RESOLUCIÓN 555 2004 SECRETARIA DE PRODUCCION, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Síntesis:
LLAMADO A CONCURSO TURISMO 2004 EN EL MARCO DEL PROGRAMA FONDO PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES, PARA SUBSIDIAR PROYECTOS DE DESARROLLO TURÍSTICO PARA PYMES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES APRUEBA BASES Y CONDICIONES - SUBSECRETARÍA DE TURISMO - CONCURSOS - CONCURSO TURISMO 2004 - SUBSIDIOS - PROYECTOS DE DESARROLLO TURÍSTICO - MICRO PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - P.Y.M.E.S. - FORMULARIOS - DIRECCIÓN GENERAL INDUSTRIA Y COMERCIO - INSCRIPCIÓN - TURISMO RECEPTIVO - SERVICIOS PARA TURISTAS
Publicación:
01/09/2004
Sanción:
18/08/2004
Organismo:
SECRETARIA DE PRODUCCION, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Vistos los Decretos Nros. 2.696/GCBA/03 y 118/GCBA/03 y,
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto N° 118/GCBA/2003 citado en segundo término implementó un programa destinado a apoyar el desarrollo de las PyMEs que desplieguen su actividad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, este mismo Decreto prevé que ese apoyo se materialice mediante el otorgamiento de subsidios a través de concursos públicos a los cuales puedan presentarse las empresas de la Ciudad;
Que, el turismo receptivo constituye una de las actividades económicas más importantes de la Ciudad de Buenos Aires, disponiendo de una alta capacidad para generar empleos, provocando efectos multiplicadores sobre otros sectores de la economía porteña y posibilitando el incremento de la recaudación tributaria;
Que, según lo dispuesto en el Art. 53 del Decreto N° 2.696/GCBA/2003 citado arriba en primer término, la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable tiene atribución a través de su dependiente Subsecretaría de Turismo;
Que, la actividad de mención es desarrollada mayoritariamente por pequeñas y medianas empresas, resultando ser un sector estratégico para el desarrollo económico de la Ciudad;
Que, la ampliación y diversificación de la oferta turística de la Ciudad se traducirá, en lo inmediato, en una mejora de su imagen y, en el mediano plazo, en un crecimiento de la cantidad de turistas que arriben a Buenos Aires;
Que, el sector público puede potenciar las ventajas enunciadas, brindando el apoyo a las iniciativas tendientes a acrecentar el atractivo turístico y la calidad de los servicios ofrecidos en la Ciudad;
Que, a tales fines resulta necesario fijar las normas que regirán la presentación y la evaluación de los proyectos que aspiren a acceder a los beneficios establecidos por el presente acto administrativo;
Que, al referido efecto esta Secretaría ha elaborado el instructivo correspondiente;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Llámase a Concurso Turismo 2004, en el marco del Programa Fondo para el Desarrollo de Proveedores creado por Decreto N° 118/GCBA/2003, el que estará destinado a subsidiar proyectos de desarrollo turístico por parte de micro, pequeñas y medianas empresas que desarrollen actividades en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Los proyectos a que hace referencia el artículo 1° deberán estar orientados al desarrollo, diversificación, mejora o promoción de los servicios turísticos que ofrece la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo último de acrecentar el turismo receptivo, tanto doméstico como internacional. A tal fin, serán objeto de subsidio los proyectos cuyos contenidos se refieran a: capacitación, certificación de calidad, promoción comercial en el exterior, y actividades que agreguen especial interés turístico a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos establecidos en bases y condiciones respectivas.
Artículo 3° - Apruébanse las Bases y Condiciones del Concurso que como Anexo I se adjunta y a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4° - Apruébanse los Formularios para la presentación de los Proyectos que acompañan a la presente como Anexo II y la Metodología de Evaluación de los mismos que obra como Anexo III.
Artículo 5° - Apruébase el modelo de Acta Acuerdo que deberán suscribir las empresas que resulten beneficiarias del Concurso, el que se adjunta como Anexo IV.
Artículo 6° - Desígnase a la Subsecretaría de Producción, dependiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, como Autoridad de Aplicación, y a la Dirección General de Industria y Comercio, dependiente de la Subsecretaría de Producción, como Unidad Ejecutora del presente Concurso. La Subsecretaría de Turismo, de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, participará en la evaluación de los Proyectos que se presenten en el marco del presente Concurso, según los criterios fijados en el Anexo III.
Artículo 7° - Serán funciones de la Autoridad de Aplicación:
a) Aprobar los proyectos que resulten beneficiarios del Concurso.
b) Suscribir el Acta Acuerdo mencionada en el artículo 5° y autorizar la devolución del seguro de caución al que hace referencia el Anexo I de la presente Resolución o, por el contrario, ejecutar la caución en caso de incumplimiento fundado.
c) Administrar los fondos presupuestarios destinados al Programa.
d) Resolver toda cuestión imprevista no contemplada en la presente normativa.
Artículo 8° - Serán funciones de la Unidad Ejecutora:
a) Recibir y registrar los Proyectos que se presenten a esta convocatoria, en los términos y alcances establecidos en el Anexo I de la presente.
b) Evaluar los Proyectos presentados de acuerdo a la Metodología establecida en los Anexos II y III de la presente.
c) Llevar a cabo el seguimiento y control del cumplimiento de las metas fijadas en cada uno de los Proyectos que resulten ganadores del Concurso.
Artículo 9° - Establézcase para el presente concurso la suma de $ 1.000.000 (pesos un millón) provenientes de la partida presupuestaria N° 65661006535000294519 446325. Esta suma podrá ampliarse en función del crédito presupuestario vigente. En caso de existir fondos no utilizados para este concurso, la Autoridad de Aplicación podrá disponer su uso para otros concursos enmarcados dentro del Decreto N° 118/GCBA/03.
Artículo 10 - La presentación de los proyectos deberá realizarse en la Dirección General de Industria y Comercio de esta Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, sita en la calle Sarmiento 630, piso 15, contrafrente, de acuerdo a los criterios establecidos en los Anexos I y II de la presente Resolución.
Artículo 11 - El vencimiento para la presentación de proyectos, por parte de las empresas interesadas, operará a las 14 hs. del día 21 de septiembre de 2004. Las presentaciones que no se realicen en tiempo y forma serán desestimadas automáticamente.
Artículo 12 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Producción y a la Dirección General de Industria y Comercio. Cumplido, archívese. Epszteyn
ANEXOS
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