RESOLUCIÓN 169 2004 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD

Síntesis:

ESTABLECE, A LAS DIRECCIONES JUDICIALES, NORMAS PARA LA INFORMACIÓN QUE DEBERÁN INGRESAR AL SISTEMA ÚNICO DE SEGUIMIENTO DE JUICIOS. DERÓGASE LA RESOLUCIÓN N° 12/PG/04, B.O. N° 1877 - CORRECCIÓN DE INFORMACIÓN - VALIDACIÓN DE INFORMACIÓN - CARGA DE DATOS - INFORMACIÓN JUDICIAL - JUICIOS DE LA CIUDAD - AUTOS - EXPEDIENTES JUDICIALES - DIRECCIÓN AUDITORÍA - REMISIÓN DE INFORMACIÓN DETALLADA - DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL INTERNO - PROYECTO INFORMATIZACIÓN INTEGRAL DE LA PROCURACIÓN GENERAL - PRÉSTAMO BID - CONTRATO 1107/OC-AR - SOFTWARE DE GESTIÓN - CIRCUITO ADMINISTRATIVO

Publicación:

02/08/2004

Sanción:

20/07/2004

Organismo:

F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD


Visto la Resolución N° 12/PG/04; y

CONSIDERANDO:

Que en el mes de agosto de 2003 fue aprobado y comenzó a ejecutarse el Proyecto Informatización Integral de la Procuración General con fondos del Préstamo BID N° 1.107/OC-AR;

Que este proyecto contempla la provisión de equipamiento informático, de telefonía, del cableado estructural (cableado de voz, datos y eléctrico) y, finalmente, el desarrollo de un software integral de gestión;

Que el sistema integral de gestión está compuesto por varios módulos, entre ellos el Sistema Único de Seguimiento de Juicios, cuya implementación se consideró urgente;

Que, por ese motivo se desarrolló rápidamente una versión básica de este componente para centralizar la carga de datos lo antes posible evitando los errores que se generan por la fragmentación de la información en distintas plataformas y distintas computadoras;

Que, por otra parte, la Resolución N° 12/PG/04 estableció que las Direcciones Judiciales debían remitir con frecuencia semanal un listado en papel y soporte magnético de todos los juicios que tuvieran a su cargo consignando autos, número de expediente judicial, radicación, letrado a cargo del juicio, monto y estado procesal actualizado;

Que hasta la fecha se cumplió con esta norma generando en cada área un archivo diferente donde se listaron los datos requeridos;

Que, como se mencionó, es imperioso reunir la información de los procesos judiciales en un solo sistema de seguimiento al que se pueda acceder a través de la red para evitar la dispersión en distintos archivos y plataformas que dificulta en gran medida el control de la integridad de los datos consignados;

Que la información contenida en los listados confeccionados por cada área fue migrada al Sistema Único de Seguimiento de Juicios;

Que si bien todavía está en etapa de desarrollo, el primer módulo del sistema unificado para el seguimiento de juicios ya está en condiciones de comenzar a ser probado;

Que es necesario corregir y validar la información que fue migrada para subsanar posibles errores en dicho proceso;

Que una vez que comience a ser utilizado, el sistema se irá perfeccionando a partir de las mejoras que los usuarios consideren necesario implementar;

Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,

LA PROCURADORA GENERAL DE LA

CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1° - Derógase la Resolución N° 12/PG/04.

Artículo 2° - Las Direcciones Judiciales deberán verificar y corregir por una única vez la información de los juicios de su área que fue migrada al Sistema Único de Seguimiento de Juicios.

Artículo 3° - Las Direcciones Judiciales deberán cargar en forma periódica en el Sistema Único de Seguimiento de Juicios los datos de los juicios nuevos que ingresen a sus respectivas áreas.

Artículo 4° - Las Direcciones Judiciales deberán cargar los movimientos procesales de los juicios a su cargo en el Sistema Único de Seguimiento de Juicios en un plazo máximo de una semana a partir de la fecha en que se produjeran.

Artículo 5° - El ingreso de datos al Sistema Único de Seguimiento de Juicios se realizará con la asistencia del personal auxiliar contratado por el Proyecto Informatización Integral de la Procuración General.

Artículo 6° - Las Direcciones Judiciales deberán entregar a la Dirección Auditoría el último día hábil de cada mes un listado de los juicios de su área cargados en el Sistema Único de Seguimiento de Juicios que contenga: autos, número de expediente judicial, radicación, letrado/s a cargo del juicio, monto y estado procesal actualizado.

Artículo 7° - La Procuradora General y el Procurador General Adjunto de Asuntos Contenciosos tomarán conocimiento directo de la información mencionada en el artículo 6° de la presente a través de la Dirección General de Control Interno, que arbitrará los medios para el cumplimiento de la presente Resolución.

Artículo 8° - Regístrese, y a los efectos señalados, póngase en conocimiento del Procurador General Adjunto de Asuntos Contenciosos, de la Dirección General de Control Interno, de la Dirección General de Asuntos Judiciales, y de la Dirección General Técnico Administrativa, la que solicitará la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Tade

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
Artículo 1° - Deroga la Resolución N° 12/PG/04
DEROGADA POR
Deroga la Resolución N° 169/PG/2004.