RESOLUCIÓN 108 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
CREACIÓN - SELLO COMPROMISO CON LA EDUCACIÓN - INCORPORACIÓN - SISTEMA BUENOS AIRES COMPRAS (BAC) - COMPRAS Y CONTRATACIONES - ENTIDADES - PERSONAS JURÍDICAS - PERSONAS HUMANAS - REGISTRO - IDENTIFICACIÓN - SISTEMA DE INSCRIPCIÓN PARA ENTIDADES Y PERSONAS HUMANAS COMPROMETIDAS CON LA EDUCACIÓN - EDUCACIÓN SECUNDARIA - EMPRESAS - ORGANISMOS - LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES DESTINADAS A LOS/LAS ESTUDIANTES DE LOS INSTITUTOS DE -DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TÉCNICA SUPERIOR - CAPACITACIÓN LABORAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
14/03/2022
Sanción:
10/03/2022
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley de Educación Nacional N° 26.206 y su modificatoria, la Leyes Nros.
898 y 2.095 (textos consolidados por Ley N° 6.347), el Decreto N° 10-GCABA-AJG/22,
las Resoluciones Nros. 4471-MEDGC/17 y su modificatoria, 106-SSCPEE/18, 3958-
GCABA-MEDGC/21, 53-GCABA-SSCPEE/21, 775-GCABAMEDG/22, 3-GCABA-
SSAALV/22, el Expediente Electrónico N° 09.424.325-GCABA-DGCSIP/22, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 898 (texto consolidado por Ley N° 6.347) la Ciudad
implementó la obligatoriedad de la Escuela Secundaria en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que posteriormente la Ley de Educación Nacional N° 26.206 estableció la
obligatoriedad de la Escuela Secundaria, y propició que las jurisdicciones garanticen
las alternativas de acompañamiento de la trayectoria escolar de los/las jóvenes, a
efectos de fortalecer el proceso educativo individual y/o grupal de los alumnos;
Que la mentada normativa establece que la educación secundaria en todas sus
modalidades y orientaciones tiene la finalidad de habilitar a los/las adolescentes y
jóvenes para el ejercicio pleno de la ciudadanía, para el trabajo y para la continuación
de sus estudios;
Que uno de los objetivos de la educación secundaria es el desarrollo de procesos de
orientación vocacional a fin de permitir una adecuada elección profesional y
ocupacional de los/las estudiantes, conforme lo dispuesto en la Ley de Educación
Nacional;
Que en este sentido, resulta necesario seguir profundizando la plena aplicación de la
Nueva Escuela Secundaria para todos los/las estudiantes de quinto año del Nivel
Secundario de Educación de Gestión Estatal y Privada, brindando oportunidades en
diversos ambientes de aprendizaje para adquirir, fomentar y profundizar las
capacidades, conocimientos y aptitudes orientadas, como parte de su aprendizaje a lo
largo de la vida, para la continuidad de los estudios superiores y el mundo del trabajo;
Que la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa dependiente
del Ministerio de Educación, por Resolución N° 106-SSCPEE/18, en el marco de la
Resolución N° 4471-MEGC/17, aprobó la implementación del Sistema de Inscripción
para las Prácticas Profesionalizantes para el registro de la información pertinente de
las entidades públicas, privadas y/o de la sociedad civil en general que deseen
participar de las mismas, con destino a las Escuelas Técnicas de Gestión Estatal de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dicho Sistema de Inscripción se creó con el fin de favorecer la articulación entre el
Ministerio de Educación y las entidades públicas, privadas y/o de la sociedad civil en
general, interesadas en participar de las Prácticas Profesionalizantes en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que a través de la Resolución N° 3958-GCABA-MEDGC/21 se aprobaron las
"Actividades de Aproximación al mundo del trabajo y a los estudios superiores"
destinadas a los/las estudiantes de los establecimientos de Nivel Secundario,
dependientes de las Direcciones de Educación Media, Artística y de Escuelas
Normales Superiores;
Que mediante la Resolución N° 53-GCABA-SSCPEE-2021, se modificaron los
alcances de la Resolución N° 106-SSCPEE/18, estableciendo, entre otras
consideraciones, que el Sistema de Inscripción se denominará en lo sucesivo "Sistema
de Inscripción para Entidades y Personas Humanas comprometidas con la Educación"
para asentar el compromiso a participar en las actividades educativas, en un marco de
cooperación institucional conjuntamente con el Ministerio de Educación;
Que por su parte, aquellas entidades inscriptas en el Sistema aprobado
oportunamente por la Resolución N° 106-SSCPEE/18, continúan participando del
desarrollo de actividades educativas como parte del nuevo Sistema, salvo que optaren
por no hacerlo;
Que por Resolución N° 775-GCABA-MEDGC/22, fueron aprobados los "Lineamientos
Generales para la implementación de las Prácticas Profesionalizantes destinadas a
los/las estudiantes de los Institutos de Formación Técnica Superior de gestión estatal"
dependientes de la Dirección de Educación Técnica Superior;
Que posteriormente, la Subsecretaría de Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida,
