RESOLUCIÓN 106 2018 SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA

Síntesis:

IMPLEMENTA SISTEMA DE INSCRIPCIÓN PARA LAS PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES - REGISTRO DE INFORMACIÓN - ENTIDADES PÚBLICAS PRIVADAS O DE LA SOCIEDAD CIVIL EN GENERAL - PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES - ESCUELAS TÉCNICAS DE GESTIÓN ESTATAL - EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL - NIVEL MEDIO Y SUPERIOR NO UNIVERSITARIO - SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL - FORMACIÓN PROFESIONAL - SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - ALUMNAS - ALUMNOS - EMPLEO - TRABAJO

Publicación:

26/12/2018

Sanción:

11/10/2018

Organismo:

SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA


 

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VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 5.460 (texto

consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria Ley N° 5.960, la Ley de Educación

Técnico Profesional N° 26.058, las Resoluciones del Consejo Federal de Educación N°

229-CFE/14, la Resolución N° 4145-SSGECP/12 y su complementaria N° 2822-

MEGC/14, la Resolución N° 4471-MEGC/17 y su ampliatoria N° 1911-MEGC/18, el

Expediente Electrónico N° 26.205.196/MGEYA-DGEGE/18, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que por Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria Ley N°

5.960, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Educación e Innovación;

Que, en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación e

Innovación "Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al

desarrollo individual y social";

Que la Ley N° 26.058 regula y ordena la Educación Técnico Profesional en el nivel

medio y superior no universitario del Sistema Educativo Nacional y la Formación

Profesional a la vez que recepta trayectorias de profesionalización con el fin de

garantizar a los alumnos y alumnas el acceso a una base de capacidades

profesionales y saberes;

Que la citada Ley tiene entre sus objetivos el de desarrollar oportunidades de

formación específica propia de la profesión u ocupación abordada y prácticas

profesionalizantes dentro del campo ocupacional elegido, estableciendo que las

jurisdicciones deberán articular los mecanismos y acciones para la implementación de

las mencionadas prácticas, autorizando a tal fin, la celebración de convenios con

distintas entidades sean del sector público o privado, así como Organizaciones No

Gubernamentales, civiles, empresas, entre otros;

Que mediante Resolución del Consejo Federal de Educación N° 229-CFE/14 se

aprueba el documento "Criterios Federales para la organización institucional y

Lineamientos Curriculares de la Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario y

Superior";

Que la precitada normativa federal recepta a las prácticas profesionalizantes como uno

de los núcleos centrales y un eje transversal de la formación, que da sentido e

integralidad al conjunto de saberes y capacidades que comprende la formación

orientada a un perfil profesional y se expresa en un título técnico, lo que supone una

articulación necesaria de los aprendizajes de los distintos espacios curriculares;

Que por Resolución N° 4145-SSGECP/12 y su complementaria N° 2822-MEGC/14, se

aprueba el Diseño Curricular del Primer Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de

Nivel Secundario diurno;

Que asimismo, por las Resoluciones pertinentes, se aprobaron los diversos Diseños

Curriculares Jurisdiccionales del Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional

de Nivel Secundario, correspondientes a las especialidades de dicha modalidad,

receptando a las prácticas profesionalizantes como actividades formativas de dichas

propuestas curriculares, a desarrollarse en el cuarto (4to) año del Segundo ciclo de

dicha modalidad, a excepción de las especialidades de Mecánica, Indumentaria y

productos de confección textil, e Industria de la Orfebrería, los que se desarrollarán en

el tercer (3er) y cuarto (4to) año del Segundo ciclo de esa modalidad;

Que, en este orden de ideas, mediante Resolución N° 4471-MEGC/17, se aprobó la

implementación de las Prácticas Profesionalizantes para todos los alumnos/as de

escuelas de Educación Técnica de gestión estatal y de gestión privada, dependientes

de la Dirección de Educación Técnica de la Dirección General de Educación de

Gestión Estatal y de la Dirección General de Educación Privada, dependientes de la

Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa;

