
continuará desempeñando funciones en los mismos cargos y en iguales condiciones y
funciones que los oportunamente designados por el Ministerio de Educación, de
conformidad con lo detallado en el Anexo (IF-2022-05387726-GCABA-DGEGE) el que
a todos los efectos forma parte del presente Decreto.
Artículo 6°.- Créanse dos (2) cargos de maestro/a especial de educación musical y un
(1) cargo de maestro/a especial de educación física para el Jardín de Infantes
Nucleado B del Distrito Escolar 14°, conforme lo detallado en el Anexo (IF-2022-
05387726-GCABA-DGEGE) el que a todos los efectos forma parte integrante del
presente Decreto.
Artículo 7°.- Establécese que el gasto que demande lo dispuesto en los artículos
precedentes será imputado a la partida presupuestaria vigente.
Artículo 8°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación, el
señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas y
pase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
Acuña - Mura - Miguel