a través de la Resolución N° 3-GCABA-SSAALV/22, estableció la vigencia de la
Resolución N° 53-GCABA-SSCPEE/21 para las Prácticas Profesionalizantes del Nivel
Técnico Superior y la Formación Profesional de Gestión Estatal;
Que el Decreto N° 10-GCABA-AJG/22 modificó la estructura orgánica funcional,
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del citado
Ministerio, creándose bajo su dependencia funcional la Dirección General
Coordinación del Sistema Integral de Prácticas;
Que, conforme los términos del referido Decreto, la mentada Dirección General tiene
entre sus responsabilidades primarias la de "Coordinar el Sistema de Inscripción para
Entidades y Personas Humanas comprometidas con la Educación", y "Promover,
planificar y coordinar acciones en el marco de las prácticas y actividades de
aproximación al mundo del trabajo y a los estudios superiores, contribuyendo al
desarrollo individual y social de las personas y promoviendo el desarrollo económico
de la Ciudad, a través de estrategias que vinculen a los/las estudiantes con el mundo
del trabajo y los estudios superiores";
Que, en base a ello, se implementarán estrategias con la finalidad de alcanzar la
mayor participación de entidades, personas jurídicas y personas humanas que
pretendan comprometerse con la educación, contribuyendo así al desarrollo de
actividades educativas como parte del nuevo sistema y al desarrollo económico de la
Ciudad, en un marco de cooperación institucional;
Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General de
Compras y Contrataciones, en base a su experiencia como Órgano Rector del Sistema
de Compras y Contrataciones, promoverá de manera gradual y progresiva la
adecuada y efectiva instrumentación de criterios ambientales, éticos, sociales y
económicos en las contrataciones públicas, conforme lo establece el artículo 7°, inciso
9, de la Ley N° 2.095;
Que, en función de lo expuesto, y atento al criterio ético-social antes mencionado,
deviene necesario la creación de una herramienta que permita distinguir a las
Entidades, Personas Jurídicas y Personas Humanas comprometidas con la Educación,
a través del otorgamiento de un Sello, siempre que las mismas formen parte del
"Sistema de Inscripción para Entidades y Personas Humanas Comprometidas con la
Educación" y se encuentren inscriptas en el "Registro Informatizado Único y
Permanente de Proveedores" (RIUPP), en condiciones de participar en procesos de
compra pública;
Que por ello, resulta menester incorporar el "Sello Compromiso con la Educación" en
el Sistema de Compras y Contrataciones de Bienes y Servicios de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires "Buenos Aires Compras" (BAC), a los fines de permitir su
identificación de manera sencilla y eficaz, para el caso de la participación de las
mismas en aquellos procesos de contratación que incluyan criterios de sustentabilidad
con enfoque ético - social;
Que asimismo, a los fines de dar cumplimiento a lo antes señalado, el Órgano Rector
generará recomendaciones a las Unidades Operativas de Adquisiciones a los fines de
fomentar la participación de las entidades, personas jurídicas y personas humanas
comprometidas con la Educación en los procesos de compras y contrataciones;
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección General de
Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de Educación y las Direcciones
Generales de Compras y Contrataciones y Técnica, Administrativa y Legal del
Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Créase el "Sello Compromiso con la Educación", el que será otorgado por
la Dirección General Coordinación del Sistema Integral de Prácticas, cuyo objeto será
identificar a las Entidades, Personas Jurídicas y Personas Humanas registradas en el
"Sistema de Inscripción para Entidades y Personas Humanas comprometidas con la
Educación", de conformidad con las pautas detalladas en el Anexo I (IF-2022-
09522121-GCABA-DGCSIP), que forma parte integrante de la presente Resolución
Conjunta.
Artículo 2°.- Incorpórase en el Sistema "Buenos Aires Compras (BAC)" el "Sello
Compromiso con la Educación", a fin de permitir la identificación de Entidades,
Personas Jurídicas y Personas Humanas registradas en el Sistema mencionado en el
artículo 1° e inscriptas en el Registro Informatizado Único y Permanente de
Proveedores (RIUPP).
Artículo 3°.- Encomiéndase a la Dirección General de Compras y Contrataciones la
generación de recomendaciones a las Unidades Operativas de Adquisiciones a los
fines de fomentar la participación de las entidades, personas jurídicas y personas
humanas comprometidas con la Educación en los procesos de compras y
contrataciones.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y
Subsecretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango o responsabilidades
equivalentes. Cumplido, archívese. Acuña Miguel p/p