Que dichas Prácticas, si bien son planificadas y organizadas por la institución

educativa, pueden desarrollarse tanto dentro como fuera de la misma, pudiendo

participar al efecto, entidades públicas, o privadas, o de la sociedad civil en general;

Que atento ello, mediante Resolución N° 1911-MEGC/18 se aprobó el Acta Acuerdo

para la realización de las Prácticas Profesionalizantes en Escuelas Técnicas de

Educación de Gestión Estatal y de Gestión Privada;

Que a través de la mencionada Acta se busca asentar el compromiso para la

realización de las actividades de cooperación institucional y de asistencia técnica así

como el lugar donde se realizarán las Prácticas en cuestión;

Que a fin de favorecer la articulación entre este Ministerio de Educación e Innovación y

las entidades públicas, privadas o de la sociedad civil en general, que quieran

participar de las Prácticas Profesionalizantes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

deviene necesaria y oportuna la aprobación de un Sistema de Inscripción que permita,

el registro de los datos relativos a dichas entidades participantes, facilitando la

implementación de las prácticas conforme los perfiles profesionales en que los

estudiantes se estén formando;

Que en virtud de lo expuesto, deviene pertinente el dictado del acto administrativo que

apruebe el Sistema de Inscripción para Entidades Públicas, Privadas o de la Sociedad

Civil para las Prácticas Profesionalizantes para Escuelas Técnicas de Gestión Estatal

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y haciendo uso de las facultades delegadas por la Resolución N° 4471-

MEGC/17,

LA SUBSECRETARIA

DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase la implementación del Sistema de Inscripción para las Prácticas

Profesionalizantes para el registro de la información pertinente de las entidades

públicas, privadas o de la sociedad civil en general, que deseen participar de las

Prácticas Profesionalizantes para Escuelas Técnicas de Gestión Estatal de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2.- Apruébanse las Bases y Condiciones para la implementación del Sistema

aprobado por el artículo 1, conforme se detalla en el Anexo I (IF-26229232-DGEGE-

18), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Determínase que, previo al inicio de las actividades referidas a las

Prácticas Profesionalizantes, será requisito indispensable que las entidades y

organizaciones públicas, privadas o de la sociedad civil participantes, den

cumplimiento a los requisitos establecidos en el Anexo I.

Artículo 4.- Apruébase el Certificado que acredita la inscripción de aquellas entidades

públicas, privadas o de la sociedad civil en general, en el Sistema de Inscripción para

las Prácticas Profesionalizantes aprobado por el artículo 1, conforme Anexo II (IF-

26229327-DGEGE-18), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a

la Dirección General de Educación de Gestión Estatal y a la Dirección de Educación

Técnica, dependientes de este Ministerio. Cumplido, archívese. Bruzos Bouchet


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5525

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 3-SSAALV/22 establece la aplicación de los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de la Resolución 53-SSCPEE/21 (modificatoria de la Resolución 106-SSCPEE/18) para las prácticas profesionalizantes del Nivel Técnico Superior y la Formación Profesional de Gestión Estatal</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 108-MHFGC-MEDGC/22 crea el Sello Compromiso con la Educación, cuyo objeto será<br />identificar a las Entidades, Personas Jurídicas y Personas Humanas registradas en el Sistema de Inscripción para Entidades y Personas Humanas comprometidas con la Educación, inscriptas según lo establecido por Resolución 106-SSCPEE/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 53/SSCPEE/21 modifica  los alcances de la Resolución N° 106-SSCPEE/18, y establece que el Sistema de Inscripción se denominará en lo sucesivo Sistema de Inscripción para Entidades y Personas Humanas Comprometidas con la Educación.</p><p>Art. 2 sustituye el Anexo  (IF-26229232-DGEGE-18)</p>
INTEGRA
<p>Art. 1º de la Resolución Nº 106-SSCPEE-18 aprueba la implementación del Sistema de Inscripción para las Prácticas Profesionalizantes para el registro de la información pertinente de las entidades que deseen participar de las Prácticas Profesionalizantes para Escuelas Técnicas de Gestión Estatal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Resolución Nº 4471-MEGC-17.</p>