RESOLUCIÓN 106 2018 SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
Síntesis:
IMPLEMENTA SISTEMA DE INSCRIPCIÓN PARA LAS PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES - REGISTRO DE INFORMACIÓN - ENTIDADES PÚBLICAS PRIVADAS O DE LA SOCIEDAD CIVIL EN GENERAL - PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES - ESCUELAS TÉCNICAS DE GESTIÓN ESTATAL - EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL - NIVEL MEDIO Y SUPERIOR NO UNIVERSITARIO - SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL - FORMACIÓN PROFESIONAL - SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - ALUMNAS - ALUMNOS - EMPLEO - TRABAJO
Publicación:
26/12/2018
Sanción:
11/10/2018
Organismo:
SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
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VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 5.460 (texto
consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria Ley N° 5.960, la Ley de Educación
Técnico Profesional N° 26.058, las Resoluciones del Consejo Federal de Educación N°
229-CFE/14, la Resolución N° 4145-SSGECP/12 y su complementaria N° 2822-
MEGC/14, la Resolución N° 4471-MEGC/17 y su ampliatoria N° 1911-MEGC/18, el
Expediente Electrónico N° 26.205.196/MGEYA-DGEGE/18, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que por Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria Ley N°
5.960, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Educación e Innovación;
Que, en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación e
Innovación "Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al
desarrollo individual y social";
Que la Ley N° 26.058 regula y ordena la Educación Técnico Profesional en el nivel
medio y superior no universitario del Sistema Educativo Nacional y la Formación
Profesional a la vez que recepta trayectorias de profesionalización con el fin de
garantizar a los alumnos y alumnas el acceso a una base de capacidades
profesionales y saberes;
Que la citada Ley tiene entre sus objetivos el de desarrollar oportunidades de
formación específica propia de la profesión u ocupación abordada y prácticas
profesionalizantes dentro del campo ocupacional elegido, estableciendo que las
jurisdicciones deberán articular los mecanismos y acciones para la implementación de
las mencionadas prácticas, autorizando a tal fin, la celebración de convenios con
distintas entidades sean del sector público o privado, así como Organizaciones No
Gubernamentales, civiles, empresas, entre otros;
Que mediante Resolución del Consejo Federal de Educación N° 229-CFE/14 se
aprueba el documento "Criterios Federales para la organización institucional y
Lineamientos Curriculares de la Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario y
Superior";
Que la precitada normativa federal recepta a las prácticas profesionalizantes como uno
de los núcleos centrales y un eje transversal de la formación, que da sentido e
integralidad al conjunto de saberes y capacidades que comprende la formación
orientada a un perfil profesional y se expresa en un título técnico, lo que supone una
articulación necesaria de los aprendizajes de los distintos espacios curriculares;
Que por Resolución N° 4145-SSGECP/12 y su complementaria N° 2822-MEGC/14, se
aprueba el Diseño Curricular del Primer Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de
Nivel Secundario diurno;
Que asimismo, por las Resoluciones pertinentes, se aprobaron los diversos Diseños
Curriculares Jurisdiccionales del Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional
de Nivel Secundario, correspondientes a las especialidades de dicha modalidad,
receptando a las prácticas profesionalizantes como actividades formativas de dichas
propuestas curriculares, a desarrollarse en el cuarto (4to) año del Segundo ciclo de
dicha modalidad, a excepción de las especialidades de Mecánica, Indumentaria y
productos de confección textil, e Industria de la Orfebrería, los que se desarrollarán en
el tercer (3er) y cuarto (4to) año del Segundo ciclo de esa modalidad;
Que, en este orden de ideas, mediante Resolución N° 4471-MEGC/17, se aprobó la
implementación de las Prácticas Profesionalizantes para todos los alumnos/as de
escuelas de Educación Técnica de gestión estatal y de gestión privada, dependientes
de la Dirección de Educación Técnica de la Dirección General de Educación de
Gestión Estatal y de la Dirección General de Educación Privada, dependientes de la
Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa;
Que dichas Prácticas, si bien son planificadas y organizadas por la institución
educativa, pueden desarrollarse tanto dentro como fuera de la misma, pudiendo
participar al efecto, entidades públicas, o privadas, o de la sociedad civil en general;
Que atento ello, mediante Resolución N° 1911-MEGC/18 se aprobó el Acta Acuerdo
para la realización de las Prácticas Profesionalizantes en Escuelas Técnicas de
Educación de Gestión Estatal y de Gestión Privada;
Que a través de la mencionada Acta se busca asentar el compromiso para la
realización de las actividades de cooperación institucional y de asistencia técnica así
como el lugar donde se realizarán las Prácticas en cuestión;
Que a fin de favorecer la articulación entre este Ministerio de Educación e Innovación y
las entidades públicas, privadas o de la sociedad civil en general, que quieran
participar de las Prácticas Profesionalizantes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
deviene necesaria y oportuna la aprobación de un Sistema de Inscripción que permita,
el registro de los datos relativos a dichas entidades participantes, facilitando la
implementación de las prácticas conforme los perfiles profesionales en que los
estudiantes se estén formando;
Que en virtud de lo expuesto, deviene pertinente el dictado del acto administrativo que
apruebe el Sistema de Inscripción para Entidades Públicas, Privadas o de la Sociedad
Civil para las Prácticas Profesionalizantes para Escuelas Técnicas de Gestión Estatal
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y haciendo uso de las facultades delegadas por la Resolución N° 4471-
MEGC/17,
LA SUBSECRETARIA
DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA
RESUELVE
Artículo 1.- Apruébase la implementación del Sistema de Inscripción para las Prácticas
Profesionalizantes para el registro de la información pertinente de las entidades
públicas, privadas o de la sociedad civil en general, que deseen participar de las
Prácticas Profesionalizantes para Escuelas Técnicas de Gestión Estatal de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2.- Apruébanse las Bases y Condiciones para la implementación del Sistema
aprobado por el artículo 1, conforme se detalla en el Anexo I (IF-26229232-DGEGE-
18), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Determínase que, previo al inicio de las actividades referidas a las
Prácticas Profesionalizantes, será requisito indispensable que las entidades y
organizaciones públicas, privadas o de la sociedad civil participantes, den
cumplimiento a los requisitos establecidos en el Anexo I.
Artículo 4.- Apruébase el Certificado que acredita la inscripción de aquellas entidades
públicas, privadas o de la sociedad civil en general, en el Sistema de Inscripción para
las Prácticas Profesionalizantes aprobado por el artículo 1, conforme Anexo II (IF-
26229327-DGEGE-18), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a
la Dirección General de Educación de Gestión Estatal y a la Dirección de Educación
Técnica, dependientes de este Ministerio. Cumplido, archívese. Bruzos Bouchet