RESOLUCIÓN 319 2022 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION

Síntesis:

SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 258-MDEPGC-22 - SE OTORGA FACULTAD - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO PRODUCTIVO - COMPETENCIAS EN RELACIÓN AL RÉGIMEN DE PATROCINIO DE LA CIUDAD - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN

Publicación:

01/06/2022

Sanción:

19/05/2022

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION


VISTO: Las Leyes Nros. 6.163 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), los

Decretos Nros. 209-GCABA/19, su modificatorio 99-GCABA/22, 463-GCABA/19 y sus

modificatorios, la Resolución N° 258- GCABA-MDEPGC/22, el Expediente Electrónico

N° EX-2022-18634694-GCABA-UCGPP, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.292 rige la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires contemplándose en su artículo 2° al Ministerio de Desarrollo Económico

y Producción;

Que por el Decreto N° 161-GCBA/22 se modificó el Decreto N° 463-GCABA/19 por el

cual rige la estructura orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se creó la Unidad de Coordinación Gestión de

Políticas Productivas dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción y se estableció entre sus responsabilidades primarias las de ... Intervenir,

en los términos de la Ley N° 6.163 en el armado y diseño de los activos patrocinables

estratégicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en coordinación

con las demás áreas que los administran ...;

Que la Ley N° 6.163 creó el Régimen de Patrocinio de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, con el objeto de propiciar la participación de personas humanas o jurídicas de

carácter privado en el Sector Público de la Ciudad, como una actividad publicitaria

específicamente regulada conforme los términos del artículo 1° de la Ley N° 2.936;

Que la mencionada Ley entiende como Patrocinio al aporte económico de carácter no

tributario que realicen las personas humanas o jurídicas de carácter privado en

contraprestación a la difusión del nombre, denominación, marca, imagen, productos

y/o servicios del patrocinador en sedes, instalaciones, programas, actividades y/o

eventos públicos, entre otros, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante Decreto N° 99-GCABA/22, modificatorio del Decreto N° 209-GCABA/19,

se designó al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción como Autoridad de

Aplicación de la Ley N° 6.163;

Que a su vez, mediante el artículo 1° de la Resolución N° 258-GCABA-MDEPGC/22,

se facultó a la entonces Dirección General Desarrollo Productivo a ejercer

determinadas competencias en relación al mencionado régimen;

Que, en virtud de las competencias otorgadas a la Unidad de Coordinación Gestión de

Políticas Productivas por el Decreto N° 161-GCBA/22, resulta pertinente modificar el

artículo 1° de la Resolución N ° 258-GCABA-MDEPGC/22, a efectos de facultar a la

misma, o el organismo que en un futuro la reemplace, a ejercer las distintas

competencias en relación al Régimen de Patrocinio de la Ciudad de Buenos Aires,

establecido mediante Ley N° 6.163;

Que, asimismo, los proyectos de patrocinio que hubieren sido aprobados con

anterioridad a la suscripción del Decreto N° 99-GCABA/22 y que se encontraren

vigentes a la fecha de la presente Resolución, serán administrados por la Unidad de

Coordinación Gestión de Políticas Productivas y se regirán por los mismos términos y

condiciones acordados desde su inicio.

Por ello, y en uso de las facultades que le fueran conferidas,

EL MINISTRO

DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Resolución N° 258-GCABA-MDEPGC/22, el

cual quedará redactado de la siguiente forma:

"Artículo 1°.- Otórgase a la Unidad de Coordinación Gestión de Políticas Productivas, o

el organismo que en un futuro la reemplace, la facultad de ejercer las siguientes

competencias en relación al Régimen de Patrocinio de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, creado mediante la Ley N° 6.163. A saber:

a. articular acciones conjuntas con las distintas áreas del Gobierno de la Ciudad para

evaluar eventos, programas, instalaciones y sedes del dominio público susceptibles de

ser incluidos en el régimen de patrocinio de los eventos;

b. publicar eventos, programas, obras e instalaciones susceptibles de ser objeto de

patrocinio en la página web del Gobierno de la Ciudad;

c. establecer los requisitos para participar en el Régimen de Patrocinio, así como

examinar, evaluar y aprobar los proyectos de patrocinio que presenten las personas de

carácter privado;

d. suscribir Convenios de Patrocinio para la implementación de la presente norma;

e. comunicar las acciones de patrocinio y dar a conocer a los patrocinadores en el

Activo Patrocinado;

f. verificar la ejecución de los proyectos de patrocinio conforme el objeto aprobado, las

condiciones de seguridad y la normativa aplicable, en conjunto con las autoridades

correspondientes y aplicar las sanciones que pudieren corresponder;

g. requerir la información que considere necesaria respecto de la ejecución de los

convenios de patrocinio;

h. confeccionar y divulgar el Plan Anual de Patrocinio; e,

i. imponer las penalidades y sanciones de multa, apercibimiento, suspensión,

inhabilitación y rescisión del convenio en el marco de la presente ley y en los

convenios de patrocinio suscriptos, cuando los patrocinadores incumplieran con sus

obligaciones."

Artículo 2°.- Los proyectos de patrocinio que hubieren sido aprobados con anterioridad

a la emisión del Decreto N° 99-GCABA/22 y que se encontraren vigentes a la fecha de

la presente Resolución, serán administrados por la Unidad de Coordinación Gestión de

Políticas Productivas y se regirán por los mismos términos y condiciones acordados

otorgamiento.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Unidad de Coordinación Gestión de Políticas Productivas.

Cumplido, archívese. Giusti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 2 de la Resolución 319/MDEPGC/22 establece que los proyectos de patrocinio que hubieren sido aprobados con anterioridad a la emisión del Decreto N° 99/22 y que se encontraren vigentes a la fecha de la presente Resolución, serán administrados por la Unidad de Coordinación Gestión de Políticas Productivas y se regirán por los mismos términos y condiciones acordados otorgamiento.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 319/MDEPGC/22 sustituye el Art. 1 de la Resolución 258/MDEPGC/22.</p>