RESOLUCIÓN 2496 2004 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR EL CERTIFICADO FISCAL, PARA PARTICIPAR EN LICITACIONES O CONTRATACIONES DEL GIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS - SISTEMA DE CONTRATACIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - CONTRATACIONES DEL ESTADO - DEUDORES MOROSOS - EVASORES - DENEGACIÓN DE CERTIFICADO FISCAL PARA LICITACIONES Y/O CONTRATACIONES CON EL GOBIERNO DE LA CIUDAD - REGISTRO ÚNICO DE PROVEEDORES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD

Publicación:

19/08/2004

Sanción:

04/08/2004

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto la Carpeta N° 5.166/DGR/2004, y

CONSIDERANDO:

Que el apartado j) del inciso 4° del Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del artículo 61 del Decreto Ley N° 23.354/56, y de aplicación al Sistema de Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por imperio de la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70 establece que No podrán contratar con el Estado: j) Los evasores y deudores morosos impositivos o previsionales, declarados por autoridad competente, según corresponda, así como también los deudores morosos del fisco (Conforme texto Art. 1° del Decreto Nacional N° 825/1988, B.O. 12/7/1988);

Que a fin de posibilitar el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa señalada precedentemente y con el objeto de instrumentar un sistema de información idónea, se instituyó -mediante el Decreto N° 540/GCABA/2001- el Certificado Fiscal para licitaciones y/o contrataciones con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose la obligatoriedad de su presentación para todos los interesados en participar en licitaciones o contrataciones, de cualquier naturaleza con este Gobierno, por un importe superior a treinta mil pesos ($ 30.000);

Que la medida señalada se enmarca dentro del amplio proceso de reforma y modernización del Estado Autónomo que viene llevando a cabo el Gobierno de la Ciudad, tendiente a lograr una mayor eficiencia, eficacia y transparencia en lo concerniente a la gestión de contrataciones, en cuyo marco se dictó el Decreto N° 101/GCABA/2003, mediante cuyo Art. 1° se creó, en la órbita de la Dirección General de Compras y Contrataciones, el Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que teniendo en cuenta lo expuesto y a efectos de armonizar la aplicación de la normativa vigente con relación al Sistema de Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde reglamentar los efectos de la denegatoria de extensión del Certificado Fiscal, ratificando asimismo el procedimiento instituido con respecto a este por la Resolución N° 1.798/DGR/2004;

Por ello, conforme a lo aconsejado por la Dirección General de Rentas y en ejercicio de las facultades acordadas en el Art. 8° del Decreto N° 540/GCABA/2001 (B.O. N° 1187),

LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Cuando a tenor de lo establecido en el Decreto N° 540/GCABA/2001 y su reglamentación, se denegase a los interesados el Certificado Fiscal instituido en el mencionado Decreto, estos no podrán participar en licitaciones o contrataciones con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquiera sea el monto de oferta que pretendan realizar.

Artículo 2° - En el supuesto de denegación previsto en el Art. 1° de la presente, a fin de obtener el Certificado Fiscal para licitaciones y contrataciones..., los contribuyentes y responsables quedan obligados a regularizar la situación fiscal indicada en el informe de denegatoria previsto en el Anexo III del Decreto N° 540/GCABA/01.

Artículo 3° - Ratificase la Resolución N° 1.798/DGR/2004 dictada por la Dirección General de Rentas, dependiente de esta Secretaría de Hacienda y Finanzas.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones; cumplido, remítase a la Dirección General de Rentas para su conocimiento y demás efectos. Albamonte

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Impedimento para presentación en licitaciones/contrataciones.
RATIFICA
Artículo 3° - Ratificase la Resolución N° 1.798/DGR/2004 dictada por la Dirección General de Rentas, Secretaría de Hacienda y Finanzas